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Ítem Texto completo enlazado Informe Jurídico sobre Resolución N° 953-2019-SUNARP-TR-L(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-08-10) Peralta Palacios, Ximena Olenka; Arata Solís, Rómulo MoisésEl presente informe jurídico tiene como objetivo analizar y cuestionar la Resolución N° 953-2019-SUNARP-TR-L, la cual versa sobre una resolución contractual en aplicación del artículo 1429 del Código Civil que pretende inscribirse en el Registro de Predios de Lima. El Tribunal Registral deniega la inscripción bajo el argumento principal de que la parte deudora de la relación jurídica contractual no ha tenido conocimiento de la carta notarial en tanto, no se entregó la misma de forma personal; es decir, en su mano. Al respecto, se considera que la exigencia este nuevo requisito incorporado por el Tribunal Registral no contemplado en la norma legal vulnera el principio de legalidad reconocido en el Código Civil y en el Título Preliminar del Reglamento General de los Registros Públicos. Por otro lado, se reconoce que el Tribunal Registral advirtió de forma adecuada la falta de determinación de la obligación incumplida en la carta notarial, debido a que ello es un requisito que se desprende del artículo 1429 del Código Civil. Finalmente, se recomienda la creación de un artículo en el Reglamento de Inscripciones del Registro de Predios que permita la anotación preventiva de la resolución por intimación de forma previa a su inscripción definitiva.