Derecho Administrativo
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Ítem Texto completo enlazado La fiscalización laboral y las medidas correctivas: una interpretación crítica desde las bases del Procedimiento Administrativo General(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-09-18) Escobar Huanca, Angela Mérylin; Villegas Vega, Paul NicolasEste Informe tiene como objetivo principal estudiar las normas que regulan el objeto, finalidad y características de la fiscalización laboral, las actas de fiscalización y las medidas correctivas bajo la perspectiva y alcances de la Ley del Procedimiento Administrativo de Trabajo. Todo ello con la finalidad de identificar si las disposiciones que rigen la fiscalización en el sector trabajo son acordes con la naturaleza de la fiscalización laboral según la norma general o si, por el contrario, existen discrepancias que ameritan una reforma legislativa.Ítem Texto completo enlazado ¿En qué medida el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia, aprobada con la Resolución N.º 008-2020-JNJ, transgrede lo dispuesto por el numeral 2 del artículo II del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-27) Huiza Manuelo, Lusmery Candida; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoEn el presente trabajo se analizará el procedimiento administrativo disciplinario denominado “inmediato” y que se encuentra regulado en el Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia, aprobado mediante Resolución Nº 008-2020-JNJ, que establece que de manera excepcional puede obviarse de realizar una investigación preliminar y dar inicio a un procedimiento disciplinario con la emisión de una resolución suscrita por los miembros del Pleno de la Junta en dos supuestos consistentes; el primero de ellos, cuando se haya detectado una conducta a la que dicho órgano llama “notoriamente irregular con prueba evidente”; y, en el segundo caso, se hace mención a una “flagrante falta disciplinaria muy grave”. Como puede apreciarse, en el primer caso se estaría ante la presencia de una prueba irrefutable, mientras que en el segundo, se hace mención a que se habría descubierto a una persona realizando un acto ilícito; en otras palabras, existiría una evidencia bastante cercana la plena, que avalaría obviar la realización de una investigación preliminar que culminaría en un plazo de seis meses de iniciado el mismo. En esta primera parte se desarrollará la teoría de un procedimiento sancionador común y estándar, regulado por el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, el mismo que dispone de garantías mínimas que deben ser respetadas en todo procedimiento sancionador. Asimismo, se realizará un análisis y comparación del denominado “procedimiento inmediato”, con otro de los dos tipos de procedimientos existentes en la Junta Nacional de Justica y que resulta ser aplicable para el caso de los jueces y fiscales supremos, como lo es el procedimiento disciplinario ordinario. Con dicho análisis se pretende demostrar que existe un procedimiento transgresor de toda garantía por cuanto el procedimiento inmediato vulneraría el derecho de todo administrado de gozar de un debido proceso, derecho constitucionalmente reconocido en el artículo 139 de la Constitución Política del Perú. Posteriormente, luego de analizar la parte teórica general regulada en la ley y la parte específica contenida en el reglamento, es que se pasará a analizar el caso de la señora fiscal suprema titular Liz Patricia Benavides Vargas, quien habría sido víctima de un procedimiento poco o nada garantista y transgresor de diversos principios protegidos por la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, e incluso algunos constitucionales. En ese contexto, luego de efectuarse este análisis, se podrá concluir que existen motivos debidamente sustentados que podrían conllevar a la presentación de una acción popular en contra de los artículos 72 y 73 del Reglamento de Procedimientos Disciplinarios de la Junta Nacional de Justicia al haberse detectado la infracción de una norma de mayor jerarquía y la transgresión de la Constitución. Por último, se expondrá que tanto en la República de Chile como en el Reino de España no se instaura procedimientos administrativos disciplinarios en contra de quien ostente el máximo cargo del Ministerio Público, procediendo a exponer una alternativa para el caso peruano.Ítem Texto completo enlazado Trazando el camino hacia la claridad: Protección del consumidor financiero en las compensaciones sobre remuneraciones y pensiones(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-08) Lopez Illanes, Claudia Andrea; Ledesma Orbegozo, Wendy RocíoEl trabajo aborda la compleja problemática de las compensaciones en el sistema financiero peruano, especialmente en relación con los depósitos de remuneraciones y pensiones. A pesar de estar regidas por eI artículo 132 de Ia Ley GeneraI deI Sistema Financiero y de Seguros, surgen debates sobre cuáIes son Ios alcances de Ia exclusión a la que hace referencia dicha norma. Se destaca la falta de uniformidad en los criterios aplicados por Ias instituciones competentes en sede administrativa y judiciaI, generando incertidumbre en la resolución de casos, siendo que, respecto de la última, se favorece aI consumidor remitiéndose aI artícuIo 1290 deI Código CiviI y aI 648 deI Código ProcesaI CiviI. Frente a la falta de un criterio uniforme al resolver controversias particulares, se analiza la viabilidad de una corrección preventiva por parte de los organismos supervisores. Sin embargo, debido a la falta de positivización del criterio empleado por Ia Corte Suprema respecto a la norma aplicable, se Iimitan los esfuerzos de corrección de la conducta, tanto de forma preventiva como posterior en los casos concretos. Por tal motivo, el presente trabajo analiza la necesidad y viabilidad de modificar eI artícuIo 132 de Ia norma especial, a fin de solucionar Ias problemáticas y estabIecer Iímites en Ias compensaciones sobre Ios fondos de remuneración y pensión. La propuesta busca equilibrar la eficiencia operativa y Ia protección deI consumidor, reconociendo la especial protección legaI de Ia remuneración y Ia pensión en el contexto financiero.Ítem Texto completo enlazado Abordando la discriminación y el trato ilícito diferenciado en el marco de una relación de consumo: un análisis del cambio de criterio del Indecopi sobre esta materia(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-06-03) Rodriguez Rondoy, Norma Denytza; Ledesma Orbegozo, Wendy RocíoEl cambio de criterio del Indecopi en relación con la discriminación en el consumo y el trato ilícito adquiere una importancia significativa en el contexto de la protección del consumidor y la promoción de prácticas comerciales éticas y justas en nuestro país. Este cambio de perspectiva es una transformación esencial en la forma en que se abordan las prácticas discriminatorias y el trato ilícito en una sociedad en constante evolución. Antes del cambio de criterio, se mantenía una distinción implícita entre la discriminación en el consumo y el trato ilícito diferenciado. Esta distinción se basaba en la interpretación del artículo 38 de la Ley 29571 que prohibía ambas prácticas. Sin embargo, esta separación generaba confusión y complicaciones en los procedimientos legales debido a diferencias en la interpretación de la ley. El 24 de julio de 2019, todo cambió con la emisión de la Resolución Nº 2025-2019/SPC-INDECOPI. Esta resolución postuló que la discriminación en el consumo era la única conducta infractora, eliminando la categoría del trato diferenciado ilícito. Según esta nueva interpretación, cualquier trato desigual no justificado objetivamente se considera un acto discriminatorio, independientemente de la causa que origine esta diferencia. Este cambio de perspectiva ha influido en decisiones posteriores del Indecopi, manteniendo una uniformidad de criterio y aplicando esta nueva interpretación. Como resultado, se ha redefinido la manera en que se abordan estas cuestiones, promoviendo un enfoque más claro y contundente en la protección de los derechos de los consumidores y la promoción de prácticas comerciales éticas en el Perú.Ítem Texto completo enlazado Los adicionales de obra mayores al 15% del monto del contrato y su implicancia en el sistema normativo peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-14) Valera Nuñez, Andrea Jamileth; Martin Tirado, Richard JamesEl presente trabajo busca analizar la naturaleza de las prestaciones adicionales de obra en un contrato de ejecución de obra bajo la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento y aquellas implicancias que, hasta la fecha, han sido determinantes para su obtención. A través de la presente investigación podremos cuestionar si el motivo real por el cual la Contraloría General de la República interviene en la autorización de adicionales que superan cierto monto contractual es, efectivamente el cuidado del tesoro público. Además, evaluaremos aquellas consecuencias que trae consigo el adicional de obra una vez que ya ha sido aprobado, tanto como en el marco de ejecución del contrato, así como en el marco del procedimiento administrativo en sí mismo en caso una de las partes involucradas no se encuentre conforme con la decisión de la Contraloría al momento de expedir su pronunciamiento respectivo sobre el adicional en cuestión.Ítem Texto completo enlazado Proyectos de inversión en el Perú: suministro de energía con centrales hidroeléctricas y su transición hacia las energías renovables(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-05-09) Macedo Palomino, Luz Giovanna; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoEn el presente trabajo de investigación, se incidirá en la importancia del suministro de energía eléctrica, como servicio público indispensable, principalmente en centrales hidroeléctricas y las implicancias que significa la toma del agua para su funcionamiento, siendo que es uno de los elementos naturales más cotizados al día de hoy, en una sociedad donde la globalización y el progresivo avance técnológico exige la necesidad de estar interconectados, através de un celular, computador, internet y otros necesarios en el quehacer diario y el normal desemvolvimiento de nuestras actividades. Con el fin de realizar un aporte, se ha realizado una análisis que permita la transición hacia las energías renovables, dentro un de un contexto, en el que la comunidad internacional de la Unión Europea ha creado normativa y directrices, a fin de que los gobiernos adscritos inviertan en normativas nacionales e internacionales, para fomentar y orientar a los gobiernos emprendedores a comprometerse respecto de la reducción de riesgos de los cambios climáticos, de manera sostenible con mejoras de la calidad ambiental y orientada a la generación de las energías limpias para la transición hacia las energías renovables a través de los compromisos al 2030-2050. En el Perú, contamos con Planes Nacionales al 2040, en ese sentido, se considera que para lograr una gestión de gobernanza eficiente y alcanzar los objetivos de neutralidad climática, se tome en consideración el aporte de la experiencia de España, Estados Unidos, México, Argentina y Brasil, que nos permita revertir el cambio climático.Ítem Texto completo enlazado La importancia de la Conformidad de Obra: críticas y problemas(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-19) Arroyo Méndez, Claudia Rosario; Francia Acuña, Laura IsabelEl presente artículo jurídico analizará la situación actual de la Conformidad de Obra como procedimiento administrativo como base para la identificación de problemas de metraje en edificaciones multifamiliares. En este sentido, el desarrollo del presente trabajo está conformado por dos secciones, siendo la primera sección referente a la definición de Conformidad de Obra como tal, considerando su marco normativo y el concepto dado por el legislador peruano, indicando sus tipos o modalidades. Asimismo, en la segunda sección, se presentará el desarrollo de un caso, en el cual se analizará la importancia y fiscalización de la Conformidad de Obra de cara como base ante el correcto o preciso metraje de un departamento dentro de una edificación multifamiliar en la Municipalidad de Surquillo. Finalmente, el presente artículo concluirá con unas reflexiones de cara a las recomendaciones necesarias al papel de las Municipalidades Distritales respecto de la fiscalización del correcto otorgamiento de la Conformidad de Obra. De esta manera, el lector podrá observar y cuestionar el análisis de la importancia de la Conformidad de Obra como procedimiento administrativo dentro de las responsabilidades de supervisión o fiscalización, según corresponda, de las Municipalidades Distritales en el país.Ítem Texto completo enlazado ¿Las empresas públicas cumplen con el rol subsidiario?: el caso de Adinelsa(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-19) Pahuacho Camarena, Milagros; Moscol Salinas, Alejandro MartinEl presente artículo desarrolla el tema del principio de subsidiariedad reconocida constitucionalmente y el cumplimiento de este en el ejercicio de las actividades empresariales de las empresas públicas, específicamente en la empresa pública Adinelsa. El estudio se divide en 2 partes: la primera parte de este artículo, brindaremos un refrescamiento del cambio en el régimen económico que provocó el nacimiento del principio de subsidiariedad y los mecanismos de control que fueron creados para su protección. En la segunda parte, analizamos a fondo el cumplimiento del principio de subsidiariedad en el ejercicio de la empresa Adinelsa, así como también la figura de los encargos especiales impuestos por disposición legal a empresas públicas y la exigencia del cumplimiento del principio de subsidiariedad también en estos casos. La finalidad del artículo es analizar el cumplimiento del rol subsidiario del Estado en las actividades realizadas por Adinelsa en su calidad de empresa pública dedicada a la distribución de energía eléctrica en zonas rurales del país.Ítem Texto completo enlazado Aportes al diseño institucional de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), un análisis a su naturaleza jurídica(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-19) Farfán De la Fuente, Victor Eduardo; Cairampoma Arroyo, Vicente AlbertoLa Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (en adelante ATU) es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones que posee competencias de planeamiento, otorgamiento de títulos habilitantes, emisión de normativa técnica, regulación tarifaria, fiscalización y sanción del cumplimiento de las obligaciones de servicio público del transporte urbano de pasajeros, que se configuró como una respuesta legal prágmatica que intentar palear los efectos generados por el régimen de permisos municipales que ha sido gestionado asimétricamente por la Municipalidad Metropolitana de Lima (en adelante, MUNILIMA) y la Municipalidad Provincial del Callao (en adelante, MUNICALLAO) que se configuró como una respuesta pragmática al régimen de liberalización del transporte de la decada de los noventa, que a su vez fue una respuesta pragmática de la limitada capacidad de la empresa pública eregida durante un gobierno de facto; sin embargo, el transporte urbano de pasajeros es natural e históricamente un servicio público municipal que requiere tutela dada la autonomía municipal que se fundamenta en la teoría de la garantía institucional. Asimismo, ante las competencias otorgadas a la ATU se requiere un grado de autonomía elevado dada la potestad de intervenir en el mercado de transporte urbano, por consiguiente, se sugiere la creación de un organismo municipal paritario que se encargue de planificar y otorgar los títulos habilitantes del servicio público y se erija en la ATU la competencia normativa, reguladora, fiscalizadora, sancionadora y de atención quejas y reclamos, creandose un organismo regulador local que goce de autonomía de las autoridades subnacionales.Ítem Texto completo enlazado La garantía de ne bis in idem en el régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú para la infracción de conducir en estado de ebriedad ¿Cabe además sanción en el derecho penal y el derecho administrativo sancionador?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-04-19) Bustamante Muro, Leticia del Carmen; Villegas Vega, Paul NicolásEl presente trabajo de investigación analiza la aplicación del principio de ne bis in idem en el régimen disciplinario de la Policía Nacional en relación con la conducta de manejar un vehículo en estado de ebriedad. El objetivo es determinar si la imposición de la sanción disciplinaria se encuentra legitimada, considerando que la conducta está tipificada como infracción de tránsito y como delito, es decir, el ordenamiento jurídico le prevé más de una sanción. En el desarrollo de la investigación se analiza el fundamento de la potestad sancionadora del Estado y se colige que las manifestaciones de dicha potestad en diferentes ámbitos del ordenamiento devienen de un único ius puniendi, siendo el legislador, bajo consideraciones de política criminal, quien decide cuál será el ámbito que sirva como instrumento de protección de los intereses y bienes jurídicamente relevantes. Por tanto, si la respuesta punitiva del Estado se sustenta en la protección de bienes jurídicos, no cabe la acumulación de sanciones por el mismo hecho, salvo que se fundamente en la protección de diferentes bienes jurídicos. De este modo, la identidad de sujeto, hecho y fundamento es el criterio para determinar la vulneración de la garantía de ne bis in idem. Estas consideraciones son de aplicación a la potestad disciplinaria de la Administración, así, del estudio realizado se establece que el régimen disciplinario policial protege la Imagen institucional, como bien jurídico propio de la entidad policial, en consecuencia, la imposición de sanción disciplinaria no afecta el principio de ne bis in idem. No obstante, se advierte también la identidad del bien jurídico protegido en el ámbito penal y el régimen sancionador de tránsito, debiendo reevaluarse la política criminal sobre la conducta ilícita.