Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social
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Ítem Texto completo enlazado La garantía del derecho fundamental a la pensión en los regímenes previsionales de los Decretos Leyes 20530 y 19990: Ejecución judicial oportuna, sencilla y eficaz(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-28) Valdez Vásquez, Víctor Pierre; Paitán Martínez, JavierLa presente investigación asume el derecho a la pensión como fuente generadora de derechos y obligaciones, con la finalidad de poder garantizar la protección judicial y la justiciabilidad en favor de los pensionistas adscritos en los decretos leyes 19990 y 20530, tanto de las pensiones principales y sus derivados. No obstante, para concretar sus derechos pensionarios, deben acudir a sede judicial, donde existen excesivos retrasos por barreras normativas que frenan su goce efectivo y pleno. De esta forma, impide la ejecución de manera oportuna y eficaz, tornándose que las sentencias judiciales sean vistas como actos aislados de victoria frente a consecuencias naturales propias del ser humano (fallecimiento). Por ello, el estudio de la ejecución de sentencias judiciales se ha efectuado desde la revisión de la finalidad del derecho a la pensión, para obtener una celeridad adecuada e idónea de materialización, con ello, elevar la calidad de vida de los pensionistas (vida digna). Además, se ha relacionado con los estándares jurisprudenciales fijados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Actualmente, las pensiones en nuestro país pasan por esferas impropias a los estándares jurisprudenciales fijados en sede convencional, porque la regulación es contraria al contenido esencial por la mutilación de dos parámetros: las pensiones deben ser oportunas y sin demoras, así como, disponer de mecanismos efectivos de reclamo frente a una violación del derecho a la seguridad social. No obstante, podrá ser reversible con la modificación normativa del Nuevo Código Procesal Constitucional, Ley del Proceso Contencioso Administrativa y el artículo 73 del Decreto Legislativo 1440. De este modo, se permitirá una nueva visión integral al cumplimiento de sentencias judiciales, para visibilizar y enfocar el problema de los pensionistas. Finalmente, los procesos judiciales de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca permiten contrastar las barreras normativas que afectan el derecho a la pensión, como garantía propia de derecho alimentario y objetivo de no aplazar por tiempos irrazonables la etapa de ejecución, sin tener una solución de efectividad y justiciabilidad.Ítem Texto completo enlazado La reforma de las pensiones de jubilación en el Perú: un nuevo modelo de protección social por armar(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-01-22) Paitán Martínez, Javier; Arce Ortíz, Elmer GuillermoFrente a la jubilación, tenemos un modelo de protección social sui géneris, condicionado por la evolución histórica del país, así como por sus normas constitucionales y legislativas que, con sus avances y sus retrocesos, ha permitido la coexistencia, en un primer momento, de dos sistemas contributivos y obligatorios: uno público (administrado por la Oficina de Normalización Previsional – ONP), y otro privado (administrado por las Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones – AFP). A estos sistemas se sumaron los regímenes complementarios, los regímenes voluntarios; y, recientemente, el sistema no contributivo de forma asistencial (Pensión 65 y Pensión para personas con discapacidad severa), aunque éste último todavía de manera incipiente. Se ha heredado del pasado, la idea de brindar pensiones de jubilación solo a la clase trabajadora que pasa al retiro (cobertura focalizada) y no a toda la ciudadanía que también llega a la etapa de la vejez (cobertura universal), lo cual persiste en nuestros tiempos, como la narrativa hegemónica. Por ello, en la presente tesis, luego de abordar el estudio de los antecedentes y del panorama global de los sistemas de pensiones, seguido por el breve repaso de los regímenes jubilatorios existentes luego de las reformas de los años 1992 y 1993 (reforma constitucional), se plantea la deslaboralización de la seguridad social. Condición impostergable y urgente para platear la implementación de un modelo multipilar, en el que se combinen e integren las ventajas que presentan los regímenes jubilatorios contributivos y los no contributivos: Un nuevo modelo de protección social por armar; ante la inminente vejez de la sociedad cambiante, que siempre requiere de pensiones dignas, adecuadas y eficientes ante dicho riesgo social.Ítem Texto completo enlazado El régimen pensionario del decreto ley n° 20530: análisis crítico y experiencia de su aplicación en Petróleos del Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-06-24) Rivera López, Antonio Humberto; Gonzáles Hunt, César JoséEsta Tesis pretende constatar desde la arista de otra visión, la vigencia de los efectos de una vieja crisis del Sistema Pensionario Público que pretendió concluirse con la Reforma Constitucional del D.L. 20530 de fines del año 2004, quizás el régimen previsional de mayor trascendencia, cuyos efectos de crisis persistirán unas décadas más; por ello, la necesidad de conocer no sólo las principales causas que la generaron, sino también las que permitieron seguir afectando con medidas políticas que aspirando un cierre definitivo prolongaron sus efectos, incluso no bastaron soluciones desde el mismo régimen, sino también plantearon encausar éste gran problema de crisis del régimen previsional público en general, implantando en el año 1992 el Sistema Privado de Pensiones en nuestro país, como alternativa paralela a la responsabilidad del Estado en la Seguridad Social, de allí la justificación de esta Tesis, porque nos permitirá entender errores que se podrían tener en cuenta para la ocasión de futuras alternativas ante una constante preocupación natural de Estado, con una preocupante realidad: por cada diez peruanos, siete no aportan para su jubilación; y dos de cada diez aportan a través de una AFP u ONP. Entonces, Tenemos como objetivo demostrar las razones que determinaron una década de emisión de normas excepcionales que terminaron perforando (gatillando) un régimen pensionario que nació cerrada, generando un inusual crecimiento de incorporaciones y reincorporaciones que inútilmente pretendieron limitarse con desincorporaciones a nivel administrativo y posteriores enjuiciamientos, responsabilidades que recaen en los políticos de cada periodo de gobierno y legislaturas, cuyos efectos pretendemos demostrar develando lo sucedido en la primera empresa del Estado como es Petróleos del Perú - PETROPERU. La metodología a aplicar en la presente investigación será la deductiva. Se hará un análisis descriptivo y analítica de correlación de cada capítulo. Una conclusión principal es reconocer que nuestra historia previsional nació conjuntamente con el inicio de la República, comenzamos a generarnos obligaciones sin tener ni prever los fondos necesarios, además de la planificación técnica, sólo llevados por decisiones políticas coyunturales que si bien podrían estar debidamente justificadas; sin embargo, recién en el camino comenzamos a planificar como lograr cumplir las deudas generadas en el fervor del populismo, síntoma endémico que aún persiste y que probablemente respecto de la experiencia del Régimen Pensionario del Decreto Ley N° 20530 tardará de regularizarse completamente en el año 2040.