Argumentación Jurídica
URI permanente para esta colecciónhttp://54.81.141.168/handle/123456789/171714
Explorar
4 resultados
Resultados de Búsqueda
Ítem Texto completo enlazado La incompletitud del sistema normativo y la decisión judicial en el sistema jurídico peruano(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-06-16) Urbina Quiñones, Milton César; León Untiveros, Miguel ÁngelA través de un estudio exploratorio basado en el método hipotético deductivo, el autor se propone determinar la justificación a la decisión judicial en los casos de lagunas normativas dentro del ordenamiento jurídico peruano. En ese camino explora aspectos sustanciales sobre la completitud del derecho, la distinción de lagunas normativas con otros fenómenos semejantes, el razonamiento analógico y otros métodos de integración para su solución; para, finalmente, plantear un esquema de corrección racional a la aplicación del razonamiento analógico según lo dispuesto en el ordenamiento jurídico peruano. En ese interín discute el planteamiento de Alchourrón y Bulygin respecto de la noción de laguna normativa y caso para el derecho, ampliando esta visión a un plano práctico que no se vea estrictamente forzado por las formas lógicas.Ítem Texto completo enlazado Una propuesta de argumentación jurídica en los casos difíciles sobre desalojo por ocupación precaria entre familiares a partir del reconocimiento de una laguna axiológica en el artículo 911 del Código Civil(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-14) Álvarez Díaz, José Gabriel; Ancí Paredes, Noemí CeciliaEl presente trabajo tiene como finalidad proponer un tipo de argumentación jurídica en los casos difíciles sobre desalojo por ocupación precaria entre familiares a partir del reconocimiento de una laguna axiológica en el artículo 911 del Código Civil, al no haber considerado la regla contenida en la disposición mencionada propiedades relevantes que deberían haberse tenido en cuenta para la solución del caso, de esa manera pretendemos que los jueces, de nuestro país, puedan resolver esta clase de procesos justificando de manera racional su decisión de apartarse de la regla para aplicar principios. Para lograr nuestro propósito nos ayudaremos de una resolución emitida por la Corte Suprema de Justicia de la República, la Casación N.° 4425-2015 – Lima Este (Corte Suprema, Casación N.° 4425-2015-Lima Este), sobre desalojo por ocupación precaria; trataremos entonces, a partir de dicha Casación, analizar y determinar el reconocimiento de una laguna axiológica en el artículo 911 del Código Civil y así explicar por qué en algunos casos difíciles sobre desalojo por ocupación precaria entre familiares estaría justificado, en determinados supuestos, apartarse de la regla para aplicar principios. Consideramos importante el presente trabajo porque sostenemos que en algunos casos difíciles sobre desalojo por ocupación precaria entre familiares existe una laguna axiológica en el artículo 911 del Código Civil y que dicha laguna se colmaría con la aplicación del principio de solidaridad familiar; principio que debe ser ponderado con el de seguridad jurídica que subyace a la regla.Ítem Texto completo enlazado La prohibición de reelección indefinida y su compatibilidad con el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos: una justificación desde la teoría de la interpretación de Ronald Dworkin(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-31) Chambi Cárdenas, Andrey Fernando; Sotomayor Trelles, José EnriqueEn el presente trabajo académico se defenderá la tesis que la prohibición de reelección indefinida es compatible con el artículo 23 de la Convención Americana de Derechos Humanos (en adelante CADH). Para dicho fin acudiremos a la teoría interpretativa de Ronald Dworkin En ese marco, Dworkin propuso que el intérprete de una práctica social debe pasar por tres etapas interpretativas con la finalidad de determinar cuál de todas las interpretaciones que se desprenden de la norma sería la mejor posible. Estas etapas son (i) Etapa preinterpretativa, (ii) Etapa interpretativa y (iii) Etapa postinterpretativa. Terminado con ello, se llegará a las siguientes conclusiones: en principio, el artículo 23 de la CADH no contiene causales taxativas, por tanto es posible que se puedan agregar otras siempre que se respeten los principios y valores de la Convención Americana. Segundo, cualquier limitación que se prenda agregar deberán responder los exigentes filtros establecidos en el caso Castañeda Gutman v. México. Finalmente, los Estados tienen un amplio abanico de posibilidades de regular de mejor manera su democracia, tal como se ha venido resolviendo en la reiterada jurisprudencia de la Corte IDH.Ítem Texto completo enlazado Argumento de derecho comparado en las decisiones del Tribunal Constitucional: autoridad de la doctrina y la jurisprudencia comparada en el razonamiento de las y los jueces constitucionales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-05-26) Apaza Jallo, Niels Jyeyson; Higa Silva, César AugustoEn tiempos de globalización circulan entre los países varios modelos o instituciones jurídicas, normas trasnacionales o prácticas jurisprudenciales que se insertan con mucha facilidad en los sistemas jurídicos nacionales; de modo que, no es raro que las altas cortes nacionales citen a autores como Alexy o Ferrajoli, o hagan referencia a jurisprudencia de otras latitudes, como los casos Marbury vs Madison o Rigg vs Palmer; es más, el empleo del derecho comparado (legislación, doctrina y jurisprudencia) es común en la formación de los estudiantes del Derecho. Esto quizás porque los alcances de una norma, institución, categoría o figura es limitado, por lo que los operadores jurídicos se vean en la necesidad de mirar o poner atención a la experiencia comparada para captar los cambios y las novedades que se están produciendo, y así esgrimir en sus decisiones un razonamiento respaldado, que posea garantía y sea legítimo. Por ello, el problema objeto de investigación versa en el uso del derecho comparado en las decisiones del Tribunal Constitucional; concretamente, se evalúa si el Ultimo Interprete de la Constitución emplea argumentos jurisprudenciales (decisiones de otras cortes) y teóricos (doctrina trasnacional) del derecho comparado, para interpretar, comprender o solucionar los problemas vinculados con los derechos fundamentales; y, establecer cuál es la fuerza o peso que tiene la argumentación del derecho comparado en el marco de solución de un caso concreto que involucre derechos fundamentales (nivel de vinculación). Algunos de los resultados obtenidos en la investigación son: (i) el Tribunal Constitucional emplea jurisprudencia comparada para solucionar un asunto problemático que envuelve a los derechos fundamentales; (ii) la doctrina o la teoría extranjera tiene un lugar importante en la justicia constitucional; (iii) la jurisprudencia y la doctrina son elementos empleados para interpretar, comprender y brindar una mejor solución a una problemática concreta; sin embargo, su uso es persuasivo (orientan o guían al Juez), ya que no influyen directamente en la solución del caso; y, (iv) el nivel o peso que tiene el argumento de derecho comparado en la solución de una controversia o la interpretación de una institución o norma es medio o bajo, pues su empleo responde a fines estrictamente ilustrativos.