Bases constitucionales para la aplicación de la colaboración eficaz en el Perú
Acceso a Texto completo
Abstract
La disminución o exención de la pena que se otorgue como incentivo a quien, habiendo
participado en cierto hecho delictivo, coopera activamente en la obtención de pruebas y en la
identificación de los demás intervinientes en ese y otros hechos, constituye una práctica
extendida en diferentes países para hacer frente a determinadas formas de criminalidad. Bajo
la premisa de que se trata de una herramienta eficaz para hacerse de información sustancial,
esta práctica ha pasado a protagonizar la persecución del crimen, y, al estar exenta de
controles suficientes, parece destellar ciertas notas de arbitrariedad.
En nuestro país, esta práctica se sostiene a través de la colaboración eficaz,
instrumento que ha acompañado la política criminal del Estado desde la época del terrorismo
hasta la fecha. En los últimos años, ha cobrado especial notoriedad en razón a su empleo en
los denominados casos emblemáticos –investigaciones de especial trascendencia–, y ello ha
puesto en evidencia su volatilidad, al punto de cuestionarse su legitimidad en el marco de un
Estado social y democrático de Derecho.
¿Es posible mantener un equilibrio entre el sistema de garantías y principios que definen
la persecución penal en nuestro país, y la efectividad y eficacia que puede ofrecer esta forma
de hacer frente a la delincuencia? Este trabajo parte de la premisa de que toda decisión
político criminal debe afirmar el objetivo estatal recogido en nuestra Constitución y respetar
el orden jurídico en ella establecido, sin que ello signifique dejar de responder a una realidad
social. Por ello, se propone que la colaboración eficaz precise de límites que aseguren su
empleo como una herramienta de justicia por encima de uno de poder político. Para alcanzar
ese objetivo, se propone identificar las bases constitucionales sobre las cuales se construye
la justicia penal en nuestro país. Bajo este esquema, es posible deducir en qué medida estas
se reflejan en la justicia premial materializada a través de la colaboración eficaz, y, de ser el
caso, proponer las modificaciones que correspondan.