3. Licenciatura

URI permanente para esta comunidadhttp://54.81.141.168/handle/123456789/7312

Explorar

Resultados de búsqueda

Mostrando 1 - 1 de 1
  • Ítem
    Informe sobre la Sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en relación con el caso de Vicky Hernández y otras vs. Honduras: Desmontando paradigmas cisnormativos en el Derecho Internacional de los Derechos Humanos
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-25) Anaya Cortez, Karen Sofía; Bregaglio Lazarte, Renata Anahí
    El presente Informe tiene como objetivo exponer y analizar algunos razonamientos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en la resolución del caso Vicky Hernández y otras vs. Honduras, la cual extiende su jurisprudencia en relación con la violencia por prejuicio -desarrollada en el caso de Azul Rojas vs. Perú-, pero en esta ocasión referida a la identidad y expresión de género. El caso es sumamente trascendental ya que es la primera vez que la Corte se pronuncia sobre la aplicación de la Convención de Belém Do Pará para la protección de mujeres trans. La Corte declaró a la República de Honduras como responsable de la violación del derecho a la igualdad y no discriminación, derecho a la vida, derecho a la integridad personal, derecho a una vida libre de violencia, derecho a la libertad personal, a la vida privada, derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, al nombre, derecho a la libertad de expresión, derecho a la protección judicial y a las garantías judiciales en perjuicio de Vicky Hernández, así como la violación del derecho a la integridad personal de sus familiares. Una de las principales líneas argumentativas de la Corte IDH se relaciona con el estándar de debida diligencia reforzada exigida para la investigación y juzgamiento de la violencia contra las mujeres trans. Asimismo, la Corte IDH ordenó reparaciones que, a diferencia del caso de Azul Rojas Marín y otra contra Perú, responden al contexto de discriminación estructural que posibilita la violencia hacia mujeres trans. Sin embargo, la Corte no aplicó un enfoque interseccional en todo su análisis y los votos singulares de la magistrada Odio y el juez Vio Grossi, constituyen una preocupación para el avance del reconocimiento de derechos de las personas trans en la región, debido a su postura esencialista y binaria sobre el sexo.