Derecho Tributario
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Ítem Texto completo enlazado Análisis Jurídico a la Resolución del Tribunal Fiscal N° 08278-9-2018(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-06-28) Cueva Chil, Angel Rodrigo; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEl principal problema del caso resuelto mediante la Resolución del Tribunal Fiscal N° 08278-9-2018 está relacionado al reparo efectuado por SUNAT, correspondiente a la depreciación del impuesto a la renta del ejercicio 2009, de aquello activos fijos adquiridos mediante contratos de arrendamiento financiero (leasing). Dicho reparo es confirmado por el Tribunal Fiscal, debido a que el contribuyente (en adelante la Empresa) no pudo acreditar que puso en funcionamiento, tales activos, de manera posterior a la fecha de suscripción de los contratos correspondientes. En tal sentido, se debía de computar la depreciación exclusivamente durante la vigencia de los referidos contratos, por lo tanto, aquella depreciación acelerada cargada al costo de ventas no sería deducible para efectos del impuesto a la renta del ejercicio 2009. Ello en virtud del artículo 18° del Decreto Legislativo No. 2991 en concordancia con el inciso c) del artículo 22° del Reglamento de la Ley del Impuesto a la del Impuesto a la Renta2 . De la referida resolución se puede verificar como el Tribunal Fiscal avala la posición sustentada por el contribuyente, no obstante, resuelve de una manera diametralmente opuesta y declara infundado el recurso de reclamación. Por ello, el primer objetivo principal de este artículo es dilucidar la importancia a la debida motivación dentro de las resoluciones emitidas por el referido tribunal, y en virtud de los parámetros esbozados determinar si en este caso de vulnero o no este derecho. El segundo punto importante que se desarrollara, tomando como base la referida resolución, es la valoración de los medios probatorios aportados durante el procedimiento contencioso tributario. Se buscará comentar y sentar algunas directrices objetivas con la finalidad de efectuar una adecuada valoración de estos, tratando de reducir el ámbito discrecional de la administración.Ítem Texto completo enlazado La deducibilidad de los gastos vinculados al cumplimiento de las políticas de responsabilidad social empresarial(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-06) Arriaga Cáceres, Claudia Carolina; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEl presente trabajo permite analizar los fundamentos tributarios y constitucionales para la deducción de las erogaciones que efectúan las empresas como contribuyentes para ejecutar sus políticas de Responsabilidad Social Empresarial, en relación con directrices éticas y morales exigidos por la sociedad y que se promueve con mayor fuerza por la globalización. De igual modo, para determinar cómo es que las referidas erogaciones si cumplen con los alcances del principio de causalidad para así puedan ser reconocidas como gastos deducibles en razón del artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta. Todo ello, debido a que, en la actualidad, la Responsabilidad Social Empresarial se va consolidando como una herramienta de gestión necesaria para la optimización de la legitimidad social y la propia cohesión social de cualquier empresa que realiza actividades, con mayor importancia las empresas que realizan actividades empresariales en perjuicio del medio ambiente y/o de la salud de la sociedad en la que se desarrolla, y que gesta beneficios directos e indirectos para que lo acogen. Siendo ello así, a partir de una revisión y análisis de la legislación nacional en materia de impuestos, así como las tendencias jurisprudenciales y doctrinales al respecto, el presente trabajo evidencia que las erogaciones asumidas en razón de las políticas de Responsabilidad Social Empresarial sí cumplen con los requisitos previstos en la normativa tributaria peruana aplicable para efectos de la determinación del Impuesto a la Renta de tercera categoría.Ítem Texto completo enlazado Necesidad de una debida motivación de la resolución de determinación tributaria como acto resolutivo(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Aucca Huamani, Alis Jimena; Adriazola Burga, Stephanie AlexaLa resolución de determinación, por un lado, es el acto administrativo directamente vinculado a la obligación tributaria; por otro, dentro de ese contexto, es el acto declarativo efectuado por la Administración Tributaria en el ejercicio de sus facultades y/o función de fiscalización y de determinación, luego de la aplicación de un procedimiento tributario especial (procedimiento de fiscalización). Ahora bien, la resolución de determinación es un acto resolutivo, y como tal debe entenderse y aplicarse; no obstante, se verifica que el contenido del artículo 77 del Código Tributario es insuficiente para tal calidad. Así, pues, teniendo en cuenta que la resolución de determinación está dirigida al contribuyente (de todo tipo), y sabiendo que su contenido de por sí será técnico, debería tenerse regulado en los numerales 6 y 7 del artículo 77 del Código Tributario un texto mucho más claro y preciso que permita que dichas resoluciones sean entendidas justamente por cualquier contribuyente. En el presente artículo académico se desarrollará la naturaleza de acto administrativo del acto de determinación tributaria (resolución de determinación), así como su naturaleza resolutiva. Seguidamente, se desarrollará el contenido de la “debida motivación” como parte del Derecho al Debido Procedimiento y como elemento esencial del acto de determinación tributaria. Finalmente, a modo de conclusión y reflexión, se expondrá cómo la actual construcción del artículo 77 del Código Tributario, resulta poco clara, y no expresa el contenido adecuado de la “debida motivación”, de manera que, se pondría en estado de indefensión a los contribuyentes que no tienen la posibilidad de entender por su cuenta las observaciones de la Administración TributariaÍtem Texto completo enlazado La provisión de capacidad satelital por operadores satelitales no domiciliados en el Perú: análisis tributario desde la perspectiva del Impuesto a la Renta.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-13) Avila Salgado, Gabriela Sabina; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEste trabajo se desarrolla con motivo del pronunciamiento de la Sentencia de Casación N°474-2016 Lima de la Corte Suprema donde se concluyó que la provisión de capacidad satelital realizada por operadores satelitales no domiciliados en el país, a favor de titulares de concesiones y/o autorizaciones de servicios de telecomunicaciones domiciliados en el Perú se encontraba gravada con el Impuesto a la Renta en el país, según el inciso b) del Artículo 9 de la Ley del Impuesto a la Renta aprobado por Decreto Supremo N° 054-2019-EF. Este pronunciamiento reviste de gran importancia en la actualidad ya que la correcta categorización e identificación de los criterios de conexión determinan la tributación o no de la capacidad satelital en el Perú respecto del Impuesto a la Renta. Para ello, en primer lugar, se desarrollan las distintas posiciones planteadas por la Administración Tributaria, el Tribunal Fiscal y la Corte Suprema, a fin de identificar los argumentos en cada instancia para sustentar la naturaleza y el tratamiento tributario aplicable a la capacidad satelital. Luego, se procede se realizar un estudio detallado de la naturaleza técnica y jurídica de la provisión de capacidad satelital, en base a las normas nacionales e internacionales del sector de telecomunicaciones. Y en base a las conclusiones arribadas, se realiza el análisis del tratamiento tributario aplicable de la provisión de capacidad satelital, lo cual me llevó a la conclusión de que dichos servicios no se encontraban gravados bajo la normativa del Impuesto a la Renta hasta la fecha y plantear una propuesta que permita su afectación en el país desde un “nuevo” concepto de fuente por “uso del mercado”.Ítem Texto completo enlazado ¿Los regímenes de donaciones peruanos son atractivos para el donante desde el punto de vista tributario?(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-05-06) Benites Ventura, Marcia Alejandra; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEl principal objetivo del presente trabajo radica en investigar los diferentes regímenes de donaciones establecidos en el Perú y analizar si es que estos pueden resultar siendo una motivación o incentivo para realizar más donaciones o si, por el contrario, tiene una influencia negativa en la toma de decisiones de posibles donadores. Así, en primer lugar, se desarrollan los puntos de índole constitucional y tributario ligados al rol del Estado, y se concluye que, dentro de sus labores, el Estado tiene el deber de garantizar servicios y bienes a los ciudadanos con el fin de cubrir las necesidades básicas y de índole público, tales como la salud, infraestructura, educación, entre otros. En esa línea, una las maneras que tiene el Estado de cumplir con dichos objetivos es el de promover, de alguna manera, la asistencia o ayuda privada a los sectores menos favorecidos. Es así, que se piensa en los beneficios tributarios como una de las herramientas utilizadas por el Estado para dicha promoción, en tanto apoyará a conseguir los objetivos orientados a mejorar la calidad de vida de ciudadanos que más lo necesitan. En segundo lugar, se explicó el funcionamiento de los regímenes de donaciones existentes en la legislación nacional: régimen general, régimen de donación de alimentos y régimen de donaciones de estado de emergencia; y de una comparación entre las mismas, se evidenció que no existe gran diferencia entre ellas, por lo que se concluye que podrían modificarse los regímenes de tal manera de exista mayor ventaja fiscal, por ejemplo, en el caso del régimen de donaciones en estado de emergencia, y de esta manera pueda motivarse en mayor escala a realizarla. En tercer lugar, se explican los resultados de la encuesta que se realizó con motivos de esta investigación, entre los que se encuentran tres ideas principales: un bajo porcentaje de empresas realizan donaciones a terceros; además, solo un pequeño porcentaje de gerentes generales conocen los beneficios tributarios que se ofrecen con motivo de efectuar donaciones a terceros; y, existe mayor interés en realizar donaciones que las que ya se realizan, y se confirma que, un mejor régimen de donaciones motivaría a que se concreten. Por último, se investigó los regímenes de donaciones de dos países: España y Chile, y se encontraron similitudes y diferencias con el régimen peruano, las mismas que podrían ayudar a incentivar una mejora de los regímenes de donaciones nacionales actuales.Ítem Texto completo enlazado Secreto bancario y reserva tributaria: un enfoque constitucional en el marco del combate contra la evasión y elusión tributarias(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-23) Arrivasplata Nuñez, Giancarlo; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEn el año 2021 se completó el círculo legal e institucional que habilitaría a la SUNAT a conocer información de carácter financiero de los clientes de entidades del sistema financiero del Perú. Estas nuevas facultades que posee la SUNAT nacen con el objetivo de combatir la elusión y evasión tributarias; sin embargo, al representar una flexibilización del derecho al secreto bancario resulta pertinente analizar si las mismas se ejercen respetando el Estado Constitucional de Derecho. Será labor del presente trabajo académico contextualizar las nuevas facultades que posee la SUNAT para acceder a información de carácter financiero a través de un análisis de las normas que les dieron origen. Asimismo, abordaremos los fundamentos de política internacional que motivaron estas nuevas facultades. Sumando a ello, realizaremos un estudio comparativo de cómo funciona el secreto bancario en diversos países del mundo. Finalmente, analizaremos, desde una perspectiva constitucional, si las nuevas facultades que posee la SUNAT para el combate de la elusión y evasión tributarias representan una vulneración al derecho al secreto bancario en el Perú, y la importancia de la reserva tributaria para que ello no sucedaÍtem Texto completo enlazado La simulación en el Derecho Tributario y su aplicación en torno a la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-05-19) Quintana Peralta, Enzo Fabrizzio; Adriazola Burga, Stephanie AlexaLa reciente incorporación y cabal entrada en vigencia en el ordenamiento jurídico peruano de la Cláusula Antielusiva General (CAG) contenida en la Norma XVI del Título Preliminar del Código Tributario sigue presentando retos para los diferentes operadores del Derecho, entre los cuales observamos la ausencia de definición del concepto de simulación para efectos de la aplicación del sexto párrafo de la referida norma. El presente trabajo tiene como propósito esbozar una definición del concepto de simulación en el Derecho Tributario a partir del elemento esencial en la institución jurídica construida por el Derecho Privado: la divergencia entre la voluntad declarada y la voluntad negocial; la cual se verifica a partir de la incongruencia en alguno de los elementos del negocio jurídico (sujeto, objeto o causa). Finalmente, se analizan algunos pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia sobre el particular.Ítem Texto completo enlazado Tratamiento tributario de los Contratos de Asociación en Participación(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-19) Gazaniga Espinal, Greecia Angélica; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEn el presente trabajo se efectúa un análisis sobre el tratamiento tributario aplicable a los contratos de asociación en participación, considerando la reciente publicación del Decreto Legislativo N°1541 que entrará en vigencia a partir del 01 de enero de 2023. Así, se emitirá opinión y analizará sobre la naturaleza de las rentas obtenidas por sus asociados y de las contribuciones que estos realicen; así como también, se analizará el tratamiento aplicable con anterioridad a la entrada en vigencia del referido Decreto. Al respecto, se realizará un repaso sobre los cambios normativos en materia tributaria que se han efectuado con relación a este tipo de contratos, así como también, los pronunciamientos emitidos por el Tribunal Fiscal y la Administración Tributaria sobre el tratamiento tributario aplicable. Finalmente, se hace énfasis en la acertada decisión de legislador de establecer normas de aplicación para los contratos de asociación en participación ante la incertidumbre que existía en materia tributaria en torno a la mencionada figura, sin perder de vista que, de la aplicación de dicha normativa podrían crearse escenarios o aspectos que aún queden pendientes de regulación .Ítem Texto completo enlazado La tributación de la economía digital en el Perú(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-02) Mendoza Delgado, María del Carmen; Adriazola Burga, Stephanie AlexaEn la actualidad, los nuevos modelos de negocios basados en la tecnología digital han puesto en evidencia una necesidad de repensar el orden fiscal interno e internacional, con el fin de poder gravar esta fuente de riqueza. La economía digital ha resaltado el problema vinculado al desvío de las utilidades hacia jurisdicciones de baja tributación o de nula tributación, derivado de la facilidad que tienen estos nuevos modelos de negocio para escoger cualquier jurisdicción como país de residencia y centro de operaciones, puesto que no requieren necesariamente de una presencia física en determinado territorio. Es por este motivo que, actualmente se discute si los criterios de sujeción tradicionales —fuente y residencia— son suficientes o si es necesario discutir un nuevo nexo para la economía digital. En el presente trabajo de investigación, se analiza el contexto actual de la tributación de los nuevos modelos de negocio en el marco de la economía digital no domiciliadas. Con un acercamiento histórico de qué se debe entender por economía digital y los desafíos para la tributación derivados de esta. Se aborda, a su vez, las propuestas y los esquemas desarrollados por la OCDE en el Informe Final de la Acción 1 “Addressing the Tax Challenges of the Digital Economy” -publicado en el marco del Plan BEPS- para resolver esta problemática. Finalmente, se analiza qué alternativa podría plantar Perú para replicar dichas propuestas, ya que a la fecha existe una ausencia de un marco legal que habilite la imposición directa a las ganancias de dichas rentas