Conferencias Especializadas Interamericanas sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP)
Acceso a Texto completo
Fuente
Agenda Internacional; Vol. 17, Núm. 28 (2010)Abstract
En 1950 se le encargó al Comité Jurídico Interamericano (CJI) estudiar y analizar la posibilidad de revisar en lo que fuere conveniente el Código de Bustamante —producto de la VI Conferencia Internacional Americana de 1928—, a la luz de los Tratados de Montevideo de 1889-1890 y 1939-1940 y del Restatement of the Law of Conflict of Laws, elaborado por el American Law Institute, de los Estados Unidos de América, con la finalidad de unificar estas tres codificaciones y analizar las diferencias sistemáticas y técnicas existentes entre ellas; y analizar además las Reservas hechas por los Estados al Código de Bustamante. En este estudio el Comité Jurídico Inte-ramericano consultó a las Comisiones Nacionales de Codificación, a las entidades dedicadas al estudio del Derecho Internacional Privado, así como a los tratadistas más destacados de la materia.