Derecho (Br.)
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Ítem Texto completo enlazado La diferencia entre el arrendamiento y el usufructo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019) Lázaro Carty, Juan JoséEste trabajo pretende, consciente de aquella preocupación, aportar un granito de arena a aquella tradicional distinción (y confusión) entre el Arrendamiento y el Usufructo, para lo cual, sin embargo, se adopta un espíritu crítico, de permanente evaluación de las categorías y conceptos jurídicos que determinan la diferencia a la luz de su utilidad práctica, lo que supone un análisis de sus consecuencias sociales. De lo expuesto se deduce que no pretendemos desarrollar una teoría del Arrendamiento y del Usufructo, si bien partimos de una exposición en lo posible rigurosa, de los conceptos dogmáticos que nutren el problema en sus aspectos esenciales. luego en base al dato histórico y social, descubrir el proceso de su nacimiento y desenvolvimiento hasta el actual nivel de generalización, para concluir con una determinación de las finalidades que las normas que lo rigen, pretenden lograr y si lo logran. Para ello, la tesis se divide en tres capítulos: El primero, nuestro marco teórico, pretende dotarnos del método y premisas que deberán reflejarse en el análisis. El segundo, busca analizar el problema central o clásico de la distinción, cual es el criterio de la tipología de los derechos o relaciones jurídicas. Finalmente, el capítulo tercero pretende evaluar si las variables normativas concretas de nuestro Código Civil, que regulan ambas instituciones, desarrollan la función económica que nuestra sociedad les exige, para concluir con una propuesta, muy personal por cierto, de innovación.Ítem Texto completo enlazado Un jurista del virreynato: Juan de Hevia Bolaños (su vida y sus obras)(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2019) Lohmann Villena, GuillermoHe escogido como tema del estudio que es obligación presentar para optar el grado académico de Bachiller, un punto que no puede menos que ser lisonjero a la Facultad de Derecho : el comentario al Único tratado de Derecho Procesal que se redactó en el Perú durante la dominación española, para sistematizar la legislación imperante. Me movieron a elegirlo muy considerables apreciaciones. No es aventurado afirmar que uno de los aspectos menos conocidos de la Historia del Derecho Peruano lo constituye el examen y recuerdo de los extraordinarios varones que marcaron rumbos definitivos dentro de la historiografía jurídica de la época en que exhibieron su ingenio y desenvolvieron sus actividades. Si lo que sabemos de los juristas de la época republicana es desconsoladoramente pequeño, habida consideración de sus respectivas valía, importancia y significación, remontándonos a la insuperada etapa de la dominación española, el caudal de datos que poseemos sobre sus congéneres, no pasa de ser un cúmulo de inexactitudes, de gruesas equivocaciones, de apasionadas interpretaciones y porqui no decirlo, de mixtificaciones sin cuento.Ítem Texto completo enlazado Consideraciones Jurídicas del Delito de Parricidio(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2018-07-20) Linares Talavera, Arturo P.; Arce Murúa, JuanQue, deseando optar el grado de Bachiller en Derecho presentamos a consideración del Jurado la tesis que hemos titulado “Consideraciones Jurídicas del Delito de Parricidio”. Hemos creido interesante, el enfocamiento e interpretación jurídica del estudio de esta delito,teniendo en cuenta su alcance y trascendencia que hacen que el tema en mención sea constantemente de actualidad y la falta de autores nacionales que hagan un estudio detallado y concienzudo de esta figura delictiva. Este delito encierra en si mismo, una serie de problemáticas que es preciso deslindarlas, ya que solamente de la lectura del dispositivo legal a que nuestro ordenamiento Penal hace referencia, es insuficiente para poder tener un conocimiento exacto de la materia. La confección estructural del presente trabajo, hemos creido pertinente dividirlo en cinco capítulos, cada cual encierra en su contenido cuestiones diferentes, que hacen de su lectura enfocamientos diversos sobre la contingencia de este delito. El primer capítulo, denominado Generalidades, contiene el análisis de las nociones generales del parricidio, donde realizamos un estudio del origen del término, la etimología, definición, clases y elementos que configuran el delito indispensable para tipificarlo como tal. El segundo capítulo titulado “Reseña Histórica del Parricidio, Sanciones o Penalidades”, se examina como se aplicaban o reprimían a los infractores de este delito, y esto en razón de que antiguamente en la mayoría de las legislaciones o costumbres de los pueblos incidían principalmente en la represión, que nos lleva al conocimiento de que existía una conciencia de respeto a la vida de los padres y que después se extendió a otros parientes. En el tercer capítulo, hacemos referencia a “Los antecedentes legislativos del Delito de parricidio en nuestra Legislación” donde se examina someramente como ha ido este delito evolucionando ne nuestra legislación, tomando como punto de partida el Código Penal de 1863 y pasando por algunos proyectos y ante-proyectos posteriores, hasta llegar a la noción que establece hoy en día, nuestro ordenamiento penal vigente. El cuarto capítulo, constituye la pieza vital de este trabajo, y lo hemos denominado “El Parricidio en nuestra Legislación Positiva”, en el cual se analiza,examina y estudia las disposiciones legales que tienen relación con este delito, tanto en el aspecto penal como en el civil; y por último el capítulo titulado “El Parricidio en la legislación Comparada”, donde se esboza la forma como se contempla este delito en algunas legis laciones contemporáneas. El interés que nos guía al realizar el estudio de este delicado problema, es únicamente contribuir en la medida de nuestras posibilidades al conocimiento del delito materia del presente trabajo para que sirva de ejemplo a futuras generaciones.Ítem Texto completo enlazado Diversos tipos de instrumentos legislativos con fuerza de ley(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2017-10-13) Campos Ramos, Milagros; Eguiguren Praeli, Francisco JoséLa Constitución de 1979 incorpora instrumentos legislativos con rango de ley como la delegación de facultades legislativas, las leyes orgánicas, medidas extraordinarias en materia económica y financiera. Su escasa regulación constitucional y la omisión del Congreso en precisar sus alcances ha generado controversias y debate a fin de establecer sus límites. Se ha roto el esquema tradicional en el que el Congreso era el único órgano encargado de legislar y del que emanan las normas con rango de ley. Hoy, el Poder Ejecutivo legisla normas con rango de ley. Resulta indispensable dentro del modelo constitucional que consagra el principio de separación de poderes, fundamental en un sistema democrático, que el Congreso realice un control eficaz sobre la actividad legislativa del Poder Ejecutivo. El reparto de competencias legislativas que realiza la Constitución entre los Gobiernos Regionales, Gobiernos Locales y el Gobierno Central no es claro. No hay un marco teórico sobre el cual puedan desarrollarse conjugando los principios de constitucionalidad y jerarquía, contenidos en diversas normas constitucionales con reglas derivadas de la distribución de competencias.Ítem Texto completo enlazado Crecimiento del ejecutivo durante el período 1919-1930(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2014-08-18) Placencia Rubiños, Liliana; Rubio Correa, MarcialLa inserción del Derecho en su contexto social constituye un enfoque novedoso porque, cambia la concepción del Derecho. - Hasta el siglo XIX se había manejado la idea que la esencia del Derecho reside en su construcción meramente formal. Actualmente asistimos a una nueva concepclón del derecho que - plantea la realidad como fuente de todo Derecho. El tratamiento de temas clásicos de Derecho se realiza en consideración de variables económicas, sociales y políticas. Sin embargo, no se puede perder de vista, el peso específico del Derecho. Al respecto dice el doctor Fernando de Trazegnies: "...La especificidad del derecho no se define por si misma, sino que consiste precisamente en la función especifica que le corresponde dentro de una estructura social determinada; no especificacidades en abstracto si no en el seno de la totalidad social y es sólo así que puede ser comprendida la verdadera naturaleza (función) del derecho"Ítem Texto completo enlazado Notas características de la sociedad anónima(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2013-02-08) Alayza Grundy, ErnestoEntre las múltiples formas de asociación en que vive el hombre para alcanzar sus diversos fines, hay todo un sector destinado a proveerlo de los medios económicos necesarios a su vida. Entre ellas, y con la denominación de sociedades, están las que realizan una finalidad lucrativa mediante el empleo de un fondo común formado por los socios. Son éstas una diferenciación de las asociaciones con fin económico, pero no una forma más perfecta necesariamente, ya que su bondad no depende de la complejidad de su estructura y elementos, sino de su eficiencia para alcanzar el fin requerido.Ítem Texto completo enlazado El fideicomiso : estudio de la institución y de la conveniencia de la elaboración de una ley general de fideicomisos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2012-10-22) Ruppert Yañez, EmilHace más de sesenta años se promulgo en Panamá la primera ley que introdujo en los sistemas jurídicos latinoamericanos una nueva institución, creada para llenar las funciones que en los países del common Law son desempeñadas por el trust.Ítem Texto completo enlazado La constitucionalización del derecho del trabajo en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2012-10-19) Chipoco Cáceda, Carlos JulioHemos denominado constitucionalización del derecho del trabajo al proceso por el cual se incorpora dentro del cuadro dogmático de nuestras Constituciones, las regulaciones de trabajo, es decir, las claúsulas constitucionales protectoras del trabajador y reguladoras de su vínculo con el empleador.Ítem Texto completo enlazado La protección jurisdiccional de los derechos humanos durante el régimen de excepción(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2012-05-03) Palacios Mc Bride, Rosa MaríaLa protección jurisdiccional de los derechos humanos durante el estado de excepción, no es, a pesar de que nuestra realidad podría indicar lo contrario, un tema desarrollado por la doctrina y jurisprudencia nacionales. La novedad viene de Argentina, donde tras un largo proceso de violaciones a los derechos humanos, el Poder Judicial decide verificar los criterios de razonabilidad y proporcionalidad de las medidas en relación a las acciones de garantía que se venían presentando.Ítem Texto completo enlazado El régimen de excepción en la Constitución peruana de 1979 y derechos humanos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2012-03-23) Coloma Marquina, José ManuelEn general, las Constituciones han definido la normatividad de los estados de excepción, en función de períodos en que la necesidad de proteger intereses supuestamente hace necesario suspender el imperio de cierteas garantias. En el caso del Perú es fiel reflejo de esta constatació por tratarse de un país cuya herencia constitucional es importada, con profundos desajustes entre los textos y la realidad. Ello ha ocasionado que dicha esencial parte de toda constitución esté en nuestro medio legislada superficial y a veces irresponsablemente. Al estar en juego los derechos básicos del individuo, se comprende el por qué de la necesecidad de regular minuciosamente la protección constitucional de los mismos.