Informe sobre Expediente N° 317-2011-SDILSST
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Abstract
El presente trabajo de investigación busca justificar la actuación de los poderes exclusivos y
excluyentes que detenta la Administración Pública a través de sus órganos (poderes de
fiscalización y sancionador), ante actos que califican como inconstitucionales (actos
antisindicales). Para ello, se parte desde la eficacia horizontal de los derechos fundamentales y
las distintas teorías que abordan el denominado “contenido constitucionalmente protegido” de
estos derechos, en tanto límite inquebrantable en las interrelaciones entre privados. Se responde,
además, a la pregunta de qué lugar ocupa la Constitución en un Estado como el peruano, pues
esto justifica que deba reformularse nuestra concepción del principio de legalidad y ser entendido
como juridicidad (sujeción al ordenamiento jurídico), siempre teniendo en cuenta los principios de
interpretación constitucional como fuerza normativa, unidad y concordancia práctica. El caso bajo
estudio demuestra como un privado que detenta un poder (poder de dirección), se inmiscuye en
el pleno disfute de un derecho fundamental (huelga), el cual afecta en su contenido
constitucionalmente protegido y busca justificar en una errónea concepción del principio de
legalidad y tipicidad (como sujeción a la ley) y en un supuesto deber de garante de otro derecho
cuya titularidad le corresponde a los trabajadores (derecho al trabajo). Teniendo en cuenta ello, el
objetivo que se persigue es demostrar que no existen zonas exentas de control y que cualquier
acto que califique como inconstitucional, debe ser sancionado.