Derecho Registral

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    Afectaciones a los Principios Registrales e incongruencias en el Código Civil a raíz de la Ley N° 30313
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-16) Delgado Marín, Melina Isabella; Jiménez Murillo, Félix Roberto
    En nuestro país, numerosas personas fueron despojadas de su derecho de propiedad a causa de redes criminales que utilizaron vacíos legales para perpetrar sus actos. Por ello, en el año 2015 se promulgó la Ley N° 30313, la cual buscó combatir el fraude inmobiliario en el Perú al crear la oposición en el procedimiento de inscripción registral en trámite y la cancelación de asientos registrales, ambos casos por suplantación de identidad y falsificación de documentos. Para tales efectos, entre otras disposiciones, se modificaron diversos artículos del Código Civil y del Decreto Legislativo Nº 1049. La finalidad del presente artículo es demostrar que tales modificaciones al Código Civil afectaron nuestro sistema registral, la seguridad jurídica de nuestro ordenamiento y; también se afectaron diversos principios registrales, como lo son el principio de legitimación, el principio de calificación y el principio de Fe pública Registral. Asimismo, determinar cómo estás modificaciones generaron que exista una contradicción entre los artículos 2013° y 2014° del Código Civil. La investigación está fundamentada con resoluciones del Tribunal Registral, Sentencias del Tribunal Constitucional, Jurisprudencia, así como con Doctrina nacional e internacional. Asimismo, se procedió a analizar la regulación que tiene nuestro ordenamiento en el Código Civil y Reglamento General de los Registros Públicos.
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    La inscripción, en el registro de predios, de la cláusula resolutoria expresa contenida en los contratos de compraventa de inmuebles
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-19) Vera Vargas, Ulises Bryan Hernán; Arata Solis, Rómulo Moisés
    Lo que se analiza y estudia en el presente informe, principalmente, son los casos en los que el registrador inscribe una resolución de contrato por cláusula resolutoria expresa en los contratos de compraventa de inmuebles. Esto debido a que los efectos de la inscripción de esta resolución son bastante importantes, implican restitución patrimonial, y si el título ingresado a Sunarp cumple con los requisitos que establece el art. 102 del Reglamento de Predios, este en teoría debería inscribirse. Lo que cuestionamos, al respecto, es la facilidad teórica con la que se puede inscribir este tipo de cláusulas. Ya que puede existir el riesgo de resoluciones fraudulentas, es decir resoluciones que no merecen su inscripción. En nuestro país, ya han habido casos de mafias inmobiliarias, que juegan a cumplir las reglas de los registros con la finalidad de inscribir títulos fraudulentos, generar terceros registrales, etc. Ejemplo de ello fue la mafia Orellana -caso no que no trataremos-. Las consecuencias, de una resolución fraudulenta es la inscripción de una resolución con efecto restitutorio de patrimonio. Y todo esto puede suceder sin que la otra parte se entere. Lo se propone como conclusión es que cuando se presenten títulos de resolución unilateral por cláusula resolutoria, se oficie a la otra parte de lo que está sucediendo en los registros públicos con la partida, similar a como se realiza en el sistema de alerta registral, de manera que la persona pueda plantear una oposición, similar a lo que regula la Ley N° 30313 en los casos de suplantación de identidad, y que de ser el caso se suspenda el plazo de vigencia del asiento de presentación, hasta que la entidad competente decida quién tiene la razón.
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    ¿Aires sobre aires creados por el Tribunal Registral?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-13) Clemente Inga, Brenda Camila; Gonzáles Loli, Jorge Luis
    El presente trabajo es una continuación del trabajo académico anterior de la autora llamado “Análisis de la Resolución N° 200-2020-SUNARP-TR-T”, Pleno Registral CCXLIII en abril del 2021, en donde el Tribunal Registral determina que es procedente la independización de aires sobre aires siempre que se haya cumplido con asignar porcentajes de participación para las secciones exclusivas futuras, así como que se presente un plano de las áreas resultantes especificando su altura. En ese sentido, se inicia analizando si es que el Tribunal Registral cuenta con las competencias necesarias para poder crear una nueva institución jurídica, para posteriormente realizar un análisis respecto a la naturaleza de esta nueva institución jurídica de aires sobre aires y así poder determinar finalmente si nuestro sistema jurídico se encuentra preparado para introducir la referida figura jurídica teniendo en cuenta que su sola creación no solo implica la vulneración a normas que se encuentran vigentes en la actualidad en el ámbito urbanístico sino que también involucra una vulneración a principios registrales teniendo como consecuencia generar un debilitamiento en el sistema registral peruano que ha venido avanzando con los años.
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    La eficacia de los asientos enervados en el Sistema Registral peruano
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-03-13) Canchucaja Acosta, Cyndhy Leydhy; Campos García, Héctor Augusto
    En el sistema registral peruano se ha adoptado por la técnica de inscripción, acto administrativo por el cual el Registrador Público extrae los datos más relevantes de un acto o derecho que se encuentra contenido en un título para extenderlo en un asiento de inscripción o anotación; dichos asientos se hallan ordenados de acuerdo a la fecha de su presentación y conforman una Partida Registral. La eficacia de un asiento registral se manifiesta a través de su publicidad, y se presumen válidos y ciertos mientras no sean cancelados o rectificados, conforme a los procedimientos establecidos dependiendo de cada caso. No obstante, en los registros existentes, los Registradores Públicos y Abogados Certificadores en su labor cotidiana se han encontrado con asientos que, pese a no están cancelados o rectificados, no surtirían sus efectos, ello como consecuencia de la inscripción de una Sentencia que declara la nulidad de un acto jurídico, lo cual conllevaría a que los asientos inscritos con anterioridad a éste queden “enervados - debilitados”; es decir se tratarían de asientos híbridos que no surtirían efectos pero que existen dentro de una Partida Registral y por tanto podrían ser objeto de publicidad; situación que conllevaría a que se esté publicitando una falsa apariencia de lo inscrito. Para abordar el problema planteado, se ha analizado las resoluciones del Tribunal Registral que sirvieron como sustento a los precedentes de observancia obligatoria, así como los acuerdos plenarios referidos a los efectos de los asientos enervados como consecuencia de la inscripción de una Sentencia que declara nulo o anulable un acto jurídico; asimismo, se ha analizado la legislación española que aborda este tema y los aspectos procesales en los procesos judiciales de Nulidad o Anulabilidad de Acto Jurídico. En ese sentido, la presente investigación tiene como objeto determinar si los asientos enervados como consecuencia de la inscripción de sentencia firme de Nulidad de Acto Jurídico son eficaces o no; y si la construcción de esta figura por parte del Tribunal Registral es en realidad una verdadera solución ante la falta de pronunciamiento judicial sobre los asientos incompatibles con la inscripción de la sentencia de nulidad de acto jurídico. Para tal efecto, se ha analizado la naturaleza de los asientos enervados, sus alcances y su utilidad en el Registro; a fin de que pueda servir como aporte en el ámbito registral y permita afianzar al Registro como un mecanismo de seguridad que otorgue el máximo de certidumbre y seguridad para tomar decisiones y contratar sobre la base de lo publicitado.
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    ¿La inscripción en el registro de predios del contrato de compromiso de contratar : Es viable en el ordenamiento jurídico peruano?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-07-31) Zuluaga Guerra, Marco; Avendaño Arana, Francisco Javier
    En el presente trabajo pretendo absolver brevemente algunas interrogantes sobre la viabilidad de inscripción registral del contrato típico de compromiso de contratar, ¿El compromiso de contratar es un acto inscribible en el Registro de Predios?, ¿El compromiso de contratar debe ser un acto inscribible?, esa negativa sesgada por parte del Registrador Publico y Tribunal Registral, con el argumento de que no constituye un acto inscribible. En la actualidad no permiten acceder a registros para su anotación preventiva en el registro de predios, con la finalidad de brindar seguridad jurídica y dar publicidad con efecto erga omnes de las restricciones que se constituyen sobre inmueble determinado.
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    ¿Qué sucede luego de qué un acto jurídico nulo, anulable o ineficaz ingresa al Registro de Predios?: La transferencia de bien inmueble
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-05) Toralva Valverde, Angie; Ortiz Pasco, Jorge Antonio Martín
    El presente trabajo cuestiona y analiza los Precedentes de Observancia Obligatoria, Resoluciones emitidas por el Tribunal Registral y jurisprudencia relativa a los actos de transferencia de bien inmueble declarados nulos, anulables o ineficaces y su relación con el Registro de Predios. Es importante comentar sobre ellos, debido a que, tienen alcance en los derechos y actos inscritos
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    ¿La inscripción constitutiva de las uniones de hecho en el Registro Personal otorgaría una mayor cautela a los derechos patrimoniales y personales de los concubinos? Análisis jurisprudencial
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Vasquez Tineo, Andrea Antoanne; Ortiz Pasco, Jorge Antonio Martín
    El presente Trabajo Académico analiza a la Unión de Hecho y los problemas que conlleva su inscripción declarativa en el Registro Personal, pues muchas veces lo que sucede en la realidad fáctica no se refleja en la realidad registral. Por todo ello y en busca de proteger tanto los derechos de los concubinos como los de los terceros contratantes desarrollo mi propuesta legislativa que considero otorgará coherencia a nuestro ordenamiento jurídico: la inscripción constitutiva de la Unión de Hecho en el Registro Personal. La regulación de la Unión de Hecho ha ido complementándose progresivamente, por lo que considero que el legislador debe prestar atención a esta situación ya que una finalidad del Estado es otorgar seguridad al tráfico jurídico
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    Los márgenes de la discrecionalidad registral en la calificación de títulos frente a la predictibilidad de los actos registrales
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Rios Guzman, Erika Milagros; Avendaño Arana, Francisco Javier
    La calificación registral es la columna vertebral del procedimiento registral cuya regla principal se encuentra contenida en el artículo 2011 de nuestro Código Civil, el cual señala, entre otros puntos, que “en el acto de la calificación registral, el registrador y el Tribunal Registral propician y facilitan las inscripciones de los títulos ingresados al Registro” (subrayado nuestro), sin embargo, la realidad nos muestra que no hay uniformidad en el enfoque que tienen los registradores en el momento de realizar la calificación de los títulos, lo cual se reduce a una problemática de previsibilidad en los administrados, pues vulnera el Principio de Predictibilidad, aprobado en la central registral (Resolución N° 234-2015-SUNARP/SN que aprueba la Directiva N° 07-2015-SUNARP/SN) al haberse advertido la incidencia de diversos enfoques discordantes de la parte registral, por lo tanto no se cumple con propiciar ni facilitar las inscripciones registrales. La mencionada Directiva N° 07-2015-SUNARP/SN tuvo como objetivo fijar un aspecto normativo que permita la integración de enfoques de los registradores públicos, con el fin de coadyuvar y facilitar las inscripciones como lo señala el artículo 31º del T.U.O del Reglamento General de los Registros Públicos, no obstante, de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º los registradores públicos tienen autonomía propia para realizar sus funciones en cuanto a los aspectos de calificar registralmente, y dentro de esa autonomía, en la que deben realizar una calificación integral, ésta es aplicada sobre la base de la interpretación, la cual muchas veces resulta deficiente o inexacta dando origen a observaciones que motivan que los administrados i) intenten subsanar la observación invocando resoluciones emitidas por el Tribunal Registral, que como bien sabemos no constituyen precedentes de observancia obligatoria; ii) interpongan recurso de apelación ante el Tribunal Registral (segunda instancia); o iii) soliciten el desistimiento total del título para volver a ingresarlo buscando que éste sea calificado por otro registrador que pudiera tener un “mejor criterio”, lo que, muchas veces deviene en el resultado esperado por el administrado
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    La falta de regulación del reglamento interno y su modificación en cuanto al porcentaje de participación en áreas comunes
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Carrasco Huamani, Luis Alfredo; Gonzales Loli, Jorge Luis
    El presente trabajo titulado falta de regulación del reglamento interno y su modificación en cuanto al porcentaje de participación se ha tratado en dos capítulos, el primero está referido a un análisis comparativo entre la Junta de propietarios y la asociación; así como la naturaleza jurídica de ambas organizaciones, reglamento interno y estatuto. En el segundo capítulo trata fundamentalmente del análisis de la modificación del reglamento interno de junta de propietarios y dentro de ello, porcentaje de participación en bienes comunes de los propietarios en secciones exclusivas. El presente trabajo de investigación tiene como finalidad analizar los efectos de la falta de regulación respecto al Reglamento Interno de Junta de propietarios y su modificación, esto en cuanto se ha considerado que pueden producirse determinados problemas a raíz de las deficiencias presentes en la legislación de la materia, entiéndase la Ley N° 27157 y su Reglamento, Decreto Supremo N° 035-2006-VIVIENDA, lo cual termina produciendo algún tipo de perjuicio a la junta de propietarios . En base a esto es que se busca proponer algunas medidas que de alguna manera permitan una regulación más eficiente y por ende, una mejor aplicación en beneficio de los propietarios que conforman la junta de propietarios, que justamente al no ser una persona jurídica, require un tratamiento especial por parte del ordenamiento jurídico.
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    La Duplicidad de partidas en el registro inmobiliario: análisis y propuesta de solución
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-09-24) Acero Cáceres, Katheryn Allison; Gonzales Loli, Jorge Luis
    Esta investigación surge por la problemática constante que se ha presentado en el registro con la doble inmatriculación o también denominada duplicidad registral. Pues consideramos que la regulación existente sobre el cierre de partida más antigua no nos proporciona una solución real y por el contrario podría agravar el perjuicio a los principios registrales vulnerados por una doble inscripción. En ese sentido, considero que, si bien el tratamiento a nivel registral es adecuado, no es suficiente pues solo trata de rectificar un error en el procedimiento registral, para ser más precisos, se trata de regularizar una inadecuada aplicación del Principio de Calificación registral, pero no absuelve el problema de fondo. Sabemos que solo se ha optado por regular un procedimiento que subsane el error administrativo en el que incurre el sistema al publicitar dos propietarios de un mismo bien. Por otro lado, si bien existe la posibilidad del oponerse al cierre de partidas e ir a una instancia judicial para resolver el problema, resulta que los jueces utilizan como criterio de solución la prioridad registral privilegiando al derecho inscrito con antigüedad que en nuestra opinión no genera ninguna diferencia con la solución propuesta en registros y sigue generando un perjuicio al propietario real que adquirió su derecho con posterioridad, pero válidamente. Por tanto, es pertinente evaluar las causas y consecuencias de la problemática para poder enfocar la propuesta de solución y lograr defender el ideal de seguridad jurídica que debe proporcionar el registro.