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    Los límites judiciales para imponer una pena superior a la acordada en el marco de la conclusión anticipada
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-23) Lopez Lopez, Renzo Saul; Grandez Castro, Pedro Paulino
    Este informe jurídico analiza tres problemas centrales que se abordan dentro de la Casación 113-2017, Áncash, en el marco de la conclusión anticipada: 1) qué rol cumple el juez cuando las partes han arribado a un acuerdo, 2) en qué supuestos el juez puede rechazar dicho acuerdo, conforme al Art. 372º, inciso 5, del CPP, y 3) cuáles son los límites que tiene el juzgador al momento de imponer una pena superior a la acordada. Por ello, dentro del presente trabajo se ha concluido lo siguiente. En primer lugar, se ha establecido que el juez debe cumplir un rol activo cuando las partes han llegado a un acuerdo, en el marco de la conclusión anticipada, por lo que este debe realizar un control judicial de dicho consenso, con el fin de determinar si este acuerdo se encuentra conforme a derecho. En segundo lugar, se sostiene que, si bien no hay una mención expresa dentro del Art. 372º, inciso 5, del CPP, sobre si el juez puede rechazar la pena consensuada por las partes para imponer una superior, esta facultad se encuentra implícita debido a la exigencia que tiene el juzgador de imponer una pena de acuerdo a los principios de legalidad y proporcionalidad. Finalmente, hemos concluido, en la misma línea que la Corte Suprema, que el juez tiene 3 límites que tomar en cuenta al imponer una pena superior a la acordada por las partes, los cuales se vinculan con el respeto a los principios de: legalidad, proporcionalidad, acusatorio y congruencia.