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    Concesiones mineras sujetas a consulta previa a partir de la Sentencia de Vista expedida por la Corte Superior de Justicia de Puno en el caso de las Comunidades Campesinas de Atuncolla
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-08-07) Cabrera Hurtado, Rudy Anyela; Dávila Ordoñez, Jimpson Jesús
    En el presente Informe Jurídico se analizará si las concesiones mineras que se encuentran superpuestas a territorios de Pueblos Indígenas u Originarios deberían estar sujetas a un proceso de consulta previa o si este proceso no resultaría necesario hasta antes del otorgamiento de la autorización de inicio de actividades de exploración y explotación. Dicho análisis se realizará a la luz de la Sentencia de Vista N°39 expedida por la Corte Superior de Justicia de Puno en el caso de las Comunidades Campesinas de Atuncolla, sentencia en la que se ordenó al Ministerio de Energía y Minas y al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico no volver a otorgar títulos de concesión minera sin que previamente se haya realizado un proceso de consulta, pues no hacerlo constituiría en una violación del Convenio N°169 de la Organización Internacional del Trabajo. En ese sentido, a fin de determinar el momento en el que debería realizarse la consulta previa, se desarrollarán los aspectos jurídicos más relevantes de este derecho, así como de las concesiones mineras, con el objetivo de evaluar la incidencia cultural, social y sobre el medio ambiente que estas concesiones generan y/o podrían generar sobre los Pueblos Indígenas u Originarios. Dicho análisis nos permitirá concluir que la consulta previa debe realizarse antes del otorgamiento de las concesiones mineras; pues contal otorgamiento se derivan consecuencias que impactan directamente sobre los derechos colectivos de los pueblos antes referidos. Finalmente, como problemas complementarios, el presente Informe busca también determinar si el proceso de amparo constituye una vía para poder reclamar tutela respecto de la consulta previa y si correspondía que los jueces de la Corte Superior de Justicia de Puno emitan un pronunciamiento sobre el fondo de la controversia materia de análisis