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    Informe Jurídico sobre la sentencia del Expediente N° 371-2015
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-26) Bautista Barnett, Jhonatan Yuri; Wong Abad, Julio Martín
    El presente informe analiza el concepto de duda justificada sobre la independencia e imparcialidad de un árbitro, en el marco de un caso de anulación de laudo por las causales b) y c) del artículo 63 del decreto legislativo 1071, para a partir de ello esbozar que el criterio para concretizar el concepto de duda justificada a razón de un vínculo amical requiere emplear los elementos de proximidad e intensidad del vínculo al momento de efectuar el deber de revelación para la evaluación realizada por las partes. Para estos fines hemos recurrido a la legislación nacional sobre el arbitraje, las guías de buenas prácticas en el arbitraje, así como el análisis de sentencias que desarrollan el concepto de duda justificada sobre la independencia e imparcialidad de un árbitro (como es por ejemplo la resolución N° 43 del expediente N° 155-2012 de la Corte Superior de Justicia de Lima y la Sentencia del Tribunal Constitucional recaída en el expediente N° 02851-2010-PA/TC) y decisiones internacionales sobre recusaciones (ICSID Case ARB03/19). De igual forma, se analizó el desarrollo realizado por la doctrina de la imparcialidad e independencia y sus elementos (autores como Mario Castillo Freyre, Esteban Alva, Julio Wong, Francisco González de Cossío, Thomas Clay, Joshi Riddi, Marlen Estévez, entre otros).
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    Estándar probatorio ante la insuficiencia de pruebas en el delito de peculado a propósito del Recurso de Nulidad N° 162-2020. Santa
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-05-10) Junchaya Palacios, Lucero Zolanch; Wong Abad, Julio Martín
    El presente informe como parte del Programa de Segunda Especialidad en Derecho Procesal analiza el Recurso de nulidad N° 162-2020 –Santa, a fin de determinar si fue válidamente concedido o no, se examinarán los contenidos tratados en el Recurso: principio de presunción de inocencia, estándar probatorio, principio in dubio pro reo y la subsunción de los hechos al tipo penal de peculado. El Recurso fue declarado fundado en mérito a que en el caso se podía constatar deficiencias en la imputación fiscal que sindicaba la comisión del delito de peculado. Esto debido a que la Fiscalía no preciso cual era el monto efectivamente apropiado. Lo que no se corrigió en el curso del proceso, ni siquiera con la resolución de la sentencia. A su vez, el Informe pericial emitido por la Contraloría no tiene forma de ser corroborado, pues tras 22 años de ocurridos los hechos no existe la documentación base, por ende, la Corte determina que solo el informe pericial no constituye prueba suficiente para afectar el principio de presunción de inocencia y declarar culpable a un procesado. Concluimos que el recurso ha sido efectivamente concedido ya que no existe prueba suficiente que acredite la comisión de los hechos, no se ha desvirtuado el principio de presunción de inocencia al ser de aplicación el principio in dubio pro reo esto debido a que el estándar probatorio más allá de toda duda razonable no es aplicable, puesto que en el caso aún subsisten dudas sobre el monto y los plazos en los que supuestamente se cometió el delito de peculado.