La inmunidad parlamentaria en el estado democrático constitucional: un estudio a partir del caso peruano
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Pontificia Universidad Católica del Perú
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Resumen
La “inmunidad parlamentaria” es una garantía de las asambleas legislativas para
proteger su autonomía frente a los demás poderes del Estado. Así tal cual, ha sido
un dogma a lo largo de nuestra historia republicana (y también de toda la historia
del constitucionalismo comparado). Su data es casi en paralelo con la aparición del
Estado liberal francés durante el siglo XVIII, y desde entonces ha sido incorporado
con diversos matices en los nuevos estados democráticos.
Precisamente su longevidad y el advenimiento de la crisis de representación de las
asambleas legislativas bien iniciado el siglo XX, han obligado a los Estados ha
tener que replantear el objeto de la inmunidad parlamentaria, mucho más con la
consolidación de la “era de los derechos”; ambos fenómenos surgidos durante el
período de entreguerras. Se entiende desde entonces que la legitimidad
democrática se evidencia en la disposición de promover y proteger los derechos
ciudadanos. Y por otro lado, en la exigencia que los gobernantes respondan por
sus actos, sin que medien privilegios que les confieran impunidad.
Este nuevo panorama ha llegado al extremo de replantear la configuración de la
teoría de la soberanía popular, generándose un amplio debate sobre la
representación, poniendo en tela de juicio una serie de instituciones propias del
Poder Legislativo, entre ellas, de la propia inmunidad parlamentaria.
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