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    El impacto del tiempo de duración de los campos de refugiados en los derechos humanos de los refugiados africanos
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-09-19) Abrahamzon Zavala, Karen Jeaninne; Saco Chung, Víctor Augusto
    A lo largo de la historia, frente a las diversas crisis de refugiados, se ha podido observar que la forma de los Estados de afrontar estas situaciones ha sido por medio del establecimiento de campos de refugiados. De manera que, muchos de nosotros relacionamos crisis humanitarias con estos espacios. Muestra de esta realidad se puede apreciar en el continente de África, donde se encuentran ubicados los campos más grandes y antiguos en el mundo, los cuales pueden ser descritos como “ciudades improvisadas” temporales que brindan ayuda humanitaria esencial ante una emergencia. La cuestión es que en la práctica, el ciclo de duración de los campos se aleja mucho de ser temporal. En este contexto, la presente tesis plantea cuál es el impacto de la prolongación del tiempo de duración de los campos de refugiados africanos de Dadaab y Kakuma en las personas que los habitan. Por ello, se sostiene que los campos de refugiados estudiados en esta tesis, los de Dadaab y Kakuma, incumplen la función de temporalidad, esta prolongación produce vulneraciones al derecho a la libertad de movimiento y al derecho al trabajo de las personas que se habitándolos, lo que afecta su funcionamiento. En ese sentido, frente a las crisis de refugiados, las respuestas de los Estados no deben estar orientadas únicamente “ante la emergencia”, sino también, con un enfoque a largo plazo. En este sentido, se proponen soluciones dirigidas a promover la autosuficiencia económica de los refugiados, de manera que cuenten con los medios para afrontar su larga estancia ahí. Especialmente, contribuir a la sociedad de acogida y a las de origen cuando regresen. Así, la finalidad de las soluciones es reducir el impacto negativo de que permanezcan por mucho tiempo viviendo ahí. Por ello, es fundamental invertir la duración de su estadía, de manera que se torne favorable
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    Informe jurídico sobre la Sentencia ICC-01/04-02/06-1962. Análisis de la admisibilidad de los crímenes de guerra de actos de violación y esclavitud sexual en perjuicio de niñas soldados en el caso “The Prosecutor vs. Bosco Ntaganda”
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-07) Quiñones Galindo, Yolanda Isabel; Reyes Milk, Michelle Elisa
    El presente informe jurídico tiene como finalidad analizar la sentencia ICC-01/04- 02/06-1962, del 15 de junio de 2017, del caso “The Prosecutor vs. Bosco Ntaganda”, cuya relevancia y complejidad es internacionalmente reconocida, al ser la primera ocasión en la que la CPI admite su jurisdicción respecto a los crímenes de guerra de actos de violencia y esclavitud sexual cometidos intrafilas, es decir, perpetrados por miembros del mismo grupo armado que las víctimas. Para ello, se determinará si los actos de violencia y esclavitud sexual intra-filas, cometidos en perjuicio de niños y niñas soldados, pueden ser calificados como crímenes de guerra, y se evaluarán críticamente los argumentos de la sentencia seleccionada. Se concluirá el presente trabajo exponiendo que los actos de violencia y esclavitud sexual son correctamente calificados como crímenes de guerra, incluso si se cometen intra-filas, en perjuicio de niños y niñas soldados, en tanto dicha interpretación es coherente con la normativa del DPI, del DIH y con la especial protección que el DIDH brinda a los niños y niñas, en el contexto de un conflicto armado. Finalmente, se expondrá que, si bien la CPI determina correctamente que sí posee jurisdicción respecto a los actos de violencia sexual intra-filas cometidos en perjuicio de niñas soldados en el caso concreto, su argumentación pudo ser complementada, haciendo referencia, además de las disposiciones del Estatuto de Roma, a los principios base del DIH, así como a precedentes jurisprudenciales e instrumentos jurídicos del DIDH aplicables
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    Aislando a los excluidos: reinterpretación (y actualización) del artículo 30 del III Convenio de Ginebra sobre el uso del régimen del aislamiento solitario en personas privadas de libertad con discapacidad mental como una medida arbitraria privativa de libertad
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-26) Coria Palomino, Priscilla Denisse; Constantino Caycho, Renato Antonio
    El aislamiento solitario es una práctica antigua que se ha extendido hasta formar parte de los sistemas penitenciarios del mundo, ha sido parte de los orígenes de la rehabilitación a través del aislamiento en los modelos penitenciarios y se le puede encontrar en los modelos de Auburn y Pennsylvania. Esta medida es utilizada en distintos escenarios de reclusión, tales como centros penitenciarios, hospitales psiquiátricos, instituciones para niños, niñas y personas adultas mayores; centros para migrantes, refugiados, solicitantes de asilo o refugio, apátridas, indocumentados y en campos de prisioneros de guerra. La presente tesis expone los fundamentos y críticas del empleo de esta práctica a nivel global, se enfoca en el uso del régimen en prisioneros de guerra con discapacidad mental o psicosocial en los conflictos armados internacionales. Para ello, plantea si la interpretación del primer párrafo del artículo 30 del Tercer Convenio de Ginebra de 1949, que permite el empleo del régimen del aislamiento solitario en los prisioneros de guerra con discapacidad mental, es válida a la luz de los estándares de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad (CDPD). El artículo 30 del III Convenio de Ginebra de 1949, desde su entrada en vigor, ha sostenido una interpretación que permite el empleo del régimen de reclusión en la modalidad de aislamiento solitario en prisioneros de guerra con enfermedades mentales o –denominada hoy en día por el modelo social— discapacidades mentales. Esta disposición normativa está basada en un modelo médico de discapacidad que tenía como finalidad ser una medida de protección hacia terceros. A partir del surgimiento del modelo social de discapacidad y de los estándares de la CDPD, el modelo en el que estuvo basada la norma y su interpretación se encuentra desfasado; y, la propia interpretación no responde a los estándares de derechos humanos actuales. Sin embargo, esto no implica que el artículo 30 sea suprimido, sino al contrario, la disposición normativa seguirá siendo la misma, pero es necesaria una reinterpretación y actualización de la norma conforme a los criterios establecidos en la interpretación dinámica de la norma conforme al nuevo corpus juris de las personas con discapacidad y de los valores protegidos de la norma humanitaria, el principio pro persona (aplicación la interpretación más favorable, extensiva, amplia, a la hora de proteger a los derechos humanos que se encuentran de manera implícita al interpretar el artículo 30 del CG III), el criterio de sentido común de los términos o coherencia terminológica (criterio para interpretar los valores protegidos de la norma humanitaria) y el artículo 3 común de los Convenios de Ginebra de 1949 (la prohibición de las distinciones de índole desfavorable, el trato inhumano, degradante e inhumano y la tortura
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    Análisis del matrimonio forzado como modalidad específica del crimen de esclavitud sexual. Contribuciones desde el enfoque de género en el marco del derecho internacional humanitario y del derecho penal internacional
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-06-10) Bertola Valdivia, Karen Raquel; Salmón Gárate, Elizabeth
    La presente tesis tiene por objetivo identificar el rol del enfoque de género como herramienta en el análisis del Derecho Internacional Humanitario y el Derecho Penal Internacional, mediante el abordaje de una situación específica, la comprensión del matrimonio forzado como una modalidad específica del crimen de esclavitud sexual. La importancia de esta investigación radica en que tradicionalmente se ha considerado a estas ramas del derecho como neutras a lo referido a implicancias de género. Sin embargo, consideramos que el diseño de las normas y el sistema jurídico, en general carentes de este enfoque, no son “neutros”, sino que muy por el contrario contribuyen a perpetuar sistemas opresores e insensibles ante existentes y nuevas formas de violencia contra mujer, las cuales se constituyen como violaciones de derechos humanos. Es así que para el desarrollo de la investigación se ha empelado el marco teórico de del Derecho Internacional Público, Derecho Internacional Humanitario, Derecho Penal Internacional, y de los estudios de género. A partir de los mismos se ha utilizado una metodología mixta, incluyendo el análisis dialectico, histórico y analógico. Cómo conclusión, se ha comprobado que el enfoque de género es imprescindible para comprender el fenómeno analizado y brindar una respuesta adecuada al mismo. Esto al demostrar que el matrimonio encubre un conjunto de violaciones de derechos fundamentales en una institución social aceptada y regulada: el matrimonio, invisibles ante un lente carente de este enfoque
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    Los muros fronterizos en la era de la globalización : una aproximación desde el derecho internacional
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019-02-13) Enrico Headrington, Alessandra; Salmón Garate, Elizabeth Silvia
    El objetivo central de la investigación presentada es demostrar que un muro fronterizo puede ser ilegal a la luz de las obligaciones de los Estados en materia de Derecho internacional de los derechos humanos (DIDH) y el Derecho internacional humanitario (DIH). Para tales efectos, se abordan conceptos claves en el Derecho internacional; en primer lugar, se desarrollan las dimensiones y evolución del concepto de soberanía y sus implicancias a la luz del surgimiento de los derechos humanos. En este punto se hace referencia a jurisprudencia de tribunales internacionales que abordan este aspecto, así como a fuentes doctrinales que permiten entender el desarrollo actual y progresivo de ambos conceptos. Asimismo, se describe el proceso de humanización del Derecho internacional, su importancia y las principales críticas. Esto permite comprender por qué los Estados, aun en el marco de su dominio reservado, deben de respetar y garantizar las obligaciones en materia de derechos humanos. En segundo lugar, se desarrolla las implicancias de la aplicación extraterritorial de obligaciones convencionales en materia de derechos humanos en zonas tan sui generis como las fronteras. Esto permite analizar cómo el término jurisdicción ha evolucionado, es decir, que los Estados no solo tienen obligaciones en su propio territorio, sino también en aquellos espacios en donde ejerzan algún tipo de control. En este ámbito se desarrolla el concepto de control efectivo. En el marco de ambos argumentos, se enlistan los derechos humanos y obligaciones de DIH que podrían verse restringidas o vulneradas con la presencia de un muro fronterizo. Finalmente, a partir de la identificación de estos derechos y obligaciones, se hace referencia al concepto de responsabilidad de los Estados por hechos internacionalmente ilícitos. Esto conlleva a desarrollar las consecuencias jurídicas de la responsabilidad, como la reparación.
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    Los miembros de los grupos armados organizados y la violencia intra filas : ¿puede el Derecho Internacional Humanitario ofrecer una respuesta a este problema?
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-12-12) Zafra Ramos, Rita del Pilar Lucila; Reyes Milk, Michelle
    El tema de la presente tesis tiene relevancia jurídica actual, en el marco del Derecho Internacional Humanitario y del Derecho Penal Internacional, por ser materia de discusión a partir de la jurisprudencia reciente de la Corte Penal Internacional. En ese sentido, su objetivo principal es identificar cuál es la protección que el Derecho Internacional Humanitario ofrece frente a la violencia intra filas dentro de los grupos armados organizados, teniendo como hipótesis que la misma la configura el artículo 3 común a los Convenios de Ginebra de 1949. El análisis está basado en el Derecho Internacional Humanitario, el Derecho Penal Internacional y el Derecho Internacional de los Derechos Humanos. En esta línea, se hace uso del método sociológico para analizar la realidad a la que se enfrentan los miembros de los grupos armados en la actualidad. Asimismo, se utiliza el método analítico en lo que corresponde al estudio de las ramas del Derecho Internacional antes mencionado. Finalmente, la conclusión principal de la investigación es que la protección que otorga el Derecho Internacional Humanitario a los miembros de los grupos armados frente a la violencia intra filas corresponde al artículo 3 común antes mencionado, en base a la influencia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y a la luz de los desarrollos en la jurisprudencia reciente del Derecho Penal Internacional.