¿El juez constitucional es competente para declarar un ECI? La situación de los Establecimientos Penitenciarios en el Perú

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Fecha

2023-07-10

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

La población penitenciaria ha sido víctima de vulneraciones de sus derechos fundamentales sistemáticamente, no solo por causas de infraestructura o respecto las condiciones en que se encuentran las cárceles en el Perú, sino porque obedece a factores estructurales. En ese sentido, es importante preguntarnos quién vela por ellos, si el Estado viene incumpliendo sus obligaciones internas y compromisos internacionales en materia penitenciaria. Entonces, son los jueces constitucionales que tienen el deber de garantizar la satisfacción de los derechos fundamentales, pero sobre todo de aquellos que representan parte de la población vulnerable, pues existe un deber especial para con ellos. Así, la figura del Estado de Cosas Inconstitucional se presenta como aquella competencia de los jueces de mayor instancia para poder pronunciarse y no tener un rol pasivo frente a vulneraciones graves, masivas y generalizadas de aquellos que se encuentran privados de su libertad, los mismos que han sido excluidos e ignorados a lo largo de muchos años. Para revertir esta situación inconstitucional, es necesaria la participación conjunta de los poderes del Estado, de las entidades, de la sociedad en general y del trabajo conjunto a nivel nacional de todos los actores. Por lo tanto, los jueces son competentes de declarar un Estado de Cosas Inconstitucional, así como establecer las medidas para superar la situación y el seguimiento de estas medidas, para lo cual es necesaria la cooperación y abordar el tema de manera multidisciplinaria, pues el problema del hacinamiento y las pésimas condiciones de vida al interior de las cárceles del Perú necesita ser abordado desde varias aristas, incluyendo voces de diversos actores, con el fin de que paulatinamente se pueda respetar y reconocer los derechos fundamentales de los presos, quienes a pesar de estar cumpliendo condena, no merecen ser tratados de forma inhumana.
The prison population has been the victim of systematic violations of their fundamental rights, not only because of infrastructure or the conditions in which Peru's prisons are located, but also because of structural factors. In this sense, it is important to ask ourselves who is watching over them, if the State is failing to comply with its internal obligations and international commitments in prison matters. Therefore, it is the constitutional judges who have the duty to guarantee the satisfaction of fundamental rights, but especially of those who represent part of the vulnerable population, since there is a special duty towards them. Thus, the figure of the State of Unconstitutional Things is presented as the competence of the judges of higher instance to be able to pronounce and not have a passive role in the face of serious, massive and widespread violations of those who are deprived of their liberty, the same who have been excluded and ignored for many years. To reverse this unconstitutional situation, it is necessary the joint participation of the powers of the State, of the entities, of society in general and of the joint work at the national level of all the actors. Therefore, judges are competent to declare a State of Unconstitutional Things, as well as to establish the measures to overcome the situation and the follow-up of these measures, for which cooperation and a multidisciplinary approach to the issue is necessary, The problem of overcrowding and the appalling living conditions inside Peruvian prisons needs to be addressed from various angles, including the voices of various actors, in order to gradually respect and recognize the fundamental rights of prisoners, who despite serving their sentences, do not deserve to be treated inhumanely.

Descripción

Palabras clave

Derechos fundamentales--Perú, Sistema penitenciario--Perú, Jueces--Decisiones judiciales

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