Los criterios de vinculación a propósito de la doble imposición internacional
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Abstract
El objetivo que nos ocupa en la presente investigación es encontrar el
medio más idóneo para evitar la doble imposición en las operaciones
comerciales que realizan los agentes económicos en el ámbito internacional.
Es un aspecto controvertido y de difícil solución, en tanto que no existe un
consenso que permita adoptar un medio efectivo para evitar este fenómeno
que afecta negativamente las relaciones internacionales en las operaciones
comerciales.
En razón de su soberanía, cada Estado ejerce su potestad tributaria,
entendida esta como la facultad que tiene para crear tributos y exigir su
cumplimiento a las personas sometidas a su competencia tributaria. Dicha
potestad la ejerce estableciendo una conexión entre el hecho gravado y el
sujeto obligado a pagar el tributo, lo que en doctrina se denomina Criterios
de Vinculación.
Es así que se origina doble imposición internacional, cuando cada Estado
adopta diferentes factores de conexión o incluso los mismos, pero
concebidos y regulados de forma distinta.
Generalmente, los Estados toman el criterio de ‘residencia’ para gravar a
sus nacionales y el criterio de ‘fuente’ para gravar a los no residentes.
Siendo ello así, los problemas surgen cuando el legislador intenta
establecer la renta de fuente extranjera para un residente y la renta de
fuente local en el caso de un sujeto no residente en ese Estado.