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Ítem Texto completo enlazado Sobre la Imposición de Multas Coercitivas por el Organismo Regulador en el Caso del Expediente N° 18478-2008-0-1801- JR-CA-05(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-16) Ricra Morales, Hugo Alexander; Sánchez Povis, Lucio AndrésProducto del procedimiento trilateral llevado a cabo entre el Gobierno Regional de Tumbes, Electronoroeste S.A (en adelante, “Enosa”) y el Organismo Supervisor de la Inversión en Energía y Minería – Osinergmin, en el que se discutía el reembolso de las Contribuciones Reembolsables, se emitió un acto administrativo que ordenó a Enosa la devolución mencionado monto dinerario. Así, para hacer efectivo el derecho del Gobierno Regional de Tumbes, el cual ya se encontraba reconocido, el Osinergmin impuso multas coercitivas aun cuando la normativa que regula este tipo de situaciones no la autorizaría a valerse de dicho medio de ejecución forzosa, toda vez que se establece que solo podrá hacerlo cuando se trate de una obligación de dar, hacer o no hacer, establecida a favor de la entidad; sin embargo, en este caso, la obligación se habría establecido en favor de un tercero. Siendo ello así, se llega a la conclusión de que el Osinergmin, al día de hoy, se encontraba imposibilitado de resolver el caso en uso de su potestad de autotutela; asimismo, se concluye que no contaba con las facultades necesarias para emitir multas coercitivas frente al incumplimiento de actos administrativos provenientes de procedimientos administrativos trilaterales y se finaliza proponiendo una solución por la que el organismo regulador pudo haber optado. Así pues, la elección del presente expediente se justifica en que el caso expone posibilidades de mejora en la normativa relativa a resoluciones finales provenientes de procedimientos trilaterales dentro de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444.