Derecho Tributario
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Ítem Texto completo enlazado La provisión de capacidad satelital por operadores satelitales no domiciliados en el Perú: análisis tributario desde la perspectiva del Impuesto a la Renta.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-13) Avila Salgado, Gabriela Sabina; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEste trabajo se desarrolla con motivo del pronunciamiento de la Sentencia de Casación N°474-2016 Lima de la Corte Suprema donde se concluyó que la provisión de capacidad satelital realizada por operadores satelitales no domiciliados en el país, a favor de titulares de concesiones y/o autorizaciones de servicios de telecomunicaciones domiciliados en el Perú se encontraba gravada con el Impuesto a la Renta en el país, según el inciso b) del Artículo 9 de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo N° 054-2019-EF. Este pronunciamiento reviste de gran importancia en la actualidad ya que la correcta categorización e identificación de los criterios de conexión determinan la tributación o no de la capacidad satelital en el Perú respecto del Impuesto a la Renta. Para ello, en primer lugar, se desarrollan las distintas posiciones planteadas por la Administración Tributaria, el Tribunal Fiscal y la Corte Suprema, a fin de identificar los argumentos en cada instancia para sustentar la naturaleza y el tratamiento tributario aplicable a la capacidad satelital. Luego, se procede se realizar un estudio detallado de la naturaleza técnica y jurídica de la provisión de capacidad satelital, en base a las normas nacionales e internacionales del sector de telecomunicaciones. Y en base a las conclusiones arribadas, se realiza el análisis del tratamiento tributario aplicable de la provisión de capacidad satelital, lo cual me llevó a la conclusión de que dichos servicios no se encontraban gravados bajo la normativa del Impuesto a la Renta hasta la fecha y plantear una propuesta que permita su afectación en el país desde un “nuevo” concepto de fuente por “uso del mercado”.