Explorando por Autor "Casassa Casanova, Sergio Natalino"
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Ítem Texto completo enlazado El debido proceso de ejecución de obligación de dar suma de dinero: en busca de un proceso justo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2014-04-10) Casassa Casanova, Sergio Natalino; Morales Godo, JuanHablar de proceso –en su acepción judicial – es considerarlo como aquel instrumento que tiene el Estado para administrar justicia respecto a los conflictos intersubjetivos de intereses de sus integrantes. En atención a esta noble función, nuestra Constitución ha incorporado determinadas instituciones procesales y algunos principios fundamentales del proceso. Todo proceso, independientemente del tipo al que se refiera, debe llevarse adelante con todas las garantías, ante un juez actúe con imparcialidad e independencia, el que debe decidir en un plazo razonable y, sobre todo, que tal decisión sea objetiva y justa. Por ello nos encontramos frente a la aspiración en alcanzar un proceso justo, o como también es conocido un debido proceso. La presente tesis tendrá como perímetro de su investigación al proceso de ejecución, en razón de que sobre este proceso existen pocos trabajos que brillen por su rigurosidad analítica, pese a que aquél presenta una compleja problemática. El proceso de ejecución en el contexto del sistema procesal tiene una gran importancia, por cuanto constituye —o debería constituir— el instrumento para que los acreedores, frente a la renuencia de sus deudores, puedan recuperar en forma efectiva sus créditos. Y de su efectividad, no pocas veces, depende la efectividad misma de todo el sistema procesal. Es más, los procesos de ejecución, en el conjunto de la carga procesal de nuestros Juzgados —tanto de Paz Letrados como Especializados— , representan un elevado porcentaje. Por ello, frente a la gran “difusión” de procesos de ejecución existente ante nuestros órganos jurisdiccionales, sorprende la ausencia de su estudio analítico y en particular de un aspecto que ha pasado un tanto desapercibido: ¿es realmente justo nuestro proceso de ejecución?Ítem Texto completo enlazado Hacia la consolidación de la tutela de derechos: aspectos dogmáticos y procesales de la Sentencia Interlocutoria Denegatoria a partir del precedente Vásquez Romero(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-20) Requejo Tello, Marco Antonio; Casassa Casanova, Sergio NatalinoLa revisión constitucional de los casos judiciales comprende el ejercicio de los derechos y garantías procesales de las personas. En nuestro país, el Tribunal Constitucional -como una alta corte- procura otorgar una tutela objetiva y subjetiva de derechos fundamentales a partir del uso de la herramienta jurídica del derecho procesal constitucional. Sin embargo, la tutela constitucional enfrenta diversos desafíos que ameritan el uso de otras herramientas jurídicas por parte del máximo ente constitucional. A partir de la presente investigación, se puede concluir que la introducción de la sentencia interlocutoria denegatoria -a través del precedente Vásquez Romero- a nuestro sistema jurídico significa la plena vigencia y el correcto ejercicio del orden constitucional en nuestro país.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre Casación N° 11978-2020 LIMA ESTE: Rescisión contractual por lesión(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-31) Ugarte Guevara, Bryan Fabricio; Casassa Casanova, Sergio NatalinoEn el presente trabajo se realiza un análisis de la sentencia contenida en la Casación N° 11978-2020 LIMA ESTE desde la perspectiva del principio de congruencia procesal. Comenzamos por realizar un análisis sobre la declaración de rebeldía y si la misma pudiera implicar una vulneración al derecho a la defensa. Posteriormente, se procede con el análisis de la sentencia de vista que dio origen a la casación, siendo que, durante el desarrollo de todo el proceso, se presentaron diversas patologías de carácter procesal que dieron lugar a una de las figuras más controvertidas en la actualidad: un pronunciamiento inhibitorio contenido en sentencia. Además, nos referiremos a si, en el caso concreto, la revocación de la sentencia de primera instancia mediante la sentencia de vista fue adecuada o si, en todo caso, debió declararse nula. Posteriormente, se realiza un análisis de la sentencia de casación en concreto, el cual nos permite referirnos al alcance del principio de congruencia procesal, para luego referirnos a los alcances del principio iura novit curia y cuáles son las reglas vinculadas a su aplicación. Finamente, se realiza un contraste entre ambos principios para así poder determinar si son excluyentes entre sí o sí pueden coexistir en un proceso, siendo la tarea en cuestión establecer si el principio de congruencia procesal es factible de ser flexibilizado.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre Casación N° 950-2016, Arequipa(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-16) Requejo Tello, Marco Antonio; Casassa Casanova, Sergio NatalinoEl ordenamiento peruano legal vigente en torno a la figura jurídica del cuestionamiento de la paternidad no ha sido el más adecuado, provocando así diversos escenarios donde se vulnera tanto el derecho la identidad como el derecho a la verdad biológica de los justiciables. Producto de dicha inseguridad jurídica, la institución de la familia en el Perú se ha visto severamente debilitada donde, generalmente, los principales perjudicados terminan siendo los más vulnerables de la familia: los hijos menores de edad. El presente trabajo tiene por fin abordar la problemática jurídica del inadecuado tratamiento normativo y jurisprudencial del cuestionamiento de la paternidad, y el rol del juez llamado a otorgar una solución a través de las facultades otorgadas por parte del ordenamiento. En la Casación N° 950-2016, Arequipa, si bien se llega a una decisión noble, los fundamentos no fueron los más adecuados. Consecuentemente, será una labor conjunta del legislador, juez y de todo operador de derecho el mantener un desarrollo legislativo, jurisprudencial y doctrinario adecuado a fin de tutelar los intereses y derechos existentes en cada caso. Esto significa adoptar la impugnación del reconocimiento de paternidad como medio procesal adecuado y tomar la decisión en base a la identidad estática y dinámica de los involucrados en el caso, con especial énfasis en el hijo menor de edad.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la casación Nº1583-2018-Cusco(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-10-31) Conroy Herrera, Daniella; Casassa Casanova, Sergio NatalinoEl informe jurídico en el que el lector está apunto de adentrarse busca analizar la Casación N˚1583-2018-Cusco, emitida por la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema. El contexto de esta sentencia casatoria tiene lugar en el proceso de nulidad de acto jurídico incoado por Doris Becerra Lira contra Jesús Romero Arias y los esposos Lorenzo Condori Flores y Asencia Chara Hancco, por el cual se pretende, principalmente, la declaración de nulidad del contrato de compraventa celebrado entre los demandados. En dicho proceso se debate si los esposos deben ser considerados terceros de buena fe registral. Dicho lo anterior, el problema principal propuesto es determinar si los esposos Lorenzo Condori Flores y Asencia Chara Ancco deben ser protegidos por el principio de buena fe registral regulado en el artículo 2014 del Código Civil, antes de su modificatoria. A tal fin, nos apoyaremos en nuestra doctrina nacional y jurisprudencia. Además, dado que este trabajo busca el protagonismo del derecho procesal, abordaremos el análisis de la prueba de oficio, así como la motivación probatoria, siendo pertienentes los artículos 194 y 197 del Código Procesal Civil, e incluiremos algunas de las reglas del X Pleno Casatorio Civil. Por último, nos gustaría adelantar al lector que la conclusión a la que arribamos es que los esposos sí debieron ser protegidos por el principio de buena fe registral, pues la evaluación que se hizo del mismo comprendió la aplicación arbitraria de ciertas normas procesales, lo cual coadyuva a que se llegará a una conclusión errónea.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre Sentencia de Vista contenida en la Resolución N° 11 del 04 de abril de 2016 correspondiente al Expediente N° 9737-2011(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-07-30) Zapata Pedraza, Bryan William; Casassa Casanova, Sergio NatalinoEn el presente informe se analizan los desaciertos y/o vicios de la Sentencia de Vista contenida en la Resolución N° 11 del 04 de abril de 2016, correspondiente al Expediente N° 9737-2011 expedida por la Segunda Sala Civil Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima. Esta Sentencia establece que el silencio del ejecutante en un proceso obligación de dar suma de dinero tramitado en la vía ejecutiva, implica una aceptación tácita de los argumentos causales presentados por el ejecutado. Esta interpretación contraviene los principios fundamentales del proceso de ejecución civil peruano y distorsiona su naturaleza. La Sala pretende justificar su decisión argumentando que la ley sustantiva (artículo 19.2° de la Ley de Títulos Valores) permite al ejecutado oponer defensas causales durante la ejecución, obviando su obligación de realizar un rechazo liminar conforme al artículo 690- D, sin reflexionar adecuadamente sobre las consecuencias de sus decisiones. En ese contexto, la Sala intenta utilizar la presunción legal simple establecida en el artículo 442.2° para justificar su decisión y, de este modo, sustituir su actividad probatoria, aspecto que será analizado detalladamente en la presente.Ítem Texto completo enlazado Limitación de la facultad del juez de pronunciarse sobre la relación procesal en la sentencia(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-03-07) Ugarte Guevara, Bryan Fabricio; Casassa Casanova, Sergio NatalinoEl presente trabajo tiene como objetivo presentar una propuesta relativa a la limitación de la facultad del juzgador de pronunciarse sobre la relación procesal en la sentencia. Al respecto, a partir de la normativa vigente, se analizará cual es el criterio a partir del cual se le confiere al juez dicha facultad. Posteriormente, se realizará un análisis de las llamadas sentencias inhibitorias, la problemática en torno a ellas, los efectos que generan o dejan de generar con relación a la cosa juzgada, y por qué resulta mucho más eficiente que el juez se pronuncie sobre la relación procesal mediante un auto. Finalmente, nos referiremos a la propuesta en concreto partiendo de la modificación del artículo 121 del Código Procesal Civil sugerida por el Proyecto de Reforma para así bordar aquellas cuestiones que necesariamente deberían considerarse para que la redacción de la norma resulte útil y viable, cerrando con una referencia a la regulación internacional sobre la materia.Ítem Texto completo enlazado El remate judicial de bienes inmuebles: ayer y hoy(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-03-07) Casassa Casanova, Sergio NatalinoEn el presente trabajo el autor afronta el tema del remate judicial de bienes inmuebles, analizando su naturaleza jurídica y su evolución legislativa hasta llegar a la implementación del remate electrónico, del cual da cuenta de sus primeros resultados.Ítem Texto completo enlazado La sumarización y nuestro indebido proceso de ejecución(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2014) Casassa Casanova, Sergio NatalinoEl presente trabajo está orientado a enfocar la deficiencia en la técnica de sumarización de procesos que nuestro Código Procesal ha contemplado, para ello se ha utilizado el proceso único de ejecución, para demostrar la desigualdad procesal existente cuando el mecanismo de tutela que tiene el ejecutado para defenderse, sumarizado él, se le ha concedido efecto de cosa juzgada.