Núm. 48 (2014)

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Tabla de Contenido


Editorial
  • La huella de IUS ET VERITAS Loayza Jordán, Fernando; 13

  • Presentación
  • Presentación Zevallos Córdova, Enrique; 15

  • Artículos
  • Apuntes sobre el daño contractual Alpa, Guido; 16-34
  • El debate actual sobre el negocio jurídico en Italia Franzoni, Massimo; 36-53
  • Der aufhaltsame Aufstieg des Sozialen Kontakt - La resistible ascensión del “contacto social” Zaccaria, Alessio; 54-84
  • Cuestiones controvertidas en relación a la responsabilidad por contacto social Faillace, Stefano; 86-103
  • Las perspectivas de modernización del derecho de las obligaciones: el estado de la cuestión en la experiencia jurídica peruana Espinoza Espinoza, Juan Alejandro; 106-128
  • La diligencia y la inejecución de las obligaciones Castillo Freyre, Mario; Rivas Caso, Gino; 130-141
  • Análisis económico del derecho de enforcement y regulación Garoupa, Nuno; 142-150
  • Transacciones entre partes relacionadas Payet Puccio, Jose Antonio; 152-178
  • La influencia de la contabilidad en la determinación del Impuesto a la Renta Empresarial : un breve análisis de la situación en el Perú Durán Rojo, Luis Alberto; 180-199
  • El derecho del trabajo como sistema pendular Gamonal Contreras, Sergio; 200-207
  • La intervención estatal en la libertad sindical en América Latina : los planos orgánico y tutelar Villavicencio Ríos, Alfredo; 208-221
  • Reflexiones sobre la ética pública Jorge Coviello, Pedro José; 222-243
  • La sentencia estimatoria de amparo : la difícil ruta para su ejecución Abad Yupanqui, Samuel B; 244-255
  • El modelo económico de la constitución peruana Álvarez Miranda, Ernesto; 256-269
  • El concepto, clasificación y regulación de los contratos públicos en el derecho peruano Baca Oneto, Víctor Sebastian; 270-297
  • Los convenios de estabilidad jurídica como mecanismos para promover inversiones en la industria minera Torres Álvarez, Hernán; Fuller Chueca, Alejandro; 298-316
  • La nulidad “manifiesta” del convenio arbitral : un caso de excepciones Rios Pizarro, Carlos Augusto; 318-325

  • Interdisciplinaria
  • Una demostración empírica de la sabiduría del mercado : sobre la percepción de la calidad de las facultades de derecho en Perú Rodríguez García, Gustavo; Súmar Albujar, Oscar; 326-334
  • Maquiavelo : republicanismo y dictadura constitucional en los discursos sobre la primera década de Tito Livio Siles Vallejos, Abraham; 336-345

  • Puntos de Vista
  • ¿Existe la panacea? : discusiones en torno a la tutela diferenciada Lorca, Antonio; Proto Pisani, Andrea; Zufelato, Camilo; 346-352
  • Entrevista a Roberto Cores Ferradas : algunas consideraciones sobre el proyecto de ley para incorporar el método del crédito indirecto tributario en la Ley del Impuesto a la Renta Rodríguez Alzza, Efraín; 354-358

  • Trabajo de Investigación IUS ET VERITAS
  • Hechos de Importancia : “Protección al Inversionista o la búsqueda de un mercado más eficiente” : a propósito de la aprobación de Resolución No. 005-2014-SMV-01 Pareja Palomino, Julio; Valverde Casas, Nicolás; Isla Rodríguez, Paulo César; 360-371
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      Der aufhaltsame Aufstieg des Sozialen Kontakt - La resistible ascensión del “contacto social”
      (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2014) Zaccaria, Alessio
      El autor parte de la constatación de que, mientras en Alemania (sede de procedencia de la teoría) ni la jurisprudencia ni la doctrina actuales afirman que un simple contacto social, sin fundamento normativo, puede ser fuente de deberes de protección, en Italia se afirma abiertamente lo contrario. En efecto, en Italia, desde el arribo del contacto social a la Casación, en 1999, han sido muchos los pronunciamientos que han hecho referencia al contacto social, para fundamentar las más diversas soluciones. De esta forma, la suerte del contacto social en Italia, puede ser descrita como una ascensión a la cual no se le ha hecho resistencia, pero que, sin embargo, si se hubiese prestado más atención a los (o a la falta de) fundamentos identificados por las cortes italianas para su sostenimiento, perfectamente se le habría podido hacer frente.  The author begins by noting that, while in Germany (site of origin of the theory) current jurisprudence and doctrine don’t assert that a simple social contact, without normative basis, can be a source of duties to protection, conversely, in Italy it is openly asserted the opposite. Indeed, in Italy, from the arrival of social contact to the Court of Cassation in 1999, there have been many decisions, which have referred to social contact in order to support the most diverse solutions. Thus, the fate of social contact in Italy, can be described as a rise to which resistance has not been done, but, however, if enough attention had been given to (or to lack of) basis identified by italian Courts in order to support it, we perfectly could have coup with it.