El recurso impugnatorio en la ley de régimen disciplinario de la Policía Nacional del Perú
Acceso a Texto completo
Abstract
El objetivo del presente trabajo, está referido a realizar el análisis desde Constitución Política,
Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General (TUO-LPAG),
Ley de Régimen Disciplinario de la Policía Nacional del Perú (LRD-PNP), sentencias: de la
Corte Suprema de la República, del Tribunal Constitucional y de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos respecto del recurso de apelación en el procedimiento administrativo
disciplinario sumario como consecuencia de la responsabilidad administrativa de los oficiales
y suboficiales de armas y servicio de la Policía Nacional del Perú. Se concluye que LRD-PNP
respecto de la Ley del Procedimiento Administrativo General (TUO-LPAG), no impone
condiciones menos favorables para el administrado (infractor); el recurso de apelación forma
parte implícita del debido proceso; el recurso de apelación del procedimiento administrativo
disciplinario sumario y el propio procedimiento obedece a una discrecionalidad del legislador
y la regulación del plazo para interponer el recurso de apelación en el procedimiento sumario
no constituye una vulneración al debido proceso sin embargo restringe el derecho a la defensa
del infractor en sede administrativa, sin embargo en el proceso de control judicial (proceso
contencioso administrativo o acción de amparo) la autoridad judicial puede declarar la
nulidad o revocación total o parcial de la resolución administrativa de sanción disciplinaria.