Derecho Bancario y Financiero

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    Aplicación del Soft Law en la implementación del Sistema de Gestión de Compliance de una entidad bancaria
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-10-31) Rodríguez Luján, Alejandra Arlet; Rivera Salazar, Carlos Alberto
    En nuestro contexto regulatorio si bien el término compliance es relativamente reciente, algunas normas vigentes lo han incorporado implícitamente; debido a que, las tendencias legislativas del sector financiero internacional se orientan a implementar estándares internacionales de buenas prácticas en el desarrollo de la actividad financiera. No obstante, la implementación de un Sistema de Gestión de Compliance (SGC) efectivo en el sector financiero no solo debe incorporar la normativa vigente; sino que, también deben aplicarse normas de soft law como ISO 31 000 Gestión de Riesgos, ISO 37 001 Sistemas de Gestión Antisoborno e ISO 37301 Sistemas de Gestión del Compliance, debido a que el sistema financiero peruano actualmente trasciende los límites fronterizos. La relevancia de la propuesta radica en que el implementar un SGC en una entidad del sistema financiero peruano contribuye a incrementar su valor, al mismo tiempo que busca mitigar el impacto económico y reputacional que producen los riesgos de incumplimiento, tales como pérdidas financieras derivadas de fraudes internos, incremento de egresos producto de la imposición de sanciones, pérdidas económicas por la disminución del valor de cotización e incluso una salida forzada del mercado. Por lo antes expuesto, el presente trabajo contrastó los componentes que la vigente regulación y las normas de soft law proponen para implementar SGC, y los aplicó a un caso concreto de análisis: la crisis financiera del banco Credit Suisse. Finalmente, se formuló una propuesta de componentes mínimos necesarios para implementar un SGC efectivo en una entidad bancaria del sistema financiero en el Perú.
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    La responsabilidad civil de las entidades del sistema financiero en accidentes de tránsito ocasionados por vehículos sujetos a arrendamiento financiero
    (Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-03-02) Contreras Rodriguez, Mariella De Los Angeles; Peschiera Mifflin, Diego Jesus
    La presenta investigación tiene como propósito determinar si las entidades del sistema financiero están en la capacidad de asumir los riesgos que se derivan de accidentes de tránsito ocasionados por vehículos dados en arrendamiento financiero, puesto que debido a su calidad de propietarios del bien arrendado vienen siendo responsabilizados civilmente por las faltas de los arrendatarios. Esta investigación se desarrolla siguiendo el enfoque metodológico de tipo jurisprudencial y comparativo. Para estos efectos, revisamos diversos pronunciamientos emitidos en sede casatoria en los que se ha puesto en discusión este tema, los cuales ponen en evidencia la falta de predictibilidad al momento de resolver este tipo de casos, además del desconocimiento de la naturaleza mercantil de los contratos de arrendamiento financiero. Ahondado a ello, realizamos un análisis comparativo de un grupo de legislaciones a nivel latinoamericano y europeo, las mismas que han optado por reconocer la naturaleza especial del contrato de arrendamiento financiero en la normativa de accidentes de tránsito. De ahí que, podamos concluir que las entidades del sistema financiero no deben asumir los costos de los accidentes de tránsito ocasionados por los vehículos dados en arrendamiento financiero, siendo necesaria la modificación del artículo 29 de la Ley General de Tránsito, a fin de excluir de su ámbito de aplicación a las entidades del sistema financiero y adecuar su regulación a lo dispuesto en el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 299. De esta forma, podremos evitar el encarecimiento del producto, lo cual permitirá que más personas puedan acceder al mismo