Estándares jurídicos para garantizar el derecho a la no devolución en el marco del Sistema Interamericano de Derechos Humanos : especial atención a algunos grupos en situación de vulnerabilidad
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Abstract
Las políticas de control migratorio que han adoptado los Estados en los últimos años,
a fin de hacer frente a la grave crisis de movilidad humana, se han traducido en la
adopción de medidas que transgreden el derecho a la no devolución, pese a que este
derecho goza de un amplio reconocimiento y aceptación universal en diversos
instrumentos internacionales. En este contexto, existe la necesidad urgente de
efectivizar y armonizar la protección de no devolución en los procesos de movilidad
humana.
Por esta razón, proponemos la aplicación de estándares jurídicos en los
procedimientos de devoluciones o expulsiones en el marco del SIDH. Esencialmente,
estándares que consideren las necesidades particulares de las personas que se
encuentran en una situación de especial vulnerabilidad; ya sea por la concurrencia de
un factor o de la intersectación de diversos factores de vulnerabilidad, como el género,
la edad, la orientación sexual, el origen técnico, religión, discapacidad, opinión política,
entre otros.
A fin de conocer y comprender los estándares jurídicos para garantizar el derecho a la
no devolución en el marco del SIDH, partimos de la premisa que el principio de no
devolución no es único. Por el contrario, actualmente, en el DI co-existen el “principio
de no devolución de los refugiados”, el “derecho a la no devolución causal” y el
“derecho a la no devolución ampliado”. Además, en el caso de las personas en
situación de especial vulnerabilidad, el derecho a la no devolución (de refugiados,
causal y ampliado) presenta un contenido reforzado; por lo que, constituye una
herramienta adicional para garantizar el goce de sus derechos humanos.