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Ítem Texto completo enlazado Informe jurídico sobre la Resolución de observancia obligatoria del Tribunal Fiscal No.00358-1-2023(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-07) Valverde Berlanga, Eva Judith; Sevillano Chávez, Sandra MarielaEn el presente informe, se analiza el extremo de la Resolución de observancia obligatoria del Tribunal Fiscal No.00358-1-2023 respecto de si la presentación de una declaración jurada rectificatoria en la que se aceptan los importes observados por gastos no acreditados con documentación fehaciente por la Administración en el marco de un procedimiento de fiscalización impide o no la aplicación de la norma de Tasa Adicional del Impuesto a la Renta. Para ello, se ha dividido el presente informe en tres secciones. La primera sección versa sobre la fehaciencia del gasto (cuestiones generales, medios probatorios y consecuencias jurídicas). La segunda sección gira en torno a la norma de aplicación de la Tasa Adicional del Impuesto a la Renta, específicamente, sobre la presunción relativa que contiene y su carácter de norma antielusiva específica en el ordenamiento peruano. Por último, y en base a las anteriores secciones, la tercera sección busca responder si es que los gastos no acreditados con documentación fehaciente que son aceptados mediante declaración rectificatoria en el marco de una fiscalización son susceptibles de posterior control tributario o no. Para el desarrollo de este informe jurídico, se han empleado las diversas fuentes del derecho (la doctrina, la jurisprudencia y la legislación).Ítem Texto completo enlazado Informe de Expediente de Relevancia Jurídica – E-273, Expediente No. 0850140001380, sobre la aplicación de las normas de precios de transferencia a los préstamos a título gratuito entre partes vinculadas al ejercicio 2005(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-07-19) Sztrancman Torres, Nathan; Sevillano Chávez, Sandra MarielaMediante la Resolución del Tribunal Fiscal No. 02112-5-2019, dicho órgano concluyó que no era posible aplicar, durante el ejercicio 2005, las reglas de valor de mercado a los servicios gratuitos de cualquier tipo (incluyendo los de financiamiento – es decir, a los préstamos sin interés), pues la LIR recién amparó dicha posibilidad a partir del ejercicio 2006, incluyendo a “los servicios a cualquier título” en el artículo 32 de la norma. El presente informe jurídico busca discutir, justamente, dicha posibilidad. En efecto, nos enfocamos en la problemática referida a la posibilidad de aplicar las reglas de valor de mercado, previstas en el artículo 32 de la Ley del Impuesto a la Renta, a los préstamos gratuitos entre partes vinculadas, de manera previa a la modificación de dicha norma por la Ley No. 28655 (vigente desde el 1 de enero del 2006). Al respecto, el expediente nos enfrenta a conceptos tributarios como lo son las teorías de renta o las reglas de imputación, los cuales deben ser analizados sobre la base de la constitucionalización de nuestro ordenamiento jurídico. En consecuencia, la interpretación de las normas tributarias debe realizarse siempre tomando en cuenta los principios de capacidad contributiva y equidad previstos en nuestra Constitución, y reconociendo la reserva de ley consagrada en nuestra norma constitucional. Dicha labor es indispensable en un Estado Constitucional de Derecho, pues nos permite reflexionar sobre los límites que existen a la potestad tributaria, y las tensiones que existen entre la propiedad privada y el gravamen estatal. Con la finalidad de analizar exhaustivamente las materias aquí expuestas, el informe discute: i) el Estado Constitucional de Derecho y su relación con el derecho tributario, ii) las teorías de renta en la LIR y las denominadas rentas fictas, iii) las reglas de imputación vinculadas a los préstamos u otorgamientos de capital, previstas en el artículo 26 de la LIR, y su conceptualización como rentas presuntas y/o fictas, y iv) la posibilidad que existía, al ejercicio 2005, de valorizar los préstamos gratuitos entre partes vinculadas, en aplicación conjunta de los artículos 26 y 32 de la LIR. La metodología que hemos utilizado para cumplir con este objetivo ha implicado una revisión profunda de la doctrina en materia tributaria, desde las teorías de renta hasta la naturaleza de los capitales, y la doctrina constitucional, que precisa los límites y manifestaciones del concepto del tributo en un Estado Constitucional de Derecho, así como la jurisprudencia del Tribunal Constitucional, los informes de la Administración Tributaria y la jurisprudencia del Tribunal Fiscal.