Tratamiento de la asociación en participación en el Impuesto a la Renta. A propósito de la Resolución N° 2398-11-2021

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Fecha

2023-06-08

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Pontificia Universidad Católica del Perú

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Resumen

En el presente Informe se describen las diferentes posturas que surgieron sobre el tratamiento de la participación del asociado en el Impuesto a la Renta en el marco de un contrato de asociación en participación luego de la modificación operada por la Ley N° 27034 (vigente desde 1999). Asimismo, se analiza lo resuelto por el Tribunal Fiscal en la Resolución N° 2398-11-2021 de observancia obligatoria, en la que se recoge la actual posición del ente resolutor y en la que se concluye que la participación del asociado califica como dividendo u otra forma de distribución de utilidades. Sobre esta resolución, se realiza un análisis crítico, a fin de descartar las distintas posturas desarrolladas a lo largo de estos años y dar respuesta, principalmente, a dos preguntas: (i) si la participación del asociado califica o no como renta gravada, y (ii) si califica como renta de segunda o de tercera categoría. Dicho análisis se realiza considerando las normas del Impuesto a la Renta que resultan aplicables y la naturaleza del contrato de asociación en participación que se desprende de la Ley General de Sociedades, lo que lleva a concluir que la participación del asociado califica como renta gravada de tercera categoría. Finalmente, se comenta el tratamiento contable del mencionado contrato y el nuevo tratamiento tributario aprobado por el Dec. Leg. N° 1541 que estará vigente a partir de 2023.

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Palabras clave

Asociaciones--Perú, Impuesto a la renta--Perú, Derecho tributario

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