Publicidad online como prueba indiciaria para acreditar la notoriedad de una marca en el Perú
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Abstract
La Autoridad Administrativa Indecopi no acepta a la publicidad online como
prueba indiciaria o medio probatorio válido que contribuye a la acreditación de
la notoriedad de una marca. La autoridad niega la validez de este tipo de
publicidad, alegando que no cuentan con fecha cierta identificable anterior al
inicio del proceso y porque no es posible identificar si la publicidad está dirigida
a territorio peruano. En ese sentido, el objetivo general de la presente
investigación es el siguiente: “determinar las características con las que debe
contar la publicidad online para ser considerada prueba indiciaria idónea y
válida para contribuir a la acreditación de la notoriedad de una marca”. El
método de investigación elegido es el cualitativo, se consultó bibliografía
jurídica y de marketing-publicidad; así como procesos de notoriedad reales
para sustentar la posición de la tesis. Producto de la investigación, se encontró
que las manifestaciones de publicidad online que deben ser consideradas
pruebas indiciarias o medios probatorios válidos que contribuyen a la
acreditación de la notoriedad de una marca son las redes sociales (Facebook,
Youtube e Instagram), Google Ads o Adwords, E-mail marketing y páginas
web especializadas. Las manifestaciones de publicidad online mencionadas
cuentan con el consentimiento de los internautas y cumplen con las
características propuestas para ser consideradas pruebas indiciarias o medios
probatorios válidos que contribuyen a la acreditación de la notoriedad de una
marca. En conclusión, toda publicidad online que cuente con el
consentimiento del internauta y que cumplan con las características
propuestas en el capítulo cuatro debe ser considerada prueba indiciaria o
medio probatorio válido que contribuye a la acreditación de notoriedad de una
marca.