La diferencia entre el arrendamiento y el usufructo
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Abstract
Este trabajo pretende, consciente de aquella
preocupación, aportar un granito de arena a aquella
tradicional distinción (y confusión) entre el
Arrendamiento y el Usufructo, para lo cual, sin embargo,
se adopta un espíritu crítico, de permanente evaluación
de las categorías y conceptos jurídicos que determinan
la diferencia a la luz de su utilidad práctica, lo que
supone un análisis de sus consecuencias sociales. De
lo expuesto se deduce que no pretendemos desarrollar una
teoría del Arrendamiento y del Usufructo, si bien
partimos de una exposición en lo posible rigurosa, de
los conceptos dogmáticos que nutren el problema en sus aspectos esenciales. luego en base al dato histórico y
social, descubrir el proceso de su nacimiento y
desenvolvimiento hasta el actual nivel de
generalización, para concluir con una determinación de
las finalidades que las normas que lo rigen, pretenden
lograr y si lo logran. Para ello, la tesis se divide en
tres capítulos: El primero, nuestro marco teórico,
pretende dotarnos del método y premisas que deberán
reflejarse en el análisis. El segundo, busca analizar
el problema central o clásico de la distinción, cual es
el criterio de la tipología de los derechos o relaciones
jurídicas. Finalmente, el capítulo tercero pretende
evaluar si las variables normativas concretas de nuestro
Código Civil, que regulan ambas instituciones,
desarrollan la función económica que nuestra sociedad
les exige, para concluir con una propuesta, muy personal
por cierto, de innovación.