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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución de la Primera Sala del Tribunal Registral de Lima N° 235-2021-SUNARP-TR(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-14) Usco Rutti, Deyvid; Jiménez Murillo, Félix RobertoEn el presente informe jurídico se realiza un análisis crítico de los argumentos y la decisión adoptada por la Primera Sala del Tribunal Registral de Lima en la Resolución N° 235-2021- SUNARP-TR, de fecha 13 de mayo de 2021. En esta resolución, el Tribunal Registral resolvió el caso en concreto, realizando una interpretación extensiva del primer precedente de observancia obligatoria, aprobado en el Centésimo Noveno Pleno del Tribunal Registral, que se refiere a la cancelación del asiento registral donde consta inscrita el derecho de propiedad de un predio, y su posterior desinscripción, por renuncia al derecho de propiedad. Mediante el presente informe jurídico, el autor pretende cuestionar el criterio del Tribunal Registral en la mencionada resolución, en la medida que ratifica lo dispuesto en el precedente de observancia obligatorio antes referido, obviando considerar que dicho precedente resulta inexacto en su contenido. No solo ello, sino también, aplica erróneamente dicho precedente, generando incertidumbre e impredecibilidad en el sistema registral. En ese sentido, el autor analizará tres problemas jurídicos relevantes que se identificaron en dicha resolución, los cuales serán abordados en el presente informe desde una perspectiva crítica. El autor resalta la importancia de que el Tribunal Registral revise nuevamente el criterio admitido en el precedente de observancia obligatorio antes mencionado, limitándose a realizar una interpretación restringida de la renuncia al derecho de propiedad predial, en la medida de que no existe un marco normativo vigente en nuestro ordenamiento jurídico nacional que permita su desarrollo y viabilice su adecuado desenvolvimiento en el ámbito del derecho civil. Además, considera que el hecho de permitir la desinmatriculación de un predio en nuestro sistema contraviene nuestra normativa nacional vigente.Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico de la Resolución No. 617-2020-SUNARP-TR-L(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-03) Castañeda Aguirre, Flavio César; Aliaga Huaripata, Luis AlbertoEl presente informe tiene el propósito de analizar los criterios establecidos por el Tribunal Registral en la Resolución No. 617-2020-SUNARP-TR-L, en el cual se pronuncia, entre otros, respecto al procedimiento de inscripción de acuerdos de reducción de capital sin cumplir con el procedimiento establecido en el artículo 218 de la Ley General de Sociedades, así como el caso de la inscripción de acuerdos de aumento de capital frente a la exclusión de socios no asistentes a la junta respectiva. Asimismo, se analizará el tema de la exclusión de socios en una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, la cual, si bien no forma parte del análisis de la resolución materia del presente informe, sí fue un punto fundamental en la calificación del título que generó dicha resolución por parte del registrador público. Para ello, se analizarán las normas societarias y registrales relativas a la exclusión de socios, el procedimiento de reducción del capital social, y el procedimiento de aumento de capital social, utilizando los métodos de interpretación jurídica de dichas normas a efectos de poder responder, principalmente, a si es posible ejecutar un acuerdo de reducción de capital antes de vencido el plazo referido en el artículo 218 de la Ley General de Sociedades.Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre la Resolución N° 277-2016- SUNARP-TR-T(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-02) Saona Neyra, Juan Francisco De Las Mercedes; Avendaño Arana, Francisco JavierEl autor del presente informe jurídico realiza un análisis sobre las repercusiones de la caducidad de la inscripción de hipoteca que garantiza obligaciones eventuales futuras e incluso indeterminadas, otorgadas a favor de las empresas del Sistema Financiero nacional, que han sido materia de cesión de derechos a favor de una persona jurídica ajena a dicho sistema, y en cuánto influye en el cómputo del plazo de caducidad, todo ello en el contexto de la Resolución del Tribunal Registral N° 277-2016-SUNARP-TR-T, de fecha 24 de junio de 2016, por el que la Cuarta Sala del Tribunal Registral de Trujillo resolvió revocar la observación de la registradora pública y disponer la inscripción de la solicitud de renovación de las hipotecas que gravan 20 predios de propiedad de los deudores hipotecarios, argumentando que, de manera previa a resolver la rogatoria de renovación, era menester determinar si las hipotecas materia de análisis se encontrabas caducas o no, teniendo en cuenta que habían sido otorgadas a favor del Banco Wiesse, en los años 1994, 1995 y 1996, para luego ser cedidas a un tercero, la empresa Servicios, Cobranzas e Inversiones S.A.C., en el año 2007, tras lo cual concluyeron que dichas hipotecas no habían caducado, al contrario de lo sostenido por la registradora, sino que el cómputo de caducidad no podría abarcar el plazo en el que las hipotecas se encontraban protegidas por el artículo 172° de la Ley del Sistema Financiero, Ley N° 26702; por lo que, a partir de esta resolución, se abarcarán los problemas jurídicos advertidos por el autor: 1) Para renovar una hipoteca es necesario o no determinar previamente si ha caducado la misma; 2) Los efectos de la cesión de derechos en el plazo de caducidad que corre durante la titularidad del Banco como acreedor hipotecario; y, 3) La determinación del inicio del plazo de caducidad en hipotecas que garantizan obligaciones futuras, eventuales o indeterminadas.Ítem Texto completo enlazado Resolución No. 1928-2011-SUNARP-TR-L(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-24) Salazar Ruiz de Castilla, Mariajosé; Salazar Gallegos, Maximiliano EduardoLa presente investigación tiene como objetivo analizar la Resolución No. 1928-2011-SUNARP-TR-L, en la cual el Tribunal Registral resolvió inscribir la extinción de una sucursal de sociedad constituida en el extranjero sin cumplir previamente con los requisitos establecidos en la Ley General de Sociedades, bajo el argumento que la sociedad extranjera que la constituyo ya se encontraba extinguida. El Tribunal Registral indicó que el supuesto de hecho planteado en el caso que fue materia de la resolución no se encontraba regulado y por tanto, en aplicación de los principios generales del derecho, resultaba admisible la solicitud de inscripción de extinción de la sucursal ya que era imposible que se puedan cumplir los requisitos establecidos en la Ley General de Sociedad. Al respecto, consideramos que el análisis que realizamos en el presente informe es de importante relevancia jurídica dado que abarca distintos aspectos del derecho tales como la teoría general del derecho, el derecho registral y derecho mercantil. A partir del análisis antes indicado concluimos que el Tribunal Registral equivocadamente ha resuelto confundiendo conceptos jurídicos y a su vez excediendo los límites que son impuestos para la calificación registral a partir de los principios registrales y las normas correspondientes.