La insuficiencia del Impuesto al “plástico de un solo uso” y la necesidad de incidir en los “empaques plásticos” como objetivo de un desarrollo sostenible
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Abstract
La motivación que nos genera la presente investigación se origina cuando advertimos la
insuficiencia de la Ley N° 30884 – Ley que Regula el Plástico de un Solo Uso y de los Recipientes
o Envases Descartables, publicada el 19 de diciembre de 2018, debido a que en su artículo 12, si
bien establece un impuesto al plástico de un solo uso, sin embargo, dicho mandato legal resulta
insuficiente, puesto que desde nuestra perspectiva no se condice con la finalidad prevista en su
artículo 1, de contribuir en la concreción del derecho que tiene toda persona a gozar de un ambiente
equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida, reduciendo para ello el impacto del plástico de un
solo uso, de la basura marina plástica, fluvial y lacustre, y de otros contaminantes similares en la
salud humana y en el ambiente.
Es decir, la citada ley no considera en el ámbito de aplicación al resto de elementos
contaminantes como podrían ser los empaques plásticos que son distintos a las bolsas plásticas de
un solo uso, ya que estos otros elementos contaminantes causan igual o peor impacto en el medio
ambiente, pues en particular, la finalidad de los empaques plásticos muchas veces no es proteger
el bien contenido en ella, sino sus fines son decorativos o publicitarios; por tanto, en esos casos su
uso, en la mayoría de las veces resulta injustificado.
Para tal fin, sobre la necesidad de regular el impuesto a los empaques plásticos, se analizará lo
previsto en la Constitución Política del Estado, en lo referido a los principios que orientan la
materia tributaria (en lo relativo al impuesto extrafiscal) y ambiental. Asimismo, con la finalidad
de comprender la naturaleza de dicho impuesto extrafiscal, se analizará lo que la doctrina y
jurisprudencia han desarrollado sobre la misma.
Además, se analizará la tesis pigouviana que implica la intervención estatal en las actividades
económicas que causan impacto en el medio ambiente a manera de reparar el daño causado.
También, se verificará los tratados y convenios suscritos por el Estado Peruano, mediante los
cuales se busca proteger a la naturaleza, como un entorno saludable del ser humano, de la
contaminación causada por el plástico en general. Especialmente por los empaques plásticos.
Seguidamente, se hace mención de forma general a la normativa ambiental, sobre la cual
consideramos que su aplicación no resulta del todo eficaz para la lucha contra el medio ambiente
causada por los elementos contaminantes como el plástico de un solo uso y los empaques plásticos.
Igualmente se analizará diversa jurisprudencia donde el máximo intérprete de la constitución ha
establecido como un fin del Estado, la protección del medio ambiente, ello pasa por justificar la
intervención del Estado en determinadas actividades que causan impacto en el medio ambiente,
que incluso es similar a lo establecido en la jurisprudencia comparada de algunos países que
conforman la Alianza del Pacifico como Chile y Colombia. Por tanto, los criterios
jurisprudenciales en dichos países sobre la contaminación ambiental de algún modo se encuentran
orientados en el mismo horizonte a lo establecido en nuestra jurisprudencia interna.
Finalmente se busca materializar la propuesta de investigación, pretendiendo abarcar la ley
cuestionada aplicando a los empaques plásticos, estableciendo la especie tributaria que acogería la
mentada propuesta, asimismo las características y los elementos esenciales de dicho tributo, para
tal fin se analizarán algunas propuestas sobre determinados bienes que contienen los elementos
contaminantes cuyo uso es injustificado.
Todo lo anterior permite que, a través de la propuesta sugerida mediante la norma tributaria
aplicada a los empaques plásticos, se puede concluir que resulta más efectiva la imposición fiscal
a los empaques plásticos que la búsqueda de la reducción de la contaminación ambiental a través
de campañas poco efectivas que realiza el Ministerio del Ambiente, todo ello con la finalidad de
concretizar no solo lo que manda la anotada Ley N° 30884, sino además la Constitución Política
del Estado en lo referido a la protección del medio ambiente. Es por ello la propuesta de ampliar
el ámbito de aplicación de dicha Ley N° 30884 a los empaques plásticos que son distintos a los
empaques plásticos de un solo uso.