Derecho Bancario y Financiero
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Ítem Texto completo enlazado Obligatoriedad de la aplicación de principios de buen gobierno corporativo en empresas que cotizan en bolsa(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-10-31) Mercado Ortega, Jessica Sofia; Gutiérrez Ochoa, Omar DaríoLa investigación desarrollada en el presente trabajo tiene como finalidad determinar cuál de los principios de buen gobierno corporativo señalados en el “Código de Buen Gobierno Corporativo para las Sociedades Peruanas”, aprobado en el 2013, pueden ser considerados de manera obligatoria. Para ello, esta investigación compara la regulación de buen gobierno corporativo de otros países de la región como México, Colombia y Chile. Asimismo, compara la regulación española, al ser España, uno de los principales inversionistas en el Perú y los lineamientos que corresponden a la Bolsa de Valores Nasdaq en Estados Unidos. A raíz de este trabajo, se propone la modificación de la Ley de Mercado de Valores en el Perú, buscando que las empresas que cotizan en bolsa en el Perú, designen de manera obligatoria directores independientes en la sociedad e implementen un comité de auditoría. La designación de directores independientes permitirá a la sociedad atraer a más inversionistas, respetando los derechos de los accionistas minoritarios y consiguiendo mejores condiciones respecto al financiamiento que necesitan. Por su parte, la implementación de un comité de auditoría permitirá velar con el principio de transparencia en el mercado de valores.Ítem Texto completo enlazado El Título de Crédito Hipotecario Negociable como instrumento de deuda y su incidencia en el Mercado de Valores(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-20) Huerta Flores, Carolina Alexandra; Gutiérrez Ochoa, Omar DaríoEl acceso al crédito es en definitiva uno de los más grandes obstáculos que podrían enfrentar las MIPYMES o emprendedores en general cuando quieren acceder a un financiamiento para crecer o iniciar un negocio. En ese contexto, aparece el Título de Crédito Hipotecario Negociable, también llamado “TCHN”, como una alternativa adicional de financiamiento en el Mercado de Valores. Este instrumento de deuda tiene aproximadamente más de 25 años en el mercado y nace como una innovación peruana; sin embargo, se han identificado algunas trabas y/o fallas, a las cuales se pretende dar solución en el presente trabajo de investigación, pero siempre enfocándose en una metodología de aplicación de Análisis de Impacto Regulatorio, ya que servirá para identificar las trabas o fallas en torno al instrumento, así como para también poder evaluar las posibles consecuencias que se podrían generar por las soluciones planteadas. En ese sentido, se propone que, solucionando las trabas o fallas identificadas, el TCHN podría competir sin ningún problema con otros instrumentos, y así iniciar un mayor dinamismo de financiamiento para las MIPYMES, pero en el Mercado de Valores.Ítem Texto completo enlazado Propuesta de modificación de la Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, con la finalidad de incluir un objeto social exclusivo y excluyente para las sociedades administradoras de fondos de inversión(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-12-05) La Serna Felices, Jorge Daniel; Gutiérrez Ochoa, Omar DaríoLas fallas de mercado y los riesgos cuantificables y no cuantificables existentes en la relación jurídica entre una Sociedad Administradora de Fondos de Inversión frente a los partícipes de los Fondos de Inversión que administren, justifican que se esgrima una regulación efectiva, suficiente y omnicomprensiva, que, considerando que las operadoras de fondos de inversión son una especie del género fiduciario, desmerece abiertamente, por su relevancia en el mercado, que se deba eximir a un grupo de operadores de los alcances de la regulación, máxime si de lo que se trata es cuidar un mercado emergente de fondos de inversión de cualquier mala práctica que pueda devenir en exclusión financiera para nuevos partícipes. Vista esta situación, resulta necesaria, pertinente e imperiosa una modificación de la Ley de Fondos de Inversión con la finalidad que esta incorpore como objeto de regulación a todas las operadoras de fondos de inversión, incluyendo a las gestoras actualmente no reguladas, privilegiando un objeto social exclusivo y excluyente como sociedades administradoras reguladas; dado que al ponderar los efectos positivos y negativos de la regulación, resulta más beneficioso incorporar regulación razonable y uniforme que corrija asimetrías y arbitrajes regulatorios y de gestión en el mercado peruano de fondos de inversión. Además, los estándares internacionales que sustentan técnicamente la regulación de fondos de inversión colectiva y sus operadores resaltan que estos vehículos están expuestos a conflictos de intereses; necesidad de transparencia; riesgo de selección adversa y riesgo moral; necesidad de implementación de un sistema eficiente de gestión de riesgos; constitución de un capital social proporcional para el alineamiento de intereses, sin distingo de si se tratan de operadores regulados o no regulados.