Derecho Internacional Económico

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    Conflicto entre signos diferenciadores y nombres de dominio en Internet
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-03-23) Bardales Mendoza, Enrique Rosendo; Méndez Chang, Elvira
    De acuerdo a las normas establecidas por la Escuela de Posgrado cumplo con anexar un resumen de la tesis objeto de sustentación. La presente tesis se desarrolla en el marco de los conflictos internacionales generados por la aparición de los denominados nombres de dominio en internet y los denominados signos diferenciadores. Debe entenderse que los primeros tienen su sustento jurídico en el sistema de asignación de Nombres de Dominio establecido por el ICAN y sus Políticas Uniformes de Resolución de Disputas. En este escenario la tesis está dividida en cuatro capítulos, conclusiones y anexos. En el Primer Capítulo se hace referencia a los números IP y su evolución del IPv4 al IPv6 describiendo la importancia que tienen en la interconexión de computadoras y redes; es en este punto en el que se desarrolla la estructura de los Nombres de Dominio la que se convierte en una forma amigable de identificar a los usuarios de Internet. En el Segundo Capítulo se desarrolla la estructura jurídica de los signos diferenciadores, explicándose sus principales características con miras a acreditar los problemas planteados. El Tercer Capítulo es el eje central de nuestra tesis en el que se desarrolla un sistema de ideas que se vienen estudiando, trabajando y reformulando a través de los años. Es aquí en el que se analiza nuestra teoría de la Distintividad y sus implicancias en el desarrollo del sistema de protección de signos diferenciadores. Se analiza evidentemente algunas interpretaciones prejudiciales del Tribunal Andino de Justicia y se colocan ejemplos prácticos desarrollados en sede administrativa. El Cuarto Capítulo se encarga de enfrentar el problema de las controversias entre signos diferenciadores y nombres de dominio utilizando los supuestos de incidencia más relevantes y el desarrollo de la estructura de solución de disputas. Es preciso indicar que se menciona además – en su desarrollo – la revisión de las normas comunitarias andinas. Las Conclusiones debidamente enumeradas representan el esfuerzo del graduando en proponer cambios en el desarrollo de esta disciplina jurídica. Finalmente y, a nuestro criterio, un tema importante constituye la sección de anexos en el que se adjunta diversas resoluciones de controversias entre Nombres de Dominio y Signos Diferenciadores resueltos por el autor de la tesis en su calidad de miembro del Centro de Mediación y Arbitraje de la OMPI y del Cibertribunal Peruano que son muestras reales de los problemas planteados y debidamente solucionados.
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    La implementación del tratado de libre comercio Perú-Chile en los despachos de Agro-Exportación en el complejo fronterizo de Santa Rosa-Tacna con relación al control aduanero
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-05-24) Ccoa Ybárcena, José Steve; Méndez Chang, Elvira
    En un mundo globalizado, donde el comercio internacional tiende a una liberalización más profunda, el Perú desde hace algunos años ha entrado a una etapa de apertura y exploración de nuevos mercados, celebrando Tratados de Libre Comercio (en adelante, TLC) con países como Estados Unidos de América, Tailandia, Singapur, Canadá, Chile, China, entre otros, estando por entrar en vigencia el TLC con Honduras, y en negociación un acuerdo con Turquía y El Salvador respectivamente.1 Por ello, la normatividad en materia aduanera ha tenido que adecuarse a estas nuevas obligaciones internacionales con el objetivo de armonizar de una mejor manera la dinámica del comercio exterior, facilitando el mismo. Esto también ha sido adoptado en el marco del Tratado de Libre Comercio celebrado entre Perú y Chile (en adelante, TLC Perú-Chile), específicamente en su Capítulo 5, que versa sobre los procedimientos aduaneros y la facilitación del comercio exterior. Este TLC reviste de gran importancia para el Perú, pues Chile es uno de sus principales socios comerciales y de inversiones; asimismo, porque el sector agropecuario es uno de los más relevantes en la economía y desarrollo para la Región Sur del país.
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    Criterios para la determinación de la competencia judicial internacional : un estudio desde el divorcio internacional
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2016-08-03) Cabello Matamala, Carmen Julia; Méndez Chang, Elvira
    Permítannos compartir con ustedes algunas inquietudes que motivaron el desarrollo de esta investigación, formulándonos en principio la siguiente interrogante, ¿Por qué resulta relevante el tratamiento de la competencia judicial internacional, y particularmente si la vinculamos a temas de familia? Al respecto, pueden invocarse argumentos como los siguientes: 1.- La diversidad de tratamiento legislativo: Existen dificultades y severas discrepancias en las legislaciones mundiales en cuanto a la regulación de la familia matrimonial y no matrimonial, encontrándose divergencias en varios de sus institutos y particularmente en el divorcio, apreciándose que los ordenamientos se desplazan entre los regímenes restrictivos de carácter sancionador, los mixtos que contemplan causales específicas inculpatorias, admitiendo la convención de los cónyuges para relajar o liquidar el vínculo matrimonial, los que suscribiéndose a modalidades remedio, establecen causales objetivas de resquebrajamiento de la unión matrimonial, incorporando los más atrevidos la denominada causal de divorcio quiebre o de matrimonios desquiciados que de modo genérico pueden consentir cualquier supuesto como amparable para declarar la disolución del vínculo matrimonial, así como incluso el divorcio unilateral. Ello más allá de la iniciativas que admiten divorcios privados, acordados por autoridades públicas no judiciales “ Se trata de divorcios acordados por notarios (Cuba, Marruecos, Egipto y recientemente el Perú por Ley 29227 del 15 de mayo de 2008), alcaldes(Japón, Perú Ley 29227), gobernadores civiles(Noruega), autoridades administrativas (Dinamarca), Ministerio de Justicia y Asuntos Eclesiásticos (Islandia), autoridades registrales (Méjico)”1 Esta diversidad también se refleja en las normas conflictuales de Derecho Internacional Privado estatales cuya opción por los factores de conexión es distinta, así como ante la insuficiencia de normas supranacionales de Derecho Procesal Civil Internacional que determinen criterios de competencia comunes, que posibiliten la internacionalidad de los derechos válidamente adquiridos, y que en el caso que estudiaremos conduzcan a la estabilidad del estado civil y familiar de las personas, y no permitan que hayan ciudadanos que desde el punto de vista de un Estado estén por ejemplo divorciados y desde otros ordenamientos jurídicos permanezcan casados, con todos los efectos negativos que importa para los demás miembros de la familia, así como para la seguridad de sus relaciones económicas y jurídicas.
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    Las Naciones Unidas y la represión de la financiación del terrorismo
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2014-06-11) Vázquez Bermúdez, Marcelo; Méndez Chang, Elvira
    Los horrendos sucesos del 11 de septiembre de 2001 acaecidos en Estados Unidos, que conmocionaron a la comunidad internacional, y la persistencia de manifestaciones del terrorismo en diferentes partes del mundo han puesto en evidencia que la lucha contra este flagelo constituye uno de los principales retos de la comunidad internacional y que demanda su atención prioritaria. El terrorismo constituye una grave conducta delictiva que no conoce fronteras, el accionar de las organizaciones y redes terroristas no está circunscrito a determinados países o regiones y sus perniciosos efectos llegan a todos los rincones del planeta, lo cual vuelve indispensable la cooperación internacional y acción concertada de los Estados para combatirlo y erradicarlo, cooperación que requiere de instrumentos jurídicos para materializarse plenamente. La Organización de las Naciones Unidas ha venido tratando el tema del terrorismo desde principios de los años 70, como órgano universal competente para hacerlo, y ha generado una serie de convenios y resoluciones encaminados a fortalecer el régimen jurídico para eliminar el terrorismo. Sin embargo, el tratamiento de este tema no ha sido ajeno a diferencias de enfoque y aproximación por parte de los países miembros, que responden a situaciones existentes en el contexto internacional y a los intereses involucrados. Dando un paso muy importante en sus esfuerzos contra el terrorismo internacional, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó, el 9 de diciembre de 1999, el último de los convenios antiterroristas adoptados durante las tres pasadas décadas, el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo.
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    La viabilidad del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias relativas a Inversiones para el Perú : posibilidades a pesar de las críticas de Argentina, Ecuador, Bolivia y Venezuela
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2014-04-09) Prutsky L., Debora; Méndez Chang, Elvira
    La situación actual del comercio internacional demuestra la importancia de las relaciones comerciales y económicas entre los estados; los países necesitan de la inversión extranjera para poder desarrollarse, debiendo para ello contar con un clima favorable a la misma, así como con las condiciones óptimas para poder permitir a los inversionistas extranjeros desarrollar sus negocios. La constante evolución de la economía, el comercio mundial y la globalización han generado que los estados negocien acuerdos comerciales, celebrándose así una gran cantidad de Tratados Bilaterales de Inversión, en adelante BITs1 Sin embargo, aun cuando el sistema CIADI en general ha tenido gran aceptación, existen diversos estados que han expresado su descontento con la manera en que se desarrollan y Tratados de Libre Comercio, en adelante TLCs, debido a la rapidez de los flujos económicos y comerciales y las ventajas que genera para las economías de los estados que participan en estos acuerdos. Teniendo esto en consideración, los estados exportadores de inversión buscan proteger a sus inversionistas, motivo por el cual se han suscrito diversos acuerdos, donde se establecen condiciones especiales de protección y seguridad a la inversión extranjera. Por ello, se establecieron cláusulas de solución de controversias que contemplan el desarrollo de la disputa en una instancia ajena al estado sede de la inversión, teniendo como objetivo evitar la posible parcialización de los tribunales nacionales para con sus estados y la desconfianza de los inversionistas en los sistemas judiciales nacionales. A través de estas cláusulas se busca contar con un mecanismo por el que las controversias entre el estado y el inversionista puedan ser resueltas rápida y definitivamente; a tal efecto, se tienen previstos diversos medios de solución como mediación, conciliación y arbitraje, siendo éste último el que ha tenido el mayor y más notable desarrollo a escala internacional, especialmente debido a los procedimientos llevados ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones, en adelante CIADI. Siguiendo la tendencia establecida en los diversos acuerdos firmados por los estados alrededor del mundo, más de 140 países han ratificado el Convenio CIADI, demostrando la confianza en dicho sistema, apreciándolo como mecanismo a utilizar en caso se suscite algún tipo de controversia entre un inversionista y el estado sede de la inversión.