Derecho de la Empresa
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Item Metadata only Análisis de la sociedad por acciones cerrada simplificada como mecanismo de formalización empresarial y la conveniencia de la modificación del decreto legislativo N°1409(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-09) Lazo Gonzales, Katherine; Montoya Alberti, HernandoLa Sociedad por Acciones Cerrada Simplificada es la más reciente forma societaria incorporada en el derecho peruano, surge como una simplificación de la Sociedad Anónima Cerrada, que tiene como finalidad ser un instrumento para la formalización y desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas, al contar con menores requisitos, plazos y costos. Está basada en la tendencia de la simplificación societaria que ha demostrado tener gran aceptación en el derecho comparado; sin embargo, el Perú ha excluido características estructurales que limitarían el cumplimiento de su finalidad, que reducen los beneficios dirigidos a los micro, pequeños y medianos empresarios que buscan acceder a la formalidad. Determinaremos si es conveniente la modificación de la norma que la regula para que alcance su finalidad como mecanismo de formalización empresarial.Item Metadata only Cobertura de seguros a vehículos sin SOAT ¿Es jurídicamente válido? A propósito de las resoluciones del INDECOPI y la Corte Suprema(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-01-11) Mariaca Choque, William; Montoya Alberti, HernandoEl 08 de octubre de 1999 se creó el SOAT bajo la Ley 27181, esta norma establece la obligatoriedad de contratar el SOAT para todo vehículo automotor que circule en el Perú, sin embargo, a la fecha el 40% del parque automotor no cuenta con el SOAT. Ante este incumplimiento, los beneficiarios de las víctimas de accidentes de tránsito ocupantes de unidades sin SOAT, han planteado denuncias en INDECOPI contra las aseguradoras con el propósito de recibir cobertura por la ocurrencia de estos accidentes de tránsito. El INDECOPI ha resuelto que la aseguradora de la unidad vehicular con SOAT debe cubrir a los ocupantes de la unidad sin SOAT. El Poder Judicial en primera y segunda instancia han mostrado una postura contraria a la del INDECOPI, señalando que no puede obligarse a las aseguradoras a otorgar cobertura al no existir obligación expresa en la norma. La Corte Suprema, ha adoptado la misma postura del INDECOPI. Por su parte, el SOAT tiene como base de funcionamiento los principios de los seguros como la mutualidad, solidaridad, prima, riesgo, elementos que, establecen que, resulta imprescindible que los asegurados hayan aportado su prima para gozar de la cobertura que previamente debió ser delimitada y acordada. El derecho constitucional, el derecho de seguros, y de las obligaciones como marco general permiten dilucidar la problemática existente. Las decisiones del INDECOPI y del Corte Suprema, han buscado dar solución a esta problemática, sin embargo, no han sido eficaces ni efectivas. Existen diversas alternativas como el fondo de compensación y en la Ley de emergencias que permiten proteger a las víctimas en caso de accidentes de tránsito de unidades sin SOAT sin obligar a las aseguradoras a cubrir a vehículos que no aseguraron.Item Metadata only La contradicción entre la norma societaria y contable con respecto al aumento de capital en la revaluación de activos fijos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-11-30) Soto Holgado, Angela Jeanette; Montoya Alberti, HernandoEl presente trabajo de investigación parte del tratamiento legal que se le da al aumento del capital por la modalidad capitalización del excedente de revaluación, frente al tratamiento contable que se le da a esta misma figura, el objetivo de este trabajo es poder determinar las contradicciones que existen entre estas dos nomas al momento de capitalizar las revaluaciones de los activos fijos, las distancias que guardan entre si y que hasta la fecha no se han podido saldar, así mismo analizaremos las el contenido de las normas societarias la modalidades de aumento de capital, sus efectos de igual forma las normas contables para posteriormente ejemplificar de manera didáctica y real la aplicación práctica que le dan las sociedades mercantiles a la capitalización por revaluación de los activos fijo, demostrando en qué puntos se están dando las contracciones de las cuales estamos haciendo referencia, también veremos como otros países realizan el tratamiento correspondiente sobre este tema para que finalmente poder tener un criterio que están contenidos en las conclusiones las cuales darán una ´posible solución a dicho conflictoItem Metadata only Evaluación de la extinción de la propiedad en la actual legislación de expropiaciones y su adecuación al marco constitucional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-04-29) Alarcón Canchari, Alan Carlos; Montoya Alberti, HernandoEsta investigación académica tiene como propósito efectuar una evaluación, desde una perspectiva constitucional, a la ejecución de las expropiaciones en la actual legislación peruana, teniendo como parámetro el nivel de protección que se concede al derecho de propiedad. Para este propósito, en el primer capítulo denominado Propiedad y Expropiación en el Perú, se efectúa una revisión conceptual del derecho de propiedad en la Constitución Política, así como un análisis de la legislación de la expropiación hasta antes del actual marco normativo vigente consistente en el TUO del Decreto Legislativo N° 1192. Además, se ha revisado cómo se afecta el derecho de propiedad con la normativa de expropiaciones y se culmina con una evaluación crítica. En el segundo capítulo, titulado Expropiación Jurisdiccional y Expropiación Administrativa, se ha efectuado una comparación entre ambos modelos de expropiación, siendo que el primero supone una traslación de propiedad por mandato de una autoridad jurisdiccional, sea un juez o árbitro, mientras que el segundo conlleva a una afectación de la propiedad de manera directa por parte de la Administración Pública. Asimismo, se han considerado los eventuales riesgos económicos, operacionales y hasta contractuales a los que se encuentra sometido el sujeto pasivo en una expropiación. Seguidamente, en el tercer capítulo de este trabajo de investigación, al que se ha denominado Análisis Constitucional de la Transferencia de Propiedad en la Expropiación, se ha efectuado una revisión del tema en evaluación desde la perspectiva de la Constitución Económica. En este capítulo, la aplicación del test de proporcionalidad a determinados artículos de la normativa de expropiaciones es un punto medular en esta investigación, concluyéndose con una propuesta de necesaria adecuación normativa de la legislación al marco constitucional, así como a los criterios que emanan de las sentencias del Tribunal Constitucional, que resguardan el derecho de propiedad.Item Metadata only La sociedad unipersonal, conveniencia de su regulación(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-07-24) Díaz Marchand, Doly Geraldine; Montoya Alberti, HernandoEl presente trabajo de investigación desarrolla la hipótesis de la conveniencia de la regulación permisiva de la sociedad unipersonal en el Perú, argumentando su utilidad para aquellas personas individuales que no quieren ni tienen la necesidad de asociarse con otra persona (natural o jurídica) a fin de gozar de la organización corporativa y financiera que ostenta la sociedad comercial; asimismo, su importancia en la solución del supuesto de disolución como consecuencia de la perdida de pluralidad de socios (caso de sociedad unipersonal sobrevenida) contemplada en nuestra vigente Ley General de Sociedades. La regulación de la sociedad unipersonal no presenta obstáculos, más aun cuando la exigencia de la pluralidad de socios admite excepciones, a entender: no se exige pluralidad cuando el único socio es el Estado, en el caso de sociedades con propósitos especiales o en el caso de subsidiarias de las empresas de los sistemas financiero y de seguros. Asimismo, nuestra actual normatividad permite la figura de sociedad unipersonal sobrevenida de forma temporal. Si bien la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada - E.I.R.L. es una opción a adoptar por parte del empresario individual, a la fecha ha perdido protagonismo ya que se encuentra desfasada en su regulación, lo que ha originado mayor presencia de las denominadas "sociedades de favor", aquellas que formalmente cumplen con la pluralidad de socios, sin embargo, en la realidad, el affectio societatis le corresponde a un solo socio. En ese sentido, y respondiendo a las necesidades actuales del socio individual, es que esta investigación ha concluido que es conveniente regular permisivamente a la sociedad unipersonal, entendida como aquella que ha sido constituida por un solo socio, ya sea persona natural o jurídica, o que aun siendo constituida por una pluralidad de socios, ha perdido tal condición, quedando la totalidad de las acciones en manos de un socio único.Item Metadata only El derecho del accionista minoritario de recibir dividendos en prelación a la capitalización del total de utilidades por interés social.(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-01-27) Huichi Aiqui, Carlos Francisco; Montoya Alberti, HernandoEl destino de las ganancias en una empresa puede generar distintos problemas y enfrentamientos entre los accionistas, quienes son los llamados a decidir sobre las utilidades; este conflicto tiene como origen intereses que se contraponen, uno de estos puede ser el buscar que la sociedad mejore su posición económica mediante la capitalización del total de sus utilidades frente al derecho de los accionistas, generalmente minoritarios, en recibir los dividendos. De este modo, resulta atractivo para la sociedad poder reinvertir sus utilidades, dado que no requerirá otro tipo de financiamiento, pero esto representa dejar sin ganancias a los socios. Así, surge justificar la reinversión por un interés social, el cual consideramos debe ser visto como el objeto por el cual se constituye una empresa, que es el fin lucrativo. En ese sentido, el presente trabajo de investigación procura establecer que se debe priorizar el derecho del socio minoritario a percibir dividendos frente a una capitalización del total de utilidades, lo cual no representa un limite o una acción en contra de los planes de negocios o crecimiento de la compañía, sino un acceso efectivo a las ganancias generadas por ésta, como una retribución al capital invertido y compensación por el riesgo asumido. De esta forma, para evitar los posibles conflictos, se podría buscar que exista un mecanismo mixto para poder satisfacer ambas necesidades, lo mencionado mediante una política de dividendos basada en principios de buen gobierno corporativo, y a su vez en respeto del ordenamiento jurídico actual, el cual en la Ley General de Sociedades prevé la existencia del Dividendo Obligatorio, representando para nuestro caso un aspecto relevante que ayuda a garantizar este derecho patrimonial del accionista.