Derecho Tributario

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    Constitucionalidad de las infracciones y sanciones tributarias determinadas objetivamente por la administración tributaria
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-02-09) Abad Altamirano, Nelly Roxanna; Díaz Colchado, Juan Carlos
    En un Estado Constitucional de Derecho, donde los derechos fundamentales son el núcleo central del sistema se cuestiona que en materia de infracciones y sanciones tributarias se mantenga la responsabilidad objetiva, es decir que no se considere en la configuración de la infracción el dolo o culpa sino tan solo el incumplimiento de la norma, por lo que se sostiene que se vulneran los derechos fundamentales de presunción de inocencia y debido proceso. En este contexto el presente trabajo se avoca a evaluar la constitucionalidad del sistema de infracciones y sanciones tributarias buscando de esta manera legitimar la actuación de la Administración Tributaria. La hipótesis que se sostiene es que los derechos fundamentales a la presunción de inocencia y debido proceso no están siendo vulnerados, sino que se encuentran restringidos en cierto grado pues la Administración Tributaria estaría dando prioridad al deber de contribuir al sostenimiento del Estado. En este orden, se produce una colisión entre los derechos fundamentales de presunción de inocencia y debido proceso frente al deber de contribuir por lo que para resolver este conflicto se recurre al Test de Proporcionalidad. En lo que respecta a la proporcionalidad en sentido estricto, se aplica la metodología de Robert Alexy, la cual permite representar en forma numérica los argumentos mediante la fórmula del peso, facilitando la evaluación, haciéndola más racional y ordenada. Es así como el deber de contribuir obtiene un peso concreto de 4 frente a los derechos de presunción de inocencia y debido proceso con un peso concreto de 0.25 cada uno, prevaleciendo sobre ambos derechos, siendo un principio vital y fundamental para el sostenimiento del Estado en la medida que comprende el bienestar general de la sociedad. En este orden, la determinación objetiva de las infracciones tributarias deviene en constitucional.
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    ¿La regulación actual de las deducciones aplicables a la renta de trabajo de las personas naturales, y según el decreto legislativo 1258, es compatible con el principio de capacidad contributiva?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-09-02) Sevillano Gomero, Armando Santiago Martin; Díaz Colchado, Juan Carlos
    Nuestro principal objetivo es analizar los principios tributarios de igualdad, capacidad contributiva, solidaridad, generalidad y justicia tributaria; y como estos principios influyen en nuestro actual sistema de deducciones por Rentas de trabajo. Todos tenemos la obligación de contribuir al gasto público y que esta contribución sirva para ayudar a los más necesitados, esta contribución debe ser justa; de tal manera que no afecte la capacidad contributiva de las personas. Autores como Rubio, Bernales y Landa; nos explican claramente el principio tributario de igualdad, y como la carga tributaria debe ser distribuida de acuerdo a la capacidad económica de cada persona, de acuerdo a su situación y grupo familiar. La capacidad contributiva de acuerdo a lo mencionado por Novoa, Tarsitano y Moschetti, debe respetar en primer lugar la capacidad real de las personas de contribuir a las cargas públicas, pero asegurándose de que exista realmente un excedente que pueda ser afectado a dicha carga. Asimismo, debe asegurarse que primero se cubran las necesidades básicas de las personas, hoy esas necesidades básicas no solo deben limitarse a lo mínimo indispensable, sino a lo necesario para que las personas puedan ofrecer a su familia una vida digna y un mejor futuro es todos los aspectos. La calidad en el gasto público y un manejo eficiente en el Presupuesto público ayudarían a que los legisladores puedan cumplir lo estipulado en los principios tributarios, debido a que por efectos de una menor recaudación por cambios en las deducciones de trabajo, no exista excusa para realizar cambios normativos que cumplan con los principios tributarios. Países como Ecuador y Colombia tienen un sistema de deducciones que consideran gastos educativos y de salud, los cuales ayudan a reflejar la capacidad contributiva de las personas, cambios que se han realizado en los últimos años y han contribuido a que se cumpla con lo establecido en las normas legales respecto a los principios tributarios. Nuestro país está dando pasos importantes para ampliar la base tributaria, lo cual ayudaría al cumplimiento de los principios tributarios. Aun así, es necesario un cambio en el sistema de deducciones por rentas de trabajo que refleje la real capacidad contributiva de las personas, de lo contrario se estaría afectando un de los derechos tributarios implícitos en nuestra Constitución.
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    Análisis de la constitucionalidad del Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) a partir de la reserva de ley
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-01-25) Fernández Suárez, Marco Antonio; Díaz Colchado, Juan Carlos
    En el presente trabajo se analizará el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) conforme a la regla de reserva de ley prevista en el artículo 74º de nuestra Constitución Política. Veremos que dicho mandato, contrariamente a lo que tradicionalmente señalan las normas, doctrina y jurisprudencia, resulta ser una regla y no un principio, conforme a la Teoría General del Derecho contemporánea. Asimismo, revisaremos su contenido y plantearemos una sub división sobre este. Además, revisaremos la naturaleza del SPOT y los pronunciamientos del Tribunal Constitucional acerca de su constitucionalidad. Conoceremos también el funcionamiento de dicho mecanismo administrativo en nuestro ordenamiento jurídico tributario y el impacto que tiene en las relaciones entre el Estado y los contribuyentes. Finalmente, analizaremos al SPOT conforme al contenido de la reserva de ley, determinando si este es compatible con dicha regla o si por el contrario es imperativa una adecuación de este mecanismo al sub conjunto de reglas que se desprenden de la reserva de ley.
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    La ficción jurídica en el impuesto a la renta por los dividendos que se consideran distribuidos por sucursales domiciliadas a favor de personas jurídicas constituidas en el exterior: un análisis en el marco de un estado constitucional de derecho
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-01-14) Rojas Lucanas, Eler Antonio; Díaz Colchado, Juan Carlos
    En la presente investigación se cuestiona la constitucionalidad del uso de la ficción jurídica como técnica legislativa propuesta por el legislador en el artículo 56 literal e) de la Ley del Impuesto a la Renta (LIR), al estructurar el impuesto a la renta por la distribución de dividendos que realicen los establecimientos permanentes, en particular, las sucursales a favor de personas jurídicas no domiciliadas. El objetivo principal del trabajo yace en brindar coherencia en las disposiciones de nuestra legislación tributaria con un Estado Constitucional de Derecho, garantizando el respeto de los principios constitucionales tributarios de nuestro ordenamiento. Así, como hipótesis de investigación proponemos que la utilización de la técnica de la ficción jurídica en la norma jurídica dispuesta en el artículo 56 literal e) de la LIR no supera el test constitucional del principio de proporcionalidad, vulnerando injustificadamente el principio de capacidad contributiva; conclusión a la que se arribará luego de desarrollar los tres capítulos de este trabajo. A fin de dar solución a la problemática detectada, recurriremos al método dogmático jurídico y analítico, a fin aproximarnos al verdadero sentido de las disposiciones del artículo 56 literal e) y las normas jurídicas pertinentes, asimismo, se recurrirá a la doctrina nacional y extranjera para comprender nociones de la LIR pertinentes. Adicionalmente, se realizará un sucinto análisis de derecho comparado respecto de las legislaciones de los países miembros de la Alianza del Pacífico, en cuanto al reparto de dividendos a favor de no domiciliados por parte de sus establecimientos permanentes. Finalmente, y tras presentar el contenido de los principios constitucionales tributarios en conflicto, se aplicará el principio de proporcionalidad para resolver la colisión entre el principio de capacidad contributiva con el deber de contribuir y el principio de solidaridad al aplicar las disposiciones del artículo 56 de nuestra LIR
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    Prueba y tributo: un análisis constitucional en torno a los medios probatorios extemporáneos en el procedimiento y proceso contencioso tributario
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-07-07) Sumarriva Trujillo, Lucero Samy; Díaz Colchado, Juan Carlos
    En el ámbito del Derecho Tributario la determinación de la obligación tributaria es un aspecto transcendental, pues por su intermedio, el individuo puede contribuir al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo a su capacidad contributiva, mientras que el Estado puede recaudar recursos tributarios que constituyen una de sus principales fuentes de financiamiento. Empero, la determinación de la obligación tributaria, es un proceso que puede resultar complejo, pues en razón de que en nuestro país tenemos un sistema de autodeterminación, el administrado es quien determina la obligación tributaria que le corresponde, que al ser posteriormente materia de fiscalización o revisión por parte de la Administración Tributaria, pueden surgir una serie de controversias que tienen como uno de sus aspectos más importantes y a su vez problemáticos, el sustento probatorio de las obligaciones tributarias, y más concretamente la oportunidad en la cual deben ser presentados los mismos. Pues bien, cuando tales medios probatorios no son presentados oportunamente, precluye la facultad de que sean admitidos, y consiguientemente no pueden ser valorados, tanto por la Administración Tributaria como por el Tribunal Fiscal, conforme a las reglas de preclusión procesal que el legislador ha previsto en los artículos 125°, 141° y 148° del Texto Único Ordenado del Código Tributario; salvo que el administrado se encuentre en alguno de los supuestos de excepción que tales normas han contemplado. Y como producto de esta situación, los administrados acuden al Poder Judicial, para cuestionar las decisiones asumidas por los órganos administrativos antes mencionados, respecto a la denegatoria de admisión de medios probatorios extemporáneos sin que medie alguno de los supuestos de excepción. Así las cosas, de la revisión de las decisiones adoptadas por el órgano jurisdiccional, se advierte que una de las líneas de interpretación es la admisión de medios probatorios extemporáneos sin el cumplimiento de alguno de los supuestos de excepción, principalmente, con el argumento de que se estaría vulnerando el derecho a probar de los administrados, y de esta manera se deja de lado las reglas de preclusión procesal previstas en el ordenamiento tributario así como aquellas previstas en el artículo 30° del Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27584, Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo; todo ello, partiría de una interpretación que tiene como fundamento la prevalencia de derechos constitucionalmente protegidos. Sin embargo, las reglas de preclusión procesal recogidas, tanto en los procedimientos como en el proceso contencioso tributario, tienen como sustento al principio constitucional de seguridad jurídica que a su vez permite la vigencia del sistema jurídico y del Derecho en sí mismo. En ese sentido, es menester efectuar un análisis desde la perspectiva constitucional, para evaluar la colisión entre el derecho a probar y las reglas de preclusión procesal; para tal fin, se aplicará el principio de proporcionalidad planteado por Robert Alexy, entendiendo al derecho a probar bajo la lógica de los principios (pues es un derecho que admite restricciones) y a las reglas de preclusión procesal, bajo el sustento del principio constitucional de seguridad jurídica. De esta manera, se permitirá establecer la constitucionalidad de las restricciones del derecho a probar en el ámbito del Derecho Procesal Tributario, y se podrá analizar las líneas jurisprudenciales adoptadas en las sentencias emitidas por los órganos jurisdiccionales sobre la admisión de medios probatorios extemporáneos.