La motivación en el arbitraje: Análisis sobre el pacto de no motivar según el artículo 56° de la Ley de Arbitraje
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Abstract
El presente trabajo se enfoca en hacer un análisis del artículo 56° de la Ley de
Arbitraje peruana. En ese sentido, aborda dos perspectivas contrarias para
llegar a una conclusión sobre los alcances y limitaciones del pacto de no
motivar la decisión final de un arbitraje.
La primera de ellas nos mostrará una visión más literal acerca de la
interpretación de la norma y señalará que las partes tienen carta abierta para
decidir pactar lo que consideren pertinente a sus intereses acerca de la
motivación.
La segunda nos mostrará una visión más restrictiva sobre el pacto de no
motivar recogido en la ley, partiendo por indicar que la institución arbitral tiene
una naturaleza jurisdiccional, por lo cual se entiende que la motivación no
puede ser dejada de lado.
Todo lo anterior se hará con miras a determinar cuál de las dos posturas
planteadas se adapta mejor al ordenamiento jurídico peruano, sobre todo
teniendo en cuenta las decisiones adoptadas por las Salas Subespecializadas
en lo Comercial y/o similares que son quienes terminan viendo los recursos de
anulación planteados por las partes bajo la premisa de que la decisión final de
los árbitros ha tenido fallas de motivación.