Derechos Humanos

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    El matrimonio igualitario: Marcando un hito en la lucha contra la discriminación. El derecho a la igualdad y no discriminación por orientación sexual aplicado al acceso al matrimonio en el Perú
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-11-20) Castro Barnechea, Claudia Lucía; Salmón Garate, Elizabeth Silvia
    El derecho a la igualdad y no discriminación constituye un pilar importante para el Derecho y para institucionalidad democrática de los Estados. Es, además, esencial para una sociedad respetuosa de los derechos humanos y de las diferencias que nos hacen únicos y valiosos. Una sociedad que respeta las diferencias y garantiza igualdad para todos y todas es una sociedad más cercana a la protección de la dignidad del ser humano. Debido a esto, la presente investigación se centra en la aplicación de este derecho en relación con una población vulnerable en específico, me refiero a las personas no heterosexuales y a las relaciones de pareja que forman y que, actualmente, no tienen forma jurídica de protección en el Perú. A diferencia de las parejas heterosexuales, las parejas que no lo son no tienen ningún tipo de institución jurídica que les garantice derechos y obligaciones, pues han sido excluidos de las formas jurídicas existentes que otorgan estos derechos. Esto ha redundado en la discriminación de las que son víctimas en la sociedad, ahondado en las formas de invisibilización, desvaloración y falta de reconocimiento que sufren como individuos y como parejas. En este sentido, he analizado las obligaciones que tiene el Estado peruano derivadas del sistema universal de derechos humanos y del sistema interamericano, comparando estas obligaciones con las normas existentes y las medidas actuales a nivel nacional que se refieren en específico a la igualdad y no discriminación aplicadas al matrimonio como institución jurídica. Luego de un extensivo y profundo análisis de las normas y pronunciamientos a nivel universal, interamericano y nacional, puedo concluir que el Estado peruano tiene una obligación específica de protección sobre las personas que sufren de discriminación en la sociedad y, por lo tanto, deben adecuar la normativa nacional para hacer efectivos los derechos de todos y todas y garantizar que los puedan ejercer en un marco de igualdad. Por esto, el Estado peruano, a través de sus instituciones y normas, está obligado a respetar este derecho y modificar o crear los medios necesarios para hacerlo real, incluyendo en esto la normativa de todo tipo. Esta obligación implica necesariamente que no exista institución jurídica alguna que genere diferencias no objetivas basadas en la orientación sexual de las personas, el matrimonio no puede escapar a esta obligación. Se debe tener en cuenta que, tanto la Constitución peruana como las obligaciones del Derecho Internacional de Derechos Humanos, indican una noción de familia amplia y más allá del modelo tradicional. Es, entonces, consecuencia directa de las obligaciones de igualdad y de la noción amplia de familia que concluyo en la necesidad de adaptar las normas internas peruanas para eliminar las restricciones de las parejas no heterosexuales a instituciones como el matrimonio para garantizar los derechos que les corresponde como familia y que les han sido negados por tanto tiempo. Es hora de que la sociedad y el Derecho avancen de la mano y se busque la protección de todos los seres humanos por igual.
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    Estándares internacionales de justicia para la transición en el conflicto armado colombiano
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2016-05-16) Olivera Astete, Jean Franco; Salmón Garate, Elizabeth Silvia
    El conflicto armado no internacional (CANI) que se vive en Colombia lleva más de cincuenta años de existencia. Si bien, como suele suceder en los conflictos armados, no se puede definir una fecha de inicio de las hostilidades, los antecedentes directos al CANI colombiano se pueden rastrear en el periodo conocido como La Violencia (1946-1958), en el cual los partidarios políticos de los liberales y conservadores se enfrentaron en situaciones de tensión que dejaron alrededor de 16 mil personas muertas y 321 mil desplazados.1 Este periodo concluye con el pacto entre ambos partidos tradicionales, mediante el cual se forma el Frente Nacional que es “una coalición entre las élites políticas y económicas dirigidas a proteger sus intereses mutuos, acordado por las facciones liberal conservadora tradicionales, institucionalizando la no competencia entre los actores pactantes”.2 El informe ¡Basta ya! Colombia: Memorias de la Guerra y Dignidad, publicado por el Grupo de Memoria Histórica en el 2013, dividió el conflicto colombiano en cuatro etapas, siendo el comienzo del primer periodo la toma del poder por parte del Frente Nacional en 1958. Dichas etapas son las siguientes: (i) la violencia bipartidista se transforma en violencia subversiva (1958-1982); (ii) la expansión guerrillera, políticas de paz y eclosión paramilitar (1982-1996); (iii) los años de la tragedia humanitaria: la expansión de guerrillas y paramilitares, el Estado a la deriva, y la lucha a sangre y fuego por el territorio (1996-2005); y, por último, (iv) las Autodefensas Unidas Colombianas negocian y se desmovilizan. El Estado empuja a las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia hacia su retaguardia (2005-2012).
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    Fuerza pública y derechos humanos: fundamentos del empleo estatal del arma de fuego en operaciones destinadas a hacer cumplir la ley
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2015-07-09) Villanueva Bogani, Pedro Enrique; Salmón Garate, Elizabeth Silvia
    El empleo de la fuerza pública contra las personas no debe considerase per se una violación de los derechos humanos. La fuerza estatal es una medida excepcional pero válida para el restablecimiento del orden y éste, a su vez, es requisito indispensable para el pleno ejercicio de cualquier derecho fundamental. Según los estándares internacionales, solo cuando existe arbitrariedad en el empleo de la fuerza estatal se configura una violación de los derechos humanos. En el caso del empleo del arma de fuego la regla no es diferente. Sin embargo, por tratarse de una medida potencialmente letal, la jurisprudencia y doctrina internacionales le han puesto mayor atención han generado interesantes reflexiones en torno a tal empleo, enriqueciendo los contenidos de los instrumentos internacionales y delineando de un modo más fino el concepto de arbitrariedad. Factores objetivos y subjetivos de razonabilidad y aspectos aún más técnicos vinculados con la balística, complementan los ya conocidos principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad en el empleo del arma de fuego, aportando una interpretación más equilibrada del nexo existente entre este recurso de fuerza y los derechos humanos “vida” e “integridad física”. La presente tesis apunta a aproximar al lector al más reciente desarrollo doctrinal y jurisprudencial internacional en la materia, vinculando tales contenidos con los conceptos generales de derechos humanos y facilitando una interpretación más mesurada de las causas, formas y consecuencias del empleo del arma de fuego. Con esta base, la tesis analiza seis situaciones reales y cotidianas –usualmente controvertidas-,en las que el arma de fuego es empleada y donde las posturas a favor de la seguridad o a favor de los derechos humanos parecen irreconciliables. Este trabajo busca tender puentes entre ambas posturas y demostrar que un equilibrio no solo es posible sino necesario.
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    La justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales desde una concepción dinámica y evolutiva de la progresividad, indivisibilidad e interdependencia : más allá de los tratados
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2012-11-07) Bregaglio Lazarte, Renata Anahí; Salmón Garate, Elizabeth Silvia
    En el Derecho internacional de los derechos humanos, históricamente se han establecido diferencias entre los derechos económicos, sociales y culturales y los derechos civiles y políticos. Estas diferencias han sido justificadas con diversos argumentos, siendo el principal la supuesta onerosidad en la implementación de los derechos económicos, sociales y culturales que determinaría su carácter de obligación progresiva. Esta bifurcación se refleja tanto en la normativa adoptada, como en el establecimiento de mecanismos de judicialización. En la presente tesis se cuestiona la ficticia separación entre derechos económicos, sociales y culturales y derechos civiles y políticos, tomando como argumentos centrales una correcta interpretación del concepto de progresividad, así como la necesidad de dotar de efectividad a las tantas veces consagradas indivisibilidad e interdependencia de los derechos humanos. Para ello, en la presente tesis se examinan los mecanismos de justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales indirectos cuyo mayor desarrollo se ha dado en el marco del sistema interamericano. De esta manera queda demostrado que hoy en día operan manifestaciones de defensa, o al menos análisis, de los derechos económicos, sociales y culturales ante los órganos y tribunales internacionales de derechos humanos. En este orden de ideas, se postula que más allá de la voluntad soberana estatal de aceptar ser juzgados por la responsabilidad internacional en materia de derechos económicos, sociales y culturales, se pueden identificar patrones que demuestran una tendencia a brindar una real protección a dichos derechos que vaya más allá de dicho consentimiento estatal.