Informe sobre el expediente N° 06111-2011-0-1817-JR-CO-05

dc.contributor.advisorÁlvarez-Calderón, Guillermo Ferrero
dc.contributor.authorQuintanilla Gutiérrez, Alejandra Sofía
dc.date.accessioned2021-01-27T18:34:25Z
dc.date.available2021-01-27T18:34:25Z
dc.date.created2020
dc.date.issued2021-01-27
dc.description.abstractEl presente informe jurídico tiene como objetivo analizar la demanda interpuesta por Specchi S.A.C., una compañía cuyo objeto social es dedicarse a la prestación de servicios de belleza y cuidado personal, contra los accionistas Ana Ricci y Óscar Sampietro, a fin que el Juzgado Comercial declare la disolución de pleno derecho de la sociedad por la falta de pluralidad de accionistas por un plazo mayor al establecido en la Ley General de Sociedades (6 meses). Lo interesante del caso es que la pérdida de la pluralidad de accionistas es la consecuencia de una sentencia del Cuarto Juzgado de Familia de la Corte Superior de Justicia de Lima, la cual declaró la existencia de la unión de hecho voluntariamente realizada entre Oscar Sampietro y Ana Ricci, así como la finalización de la misma y la liquidación de todos los bienes sociales que formaban parte de la sociedad de gananciales. La consecuencia de la liquidación de la sociedad de gananciales es el punto controvertido principal: si las acciones forman parte de los bienes sociales de la unión de hecho; y, entendiendo que Specchi S.A.C. solo tenía dos accionistas, ¿la declaración de la unión de hecho retrotrae sus efectos hasta el momento de la constitución de la compañía, formándose con un solo accionistas? ¿es Specchi S.A.C. una sociedad irregular? ¿La sentencia de Cuarto Juzgado de Familia liquidó las acciones de Specchi S.A.C. y restauró la pluralidad dentro del tiempo que lo establece la ley? Este caso invita a explorar los puntos de conexión entre el derecho societario y el derecho de familia, así como a repensar las normas societarias que tienen más de dos décadas de vigencia. En ese sentido, la hipótesis del presente informe es que la falta de dinamismo de las normas societarias peruanas crea problemas jurídicos que no deberían existir, pues de no ser por la consecuencia jurídica “disolución de pleno derecho”, cuya lógica jurídica está orientada a la no reversión y que sociedad tenga que disolverse y salir del mercado, la presente controversia no existiría. Es imperativo que el tratamiento de la pluralidad de accionistas en la normativa nacional sea actualizado para procurar la preservación de la propia persona jurídica. Un primer paso para lograr dicho objetivo es la aprobación de la propuesta del Anteproyecto de la Ley General de Sociedades, elaborada en el 2018, la cual no exige la pluralidad de accionistas para las sociedades anónimas.es_ES
dc.identifier.urihttp://hdl.handle.net/20.500.12404/17959
dc.language.isospaes_ES
dc.publisherPontificia Universidad Católica del Perúes_ES
dc.publisher.countryPEes_ES
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_ES
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc/2.5/pe/*
dc.subjectSociedades comerciales--Jurisprudencia--Perúes_ES
dc.subjectLiquidación de negocios--Perúes_ES
dc.subjectDerecho societario--Peru.es_ES
dc.subjectDerecho de familia--Perúes_ES
dc.subject.ocdehttp://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01es_ES
dc.titleInforme sobre el expediente N° 06111-2011-0-1817-JR-CO-05es_ES
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises_ES
dc.type.otherTesis de licenciatura
renati.advisor.dni09752652
renati.author.dni70798979
renati.discipline215106es_ES
renati.jurorOrtiz Sanchez, Ivan
renati.jurorFerrero Alvarez Calderon, Guillermo Jose
renati.jurorRivera Salazar, Carlos
renati.levelhttps://purl.org/pe-repo/renati/level#tituloProfesionales_ES
renati.typehttp://purl.org/pe-repo/renati/type#trabajoDeSuficienciaProfesionales_ES
thesis.degree.disciplineDerechoes_ES
thesis.degree.grantorPontificia Universidad Católica del Perú. Facultad de Derecho.es_ES
thesis.degree.levelTítulo Profesionales_ES
thesis.degree.nameAbogadoes_ES

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