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    Informe sobre Casación Laboral de la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia No. 13768-2016-LAMBAYEQUE
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-10-06) Barboza Vergara, Sergio Erick; Díaz Roncal, Kenny Jefferson
    El presente trabajo se justifica en la importancia de analizar las decisiones tomadas por el máximo órgano decisor del Poder Judicial, puesto que suelen marcar la pauta de los jueces de primera y segunda instancia, por lo que el desarrollo de este texto se centra la Casación No.13768-2016-LAMBAYEQUE, la misma que gira en torno al análisis de la configuración de un despido por tardanzas reiteradas, cuya resolución final considera que se han cumplido todos los presupuestos y parámetros necesarios para un despido justificado, motivo por el cual Casaron confirmando la sentencia apelada de primera instancia y declarando infundada la demanda presentada por el trabajador. No obstante, como se demuestra en el presente trabajo, la Sala Suprema se limitó a realizar un recuento formal de lo indicado en el inciso h) del artículo 25° del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral aprobado por Decreto Supremo N° 003-97-TR, claudicando a una interpretación más concienzuda a la luz de la aplicación de principios básicos del derecho laboral como lo son el de razonabilidad y proporcionalidad en la aplicación de la sanción, el principio de inmediatez como parámetro para la facultad sancionadora del empleador; y , en consecuencia, también una interpretación errónea debido a la omisión del análisis de la vulneración de los principios antes citados de cara a la configuración de un despido fraudulento.
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    Informe jurídico sobre la Casación Laboral N° 25646-2017
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-08-20) Palacios Lévano, Claudia; Díaz Roncal, Kenny Jefferson
    La Casación Laboral N° 25646-2017-Arequipa se focaliza en el conflicto que surge entre el empleador (Minera Cerro Verde) y el trabajador (Zenón Mujica) quien es sancionado por no haber prestado sus servicios el 8 y 9 de abril de 2016, fecha en la que decidió ejercer su derecho a la huelga junto con otros trabajadores del sindicato al que pertenece. Este caso es considerado como uno de los muchos casos en los que se declara la improcedencia e ilegalidad de la huelga. La improcedencia e ilegalidad están sujetas al cumplimiento estricto de requisitos señalados en el T.U.O de la Ley de Relaciones Colectivas de Trabajo y de su reglamento a fin de obtener una decisión que declare la procedencia por parte de la Autoridad Administrativa del Trabajo. A través de una metodología teórica e histórica, en el presente trabajo cuestionamos la exigencia de tales requisitos desde el ámbito del derecho constitucional y sus métodos de interpretación.