El delito de feminicidio en la ciudad de Arequipa y las limitaciones estatales para responder con efectividad a este problema público en el periodo 2014-2015
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Abstract
La presente investigación visualiza el problema del Feminicidio, definido como el
asesinato o crimen de odio de una mujer, que viene precedido de acciones agresivas sean físicas, psicológicas o sexuales y que se desarrolla en un contexto público o privado; particularmente Arequipa por ser la segunda ciudad en este tipo de homicidios calificados según el MIMPV en los años 2014-2015. El Feminicidio es una realidad global que se desarrolla en todos los estamentos y niveles que conforman una sociedad dentro de un país, el cual afecta directamente a cualquier estado, este problema para el gobierno peruano originó que sea considerado como un caso especial en nuestro Código Penal (Art. 108-A). Esta investigación analizara la atención de los operadores de justicia de Arequipa para atender los casos de Feminicidio desde las políticas públicas (PNP, MP, PJ); realizando una investigación cualitativa y rescatando la opinión de los actores que participan en las diligencias investigatorias. También se identificará los factores que impiden afrontar el delito de Feminicidio en esta ciudad con la finalidad de mejorar la labor de las instituciones comprometidas en la erradicación de este delito. Utilizando para tal fin técnicas e instrumentos de recolección de datos, específicamente una entrevista no estructurada. De esta manera se puede concluir que los mecanismos usados por las
instituciones del estado para combatir el Feminicidio en esta localidad sureña,
durante los últimos años (2014-2015) no ha tenido los resultados esperados debido a la falta de preparación y capacitación constante de los investigadores policiales y jurídicos, aunados a la carencia de infraestructura (casas refugio) para las víctimas o su entorno, así como el hecho de que los feminicidios acontecidos e investigados por la policía han sido asumidos como casos simples de homicidios o asesinatos más no en esta modalidad de violencia contra la mujer o tipología criminal, olvidándose en todo momento las entidades públicas que deben laborar con el profesionalismo y la ética señalada por el Estado, a fin de cumplir con el compromiso asumido con la población y con los entes internacionales.