Derecho Registral
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Ítem Texto completo enlazado Fundamentos jurídicos para establecer a la Escritura pública como un mecanismo de protección al o la cónyuge en la transferencia de acciones del accionista casado(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-06-17) Vidal Marcelo, Erick José; Becerra Sosaya, Marco AntonioUna vez de constituida u obtenida la Personería Jurídica de una sociedad anónima el problema surge al momento de que los accionistas deciden realizar la transferencia de acciones ya sea a título gratuito u oneroso cuyo acto según el código civil permite la donación, compra venta, permuta etc., en muchas ocasiones no se respeta lo estipulado en el estatuto; asimismo en la praxis por tema de desconocimiento hasta la falta de información este tipo societario no cuentan con el libro de matrícula de acciones y si en caso lo tuviesen no cumplen con el procedimiento de la inscripción o el llenado de dicho libro en la que dejen constancia de las transferencias realizadas, la inscripción de los accionistas actuales, y mucho menos que establezcas y/o suscriban el número de los certificados emitidos; de lo antes mencionado se extrae que la sociedad anónima por ser carácter privado nadie sabe en qué momento se realizó o no una transferencia de acciones más aún si el accionista transferente es casado; por lo que, se deduce una vulneración de derechos del cónyuge ha consecuencia que la transferencia de acciones por no existir una formalidad única se puede realizar mediante un contrato privado; Es por ello que mediante el presente trabajo se busca que las transferencia de acciones de los accionistas casados sea realizado mediante la Escritura Publica pudiendo ser este instrumento protocolar como un mecanismo de seguridad.Ítem Texto completo enlazado El Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias (SIGM) y su impacto en las entidades del Sistema Financiero.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-09) Saldaña Aguilar, Danilo Andres; Becerra Sosaya, Marco AntonioEl presente trabajo intenta anotar las falencias y/o beneficios que puede tener el nuevo sistema de garantías mobiliarias que se expresa en su novedosa plataforma SIGM (Sistema Informativo de Garantías Mobiliarias) que al parecer facilitará el proceso de inscripción de este tipo de garantias retirando la calificación registral y la participación del notario. ¿Estamos ante un sistema que cumple con las exigencias de nuestro sistema? ¿Realmente da respuesta al problema de acceso a la garantía mobiliaria como producto? Estas son algunas de las cuestiones que intentaremos resolver verificando si es que cumple con los principios registrales y como es que se va a impactar realmente a las partes que participen de un contrato de garantía mobiliaria, que no necesariamente son siempre los Bancos.Ítem Texto completo enlazado La calificación registral de documentos administrativos: tratamiento legal y criterios jurisprudenciales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-22) Chavez Zambrano, Jorman Aarom; Becerra Sosaya, Marco AntonioEste análisis se adentrará en la exploración de la calificación registral de documentos administrativos: tratamiento legal y criterios jurisprudenciales, trazando un recorrido desde sus raíces históricas hasta su conformación actual. Se indagará en la esencia de los actos administrativos, su marco doctrinal y los veredictos emanados de la jurisprudencia, enfocándose en aquellos susceptibles de registro. Además, se delineará el proceso mediante el cual tanto el encargado del registro como el órgano jurisdiccional competente ejercen su función calificadora sobre estos instrumentos, evaluando la transformación de estos estándares a través del tiempo por medio del estudio de resoluciones judiciales y directrices de cumplimiento imperativo, así como la identificación de las lagunas jurídicas presentes en la evaluación registral de los mencionados documentos administrativos. El fin de esta exposición es condensar, de manera eficaz, el enfoque jurídico relativo a la calificación de documentos administrativos, y avanzar propuestas ante posibles dilemas en la calificación de los mismos.Ítem Texto completo enlazado "Construimos sobre lo tuyo y todo será nuestro”: el análisis de la edificación conyugal sobre terreno de uno de los cónyuges(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-01) Otárola Alvarado, Luz Elena Milagros; Becerra Sosaya, Marco AntonioEl presente trabajo tiene como finalidad analizar el tema de edificación conyugal sobre terreno de uno de los cónyuges. Este tema resultó de tal importancia de presenta posee tres pronunciamientos de parte del Pleno Registral: un Acuerdo Plenario del 2018 y dos Precedentes de Observancia Obligatoria del 2019 y 2021. Los tres pronunciamientos tuvieron como objetivo decidir la interpretación que se le tenía que dar al artículo 79 del Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios y al artículo 310 del Código Civil. Sin embargo, el que sentó el criterio para este tema fue el Pleno del 2019, el CCXX Pleno Registral. Nosotros no coincidimos con dicho criterio, porque creemos que exista una alternativa de tratamiento registral distinta que se podría adoptar, la cual es la apertura de una partida especial que permita publicitar y otorgar la titularidad correcta en los dos momentos que se advierten cuando la sociedad conyugal edifica sobre terreno de uno de los cónyuges.Ítem Texto completo enlazado Las Habilitaciones Urbanas en el Perú: La importancia de su formalización a nivel nacional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-09-05) Quevedo Meléndez, Rubén Fernando; Becerra Sosaya, Marco AntonioLa regulación actual de las habilitaciones urbanas y edificaciones en el marco de la Ley 29090 han promovido, desde los Municipios, pero a cargo de los administrados, el proceso de formalización de la habilitación urbana y de las construcciones (Procedimientos de Regularización); no brindando solución a los inmuebles ubicados en zonas denominadas “Zonas Urbanas Consolidadas con categoría de predio rústico” (aun cuando existe regulado el procedimiento de habilitación urbana de oficio). En ese contexto, el autor desarrolla las contradicciones en las que han caído los Municipios y propone las siguientes salidas para superar la incompatibilidad que existe en la realidad frente a lo que figura en el Municipio y Registros Públicos en materia de habilitaciones urbanas: 1. Crear un sistema de Actualización masiva de las habilitaciones urbanas de oficio en zonas consolidadas de parte de las Municipalidades. 2. Implementación de un procedimiento de regularización de habilitaciones urbanas a cargo de los Verificadores Catastrales en el marco de la Ley 27157. 3. Regular mejor en la Ley y el Reglamento, supuestos específicos que permitan acreditar de forma rápida, efectiva y sin pago de aportes la habilitación urbana. Tal vez, luego de muchos años, valga la pena entender que no todo debe proceso de formalización debe estar a cargo del administrado; más aún cuando el termómetro de exigencia de formalidad de parte del Municipio y de conciencia del ciudadano de hoy ha variado con referencia al pasado.Ítem Texto completo enlazado Sesiones virtuales de la Junta de Propietarios en el Régimen de Propiedad exclusiva y propiedad común(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Camacho Llovera, Wilfredo; Becerra Sosaya, Marco AntonioEn el presente opúsculo académico registral se desarrolla los principales aspectos normativos relacionados con el régimen de propiedad exclusiva y propiedad común regulado en la Ley Nº 27157 y el TUO de su reglamento aprobado por D.S Nº 035-D.S. 2006-VIVIENDA, dentro de éste régimen de propiedad se examina a la junta de propietarios tratando los tópico de su naturaleza jurídica, sus elementos configuradores, la denominada “relativa subjetividad” de la junta de propietarios; igualmente, se desarrolla el estudio de temas importantes como la convocatoria a junta de propietarios, supuestos de acefalía, quórum y mayoría para sus acuerdos. Es así, que con el marco de estudio indicado anteriormente, se analiza como temática central a las sesiones no presenciales reguladas en el ordenamiento jurídico relacionadas con las personas jurídicas (no societarias) y las personas societarias, abordándose como tema crucial a las sesiones virtuales de la junta de propietarios; esta última si bien es cierto no se encuentra positivizada en la norma de rango legal se propone que sí es posible su realización teniendo en consideración la primacía de la manifestación de la voluntad utilizando medios virtuales (artículo 141-A del Código Civil), también se formula en favor de la realización de juntas de propietarios virtuales la pertinencia de aplicar la interpretación analógica del artículo 21- A de la Ley de 26887 que regula las sesiones no presenciales para personas societarias y asimismo argumentamos la factibilidad de aplicar la interpretación dinámica para admitir el uso de medios virtuales, teniendo en consideración que el texto originario de la Ley Nº 27157, promulgada el 20 de julio de 1999, exige que las sesiones sean presenciales. Por último, formulamos las razones y fundamentos para incorporar una modificación legislativa relacionada a la convocatoria y celebración de juntas no presenciales con la finalidad de coadyuvar a la participación de los propietarios de las zonas exclusivas y lograr de manera eficiente y eficaz la inscripción de los actos inscribibles que surgen de los acuerdos de las sesiones de la junta de propietarios, lo cual ira a la par con el avance de la tecnología y con las necesidades de los ciudadanos y como colofón se exponen las conclusiones del presente trabajo académico.Ítem Texto completo enlazado Las implicancias de los límites a la calificación registral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-10-05) Salazar Ruiz de Castilla, Mariajosé; Becerra Sosaya, Marco AntonioEs cierto que conforme avanza el tiempo el procedimiento registral va mejorando en busca de ser más eficaz y generar menos trabas para la sociedad. No obstante, hasta ahora existen ciertos límites dentro del procedimiento registral que en algunos casos no permiten que se culmine con el procedimiento registral dentro de sede administrativa y más bien exige que se continúe con el mismo en sede judicial, tal y como son los casos en los que se presentan lagunas de derecho. Por lo anterior, es el objetivo de este trabajo evaluar, en conjunto, el procedimiento registral y, de manera específica, la función que tienen los Registradores Públicos y el Tribunal Registral frente a las lagunas de derecho para finalmente evaluar si efectivamente la regulación debería permitir que en sede administrativa se aplique integración jurídica para completar lagunas de derecho, tomando en consideración las salidas que nos da la teoría general del derecho.Ítem Texto completo enlazado Mecanismos de saneamiento físico legal de predios en posesión del Estado inscritos a nombre de particulares(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-10-04) Peña Nontol, Katia Gisela; Becerra Sosaya, Marco AntonioEl presente trabajo tiene como objetivo desarrollar los mecanismos para sanear físico y legal los predios en posesión del Estado inscritos a nombre de particulares. A propósito de la normativa (Ley N° 29151) pues dicha norma nos deja claro los procedimientos a seguir para lograr sanear físico y legalmente los predios del Estado inscritos o no a nombre de este, es decir el saneamiento físico legal de propiedad del Estado, sin embargo para sanear físico y legalmente los predios en posesión del Estado inscritos a nombre de particulares nos remite a las normas de derecho común, frente a ello el presente trabajo estará enfocado en determinar si es viable el saneamiento del predio en posesión del Estado a favor de este por la causal de abandono por el titular registral, determinar si es viable el saneamiento físico legal del predio en posesión del Estado a favor de este mediante prescripción adquisitiva notarial y determinar si es viable el saneamiento físico legal del predio en posesión del Estado a favor de este mediante permuta. Asimismo, se analiza la importancia de contar con predios en el Estado debidamente saneados física y legalmente. Finalmente desarrollo los mecanismos que resultan aplicables frente a diversas situaciones que pueden surgir o viene presentando el Estado.Ítem Texto completo enlazado La naturaleza jurídica del comité electoral y su tratamiento registral(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-07) Carrasco Cáceres, Lyn Adriana; Becerra Sosaya, Marco AntonioEl presenta trabajo aborda el tratamiento de la estructura de las personas jurídicas no societarias, y se hace énfasis en el tratamiento del comité electoral, órgano que su subsiste en las organizaciones, a pesar de su no obligatoriedad, lo cual no debe ser justificación para su falta de estudio. El primer caso en ser abordado es como se ha regulado el comité electoral dentro de la estructura de la Asociación, una persona jurídica que constituye una organización de personas que se asocian en la búsqueda de un mismo fin y que cumple con la formalidad de la inscripción en el registro o su consagración legal, y en efecto una vez que la asociación adquiere autonomía respecto de sus miembros, convirtiéndose en sujeto de derechos, en virtud de tal autonomía posee una estructura y organización definida . No obstante serán facultativas o potestativas aquellas disposiciones que no inciden en los aspectos sustanciales de las asociaciones, respecto a los cuales y en uso de su autonomía de la voluntad los asociados pueden pactar en el estatuto en sentido distinto a lo establecido en el Código Civil, como señala el artículo 85° que dispone; la convocatoria a asamblea general será realizada por el presidente del consejo directivo, admitiendo que se realice de forma distinta . En virtud de la autonomía de la asociación, esta puede determinar en su estatuto, sus órganos y representantes, así como el plazo de vigencia de estos. De lo mencionado se desprende que la asociación para el cumplimiento de la formalidad se inscribirá en el Registro, siendo a su vez susceptibles de inscripción sus órganos y/o representantes (toda vez que cumplan con las condiciones de acto inscribible) los que a su vez estarán compuestos de actos calificables y actos no calificables, que en conjunto coadyuvan a lograr la inscripción de la rogatoria. Si la asociación opto por considerar al comité electoral en su estatuto, a fin de salvaguardar la transparencia de su procedimiento electoral, este vendrá a ser un requisito indispensable para la calificación de títulos que roguen la elección de un cargo u órgano de la asociación, tal como lo establece el Reglamento de Inscripción del Registro de Personas Jurídicas, nos interesa dilucidar de una manera profunda cual es el régimen jurídico del comité electoral , respecto al régimen jurídico del comité electoral, la jurisprudencia registral se ha pronunciado en numerosas resoluciones, en las cuales adoptan distintos criterios respecto a la naturaleza del comité electoral, como la conducción en el procedimiento electoral, y la vigencia del comité electoral. Es ese sentido es importante determinar el régimen jurídico del comité electoral, unificar el criterio de calificación, y ampliar el tratamiento del mismo en el reglamento de inscripción de personas jurídicas, ya que siendo un órgano parte de la organización interna de las personas jurídicas no societarias . El comité es también susceptible de calificación, como lo ha señalado el Tribunal Registral, toda vez que este haya sido reconocido en el estatuto de la asociación como órgano encargado de garantizar el proceso electoral, por tanto los objetivos del presente trabajo son estudiar como el derecho registral ha tratado este tema, y al mismo tiempo resaltar su importancia en la calificación registral.Ítem Texto completo enlazado La resolución por intimación: ¿acto inscribible en el registro de predios?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-12) López Franco, Renzo André; Becerra Sosaya, Marco AntonioLa resolución por intimación es una institución jurídica regulada en el Código Civil, y por su naturaleza, es acto inscribible en los Registros Públicos. Sin embargo, el ingreso de esta institución resulta ser problemático, al punto de que ha llegado a generar una intensa discusión en la doctrina nacional. En el reglamento de inscripciones del registro de predios, no está contemplada la regulación para el ingreso al registro del acto citado, sin embargo, en el reglamento de inscripciones de derechos mineros, si esta regulado, aunque de manera defectuosa. Desde nuestro punto de vista, la resolución por intimación debe inscribirse, no obstante, la regulación actual no nos parece la más adecuada, puesto que genera incertidumbre respecto al objeto de resolución. En ese sentido, es objetivo del presente trabajo académico realizar un análisis de la institución jurídica -resolución por intimación-, teniendo en cuenta sus aristas normativas y doctrinarias. Para después establecer alguna propuesta para su regulación más eficiente, atendiendo a la naturaleza de la citada institución. Llegando a la conclusión, finalmente, de que la figura de anotación preventiva puede servirnos para el acceso de la institución jurídica objeto del presente artículo en los registros púbicos, de una manera adecuada que favorezca a la exactitud registral