La empresa estatal Sima Callao S.A. y la relación con sus trabajadores de la Armada Peruana respecto a la aplicación de un régimen disciplinario
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Abstract
El SIMA Perú S.A. (SIMA Perú), una empresa estatal de derecho privado, opera
siguiendo las políticas que determina el Ministerio de Defensa, así como la
Comandancia General de la Marina y el Fondo Nacional de Financiamiento de la
Actividad Empresarial del Estado (FONAFE); es autónoma en sus decisiones y
comprende al SIMA Callao S.A., SIMA Iquitos y SIMA Chimbote. Nos referiremos al
SIMA Perú para desarrollar los temas generales propios de la empresa y para efectos
de puntualizar ejemplos específicos, haremos referencia al SIMA Callao S.A. (SIMAC).
Esta empresa dicta reglamentos, mediante los cuales describe conductas afines al giro
de su negocio, que son de obligatorio cumplimiento para todos sus trabajadores y que
contribuyen con los objetivos planteados y con la seguridad de todos. En el SIMAC
trabajan empleados civiles y personal militar de la Marina de Guerra del Perú (personal
militar naval), ambos deben conocer y cumplir las reglas impuestas por el SIMA Perú;
sin embargo, el personal militar se gobierna por sus propias leyes y reglamentos, según
lo dispuesto en la Constitución Política del Perú e incluso, tienen su propia Ley del
Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas del Perú, Ley N° 29131 (régimen
disciplinario militar) que es muy distinto al régimen disciplinario que tiene el SIMA Perú.
Por esta razón, el presente trabajo de investigación tiene como finalidad evaluar si
puede ser aplicable el régimen disciplinario militar al personal militar naval que trabaja
en el SIMAC, en el ámbito de las funciones que realiza en dicha empresa o no; de
encontrarnos en este último caso, se evalúa proponer un cambio a dicho régimen
disciplinario y/o una alternativa de solución viable, que permita emplear un régimen
disciplinario coherente, preservando la condición que tiene un militar y la disciplina que
debe existir en una empresa del Estado.