Derecho Tributario
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Ítem Texto completo enlazado Alcances de la Norma XVI en la enajenación de acciones negociados mediante operación cruzada en Rueda de Bolsa RTF No. 04234-5-2017(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Martinez Alvarez, Vladimir Ullianov; Dunin-Borkowski Goluchowska, Katarzyna MaríaEl presente artículo académico realiza un análisis de la actuación de la Administración Tributaria durante el procedimiento de fiscalización en el Expediente 14615-2016 (vinculado a la Resolución del Tribunal Fiscal No. 04234-5-2017), el cual versa sobre el tratamiento tributario que debe corresponder a las rentas provenientes de la enajenación de acciones negociadas mediante operación cruzada en Rueda de Bolsa, originadas por personas jurídicas no domiciliadas. Cabe señalar que si bien, el Tribunal Fiscal confirmó la Resolución de Intendencia, la cual concluye que la referida enajenación de acciones calificaba como una operación simulada; y, por lo tanto, la Administración Tributaria se encontraba facultada para realiza una calificación, conforme lo establecido en la Norma XVI del Código Tributario, el objetivo principal del artículo académico es determinar si la Administración Tributaria realizó una correcta actuación dentro de los alcances de la referida Norma XVI durante el procedimiento de fiscalización. El artículo académico concluye que, si bien la Administración Tributaria se encontraba facultada en aplicar lo establecido en la Norma XVI, dado que el caso sí calificaba como una operación simulada, durante el procedimiento de fiscalización la Administración Tributaria realiza una actuación que sobrepasa el alcance de la referida Norma XVI, incluyendo ciertos argumentos forzosos para motivar dicha actuaciónÍtem Texto completo enlazado Análisis de la prescripción de la facultad de la Administración Tributaria para exigir el pago de las deudas tributarias en atención a la dación del Decreto Legislativo 1421(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-24) Quintanilla Camargo, Romilio Luis; Dunin-Borkowski Goluchowska, Katarzyna MaríaEn el presente artículo se analiza el tratamiento de la facultad de la administración tributaria para el cobro de las deudas tributarias (potestad de exigir el pago) a través de las diversas modificaciones del Código Tributario que se dieron a dicha potestad. A través de dicho análisis se evidencia el origen del problema en donde se podrían generar escenarios en los cuales la administración tributaria podría determinar una deuda, pero no cobrarla, lo cual llevó a la emisión de una resolución de observancia obligatoria por parte del Tribunal Fiscal y la posterior emisión del Decreto Legislativo Nro. 1421, norma que fue bastante mediática y cuestionada por parte de los contribuyentes, lo que llevó a una demanda de inconstitucionalidad que fue resuelta 2 años después de la emisión de la norma. Del análisis de las normas emitidas, se determina el origen del problema del plazo de prescripción de la facultad de la administración tributaria para exigir el pago de deudas tributarias, iniciándose este con la emisión del Decreto Legislativo Nro. 981, empeorando con la emisión del Decreto Legislativo Nro. 1113 y siendo finalmente “corregido” a través del Decreto Legislativo Nro. 1421, norma que finalmente fue validada por una sentencia del Tribunal Constitucional.Ítem Texto completo enlazado La deducibilidad de los gastos vinculados al cumplimiento de las políticas de responsabilidad social empresarial(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-06) Arriaga Cáceres, Claudia Carolina; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEl presente trabajo permite analizar los fundamentos tributarios y constitucionales para la deducción de las erogaciones que efectúan las empresas como contribuyentes para ejecutar sus políticas de Responsabilidad Social Empresarial, en relación con directrices éticas y morales exigidos por la sociedad y que se promueve con mayor fuerza por la globalización. De igual modo, para determinar cómo es que las referidas erogaciones si cumplen con los alcances del principio de causalidad para así puedan ser reconocidas como gastos deducibles en razón del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta. Todo ello, debido a que, en la actualidad, la Responsabilidad Social Empresarial se va consolidando como una herramienta de gestión necesaria para la optimización de la legitimidad social y la propia cohesión social de cualquier empresa que realiza actividades, con mayor importancia las empresas que realizan actividades empresariales en perjuicio del medio ambiente y/o de la salud de la sociedad en la que se desarrolla, y que gesta beneficios directos e indirectos para que lo acogen. Siendo ello así, a partir de una revisión y análisis de la legislación nacional en materia de impuestos, así como las tendencias jurisprudenciales y doctrinales al respecto, el presente trabajo evidencia que las erogaciones asumidas en razón de las políticas de Responsabilidad Social Empresarial sí cumplen con los requisitos previstos en la normativa tributaria peruana aplicable para efectos de la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría.Ítem Texto completo enlazado Mirada crítica a regulación de gastos pre operativos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018) De la Cruz Rojas, Paola; Vega, Beatriz de laTomando las diversas posiciones y pronunciamientos tanto del Tribunal Fiscal como de la Administración Tributaria, sobre lo que debe entenderse como gasto pre operativo, así como los problemas jurídicos derivados de la regulación de los gastos pre operativos dentro de la Ley de Impuesto a la Renta y normas sectoriales, se realizará revisión de la regulación comparada a efectos de plantear propuestas que permitirán salvar los problemas que se encuentran dentro de la normativa nacional. Asimismo, tomando en cuenta los problemas derivados de la definición de inicio de actividades o incremento de actividades, se realizará mirada crítica a pronunciamientos y regulación vinculada a efectos de plantear propuestas que permitan una mejor aplicación e interpretación de la definición de inicio e incremento de actividades.Ítem Texto completo enlazado ¿Reclamar o no reclamar? esa es la cuestión : Análisis del segundo párrafo del artículo 127° del Código Tributario con el Principio de Prohibición de la “Reformatio in Peius”(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-04-10) Vera Carrión, Luis Fernando; De la Vega Rengifo, BeatrizLa presente investigación se originó al revisar algunos casos en los cuales los contribuyentes alegaban que la facultad de reexamen, utilizada por la Administra c ió n Tributaria, había vulnerado Principios constitucionales como el Principio de prohibición de la reforma peyorativa, los contribuyentes señalaban que al resolver sus recursos de reclamación la SUNAT aumentó los montos de los reparos inicia les causándole un perjuicio mayor al que había determinado en el procedimiento de fiscalización. Así pues, este artículo tiene como objetivo determinar si el segundo párrafo del artículo 127° del Código Tributario (por medio del cual se faculta a la Administración Tributaria a aumentar el monto del reparo) vulnera la prohibición de la reforma en peor, debido a que permite que se aumente el monto de los reparos iniciales, con lo cual se podría concluir, en un primer momento, que desincentiva a los contribuyentes a presentar recursos de reclamación o apelación debido a que al hacerlo tanto la SUNAT como el Tribunal Fiscal podrían, utilizando el reexamen, aumentar la suma de los reparos. No obstante ello, conforme al análisis efectuado en este breve artículo se ha concluido que la facultad de reexamen no es una excepción a la reforma en peor o no vulnera este principio debido a que el reexamen se fundamenta en otros Principios como el de Verdad Material y el Impulso de Oficio, principios administrativos cuya inobservancia vulneran el derecho al debido procedimiento, asimismo, se analiza el tercer párrafo del artículo 127° del Código Tributario mediante el cual se regula el procedimiento a seguir cuando la Administración Tributaria aumente el reparo, con lo cual se concluyó que lo regulado en el segundo párrafo del artículo 127° del Código Tributario no coloca en una situación de indefensión al contribuyente.Ítem Texto completo enlazado Secreto bancario y reserva tributaria: un enfoque constitucional en el marco del combate contra la evasión y elusión tributarias(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Arrivasplata Nuñez, Giancarlo; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEn el año 2021 se completó el círculo legal e institucional que habilitaría a la SUNAT a conocer información de carácter financiero de los clientes de entidades del sistema financiero del Perú. Estas nuevas facultades que posee la SUNAT nacen con el objetivo de combatir la elusión y evasión tributarias; sin embargo, al representar una flexibilización del derecho al secreto bancario resulta pertinente analizar si las mismas se ejercen respetando el Estado Constitucional de Derecho. Será labor del presente trabajo académico contextualizar las nuevas facultades que posee la SUNAT para acceder a información de carácter financiero a través de un análisis de las normas que les dieron origen. Asimismo, abordaremos los fundamentos de política internacional que motivaron estas nuevas facultades. Sumando a ello, realizaremos un estudio comparativo de cómo funciona el secreto bancario en diversos países del mundo. Finalmente, analizaremos, desde una perspectiva constitucional, si las nuevas facultades que posee la SUNAT para el combate de la elusión y evasión tributarias representan una vulneración al derecho al secreto bancario en el Perú, y la importancia de la reserva tributaria para que ello no suceda