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    Informe Jurídico respecto al Expediente N° 374-2013- OEFA/DFSAI/PAS
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-15) Mejia Mendoza, Diana Patricia; Ramírez Parco, Gabriela Asunción
    El informe jurídico elaborado gira en torno al Expediente Nº 374-2013-OEFA/DFSAI-PAS, en el cual se emite un precedente de observancia obligatoria contenido en la Resolución Nº 021- 2014-OEFA/TFA-SEP1 emitido por el Tribunal de Fiscalización Ambiental. En el procedimiento materia del expediente se realiza una interpretación de las obligaciones contenidas en el Decreto Supremo Nº 016-93-EM, específicamente en su artículo 5, siendo una de ellas la de adoptar medidas de prevención para evitar o impedir que las sustancias y/o elementos generados como resultado de la actividad minera causen o puedan causar efectos adversos al ambiente. En tal sentido, en el presente informe se analizan las resoluciones emitidas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental - OEFA, centrándonos en la definición de instituciones y principios del derecho ambiental, como lo son el principio preventivo, el daño ambiental real y del daño ambiental potencial, así como también los principios previstos en los ámbitos del derecho administrativo sancionador, para lo cual se considera la normativa aplicable, doctrina y jurisprudencia. Como producto del análisis realizado del expediente se concluye que en el procedimiento administrativo sancionador se vulneraron principios sumamente importantes, siendo estos de legalidad, tipicidad y razonabilidad, asimismo, el precedente no analiza adecuadamente los hechos que constituyen daño ambiental, ni daño ambiental potencial, además que no sustenta cómo los hechos configuración la tipificación de la infracción del artículo 5 del Decreto Supremo Nº 016- 93-EM.
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    Informe sobre la Resolución N° 004-2014-OEFA/TFA-SEP1
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-02-22) Chinchay Habich, Fiorella Alexandra; Ramírez Parco, Gabriela Asunción
    En este informe se analiza la Resolución Nº 004-2014-OEFA/TFA-SEP1, emitida por el Tribunal de Fiscalización Ambiental del Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental. La justificación radica en los constantes cambios normativos administrativos, el alto nivel de especialidad y el enfoque interdisciplinario para su resolución. Se parte de la hipótesis que la Resolución no respeta principios y normas del ordenamiento administrativo, ambiental y minero, todo lo cual nos aleja de la verdad material -reconocida como un valor que orienta la actividad del proceso sancionador- y de los fines del derecho administrativo -entre ellos, conocer si en el caso particular existió o no daño ambiental y cómo debe diferenciarse el daño potencial y el daño efectivamente causado-. Para ello se analiza la legislación vigente al momento de la Resolución, así como doctrina autorizada nacional y comparada y jurisprudencia. En este trabajo se concluye que la Resolución no cumple con los plazos previstos por el ordenamiento para su emisión, transgrede el principio de tipicidad -tano en el aspecto relacionado a las normas sustanciales como en lo relacionado a la norma tipificadora-. En consecuencia, la Resolución no es correcta, ya que no se analizaron aspectos relevantes que hubieran cambiado el sentido del pronunciamiento.