Derecho Bancario y Financiero
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Ítem Texto completo enlazado Aplicación del Soft Law en la implementación del Sistema de Gestión de Compliance de una entidad bancaria(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-10-31) Rodríguez Luján, Alejandra Arlet; Rivera Salazar, Carlos AlbertoEn nuestro contexto regulatorio si bien el término compliance es relativamente reciente, algunas normas vigentes lo han incorporado implícitamente; debido a que, las tendencias legislativas del sector financiero internacional se orientan a implementar estándares internacionales de buenas prácticas en el desarrollo de la actividad financiera. No obstante, la implementación de un Sistema de Gestión de Compliance (SGC) efectivo en el sector financiero no solo debe incorporar la normativa vigente; sino que, también deben aplicarse normas de soft law como ISO 31 000 Gestión de Riesgos, ISO 37 001 Sistemas de Gestión Antisoborno e ISO 37301 Sistemas de Gestión del Compliance, debido a que el sistema financiero peruano actualmente trasciende los límites fronterizos. La relevancia de la propuesta radica en que el implementar un SGC en una entidad del sistema financiero peruano contribuye a incrementar su valor, al mismo tiempo que busca mitigar el impacto económico y reputacional que producen los riesgos de incumplimiento, tales como pérdidas financieras derivadas de fraudes internos, incremento de egresos producto de la imposición de sanciones, pérdidas económicas por la disminución del valor de cotización e incluso una salida forzada del mercado. Por lo antes expuesto, el presente trabajo contrastó los componentes que la vigente regulación y las normas de soft law proponen para implementar SGC, y los aplicó a un caso concreto de análisis: la crisis financiera del banco Credit Suisse. Finalmente, se formuló una propuesta de componentes mínimos necesarios para implementar un SGC efectivo en una entidad bancaria del sistema financiero en el Perú.Ítem Texto completo enlazado El Título de Crédito Hipotecario Negociable como instrumento de deuda y su incidencia en el Mercado de Valores(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2023-04-20) Huerta Flores, Carolina Alexandra; Gutiérrez Ochoa, Omar DaríoEl acceso al crédito es en definitiva uno de los más grandes obstáculos que podrían enfrentar las MIPYMES o emprendedores en general cuando quieren acceder a un financiamiento para crecer o iniciar un negocio. En ese contexto, aparece el Título de Crédito Hipotecario Negociable, también llamado “TCHN”, como una alternativa adicional de financiamiento en el Mercado de Valores. Este instrumento de deuda tiene aproximadamente más de 25 años en el mercado y nace como una innovación peruana; sin embargo, se han identificado algunas trabas y/o fallas, a las cuales se pretende dar solución en el presente trabajo de investigación, pero siempre enfocándose en una metodología de aplicación de Análisis de Impacto Regulatorio, ya que servirá para identificar las trabas o fallas en torno al instrumento, así como para también poder evaluar las posibles consecuencias que se podrían generar por las soluciones planteadas. En ese sentido, se propone que, solucionando las trabas o fallas identificadas, el TCHN podría competir sin ningún problema con otros instrumentos, y así iniciar un mayor dinamismo de financiamiento para las MIPYMES, pero en el Mercado de Valores.Ítem Texto completo enlazado Reformas pendientes en el marco legal de COFIDE para que realice su función como banco de desarrollo bajo el análisis de su función institucional(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-04-19) Pineda Henostroza, Jorge Luis; Moreno Sánchez, María del Rosario SoledadLa política legislativa aplicada sobre COFIDE, empresa pública de derecho privado bajo el ámbito de FONAFE y dedicada a la intermediación financiera, genera una doble naturaleza sobre esta entidad como banco de segundo piso y como banco de desarrollo. Esto no resulta conveniente para el desarrollo de sus actividades de financiamiento de proyectos de inversión productiva e infraestructura pública y privada en el Perú. Actuar permanentemente como banco de segundo piso resulta una limitación que, conjuntamente a la necesidad de actuar con otro intermediario financiero quien debe asumir una exposición significativa del 50% o 75% del monto a financiar, genera problemas relevantes para que COFIDE cumpla con el rol para el que fue creado: intermediación financiera para contribuir con el desarrollo integral del país. Ante ello, a partir de un análisis de su función institucional y del desarrollo de su marco normativo en el contexto histórico que se genera, se establece que este marco resulta deficiente y genera una distorsión en la función institucional de COFIDE, pues las limitaciones normativas a sus actividades son respuestas políticas que tienen una motivación en eventos históricos extrínsecos, como el cambio del modelo de intervención estatal en la economía acontecido en la década de 1990, o intrínsecos, como una deficiente gestión de COFIDE. Por lo tanto, el propósito de la investigación es proponer un cambio normativo a las limitaciones antes señaladas porque estas fueron establecidas para limitar el potencial riesgo de control político que recae sobre la gestión de COFIDE o limitar una deficiente gestión administrativa que afecte los recursos públicos que se reflejan en su patrimonio, pero resultan medidas que vulneran la finalidad institucional de COFIDE y que no logran mitigar adecuadamente el riesgo que buscan controlarse con las limitaciones. Así, en los casos de intermediación financiera para el financiamiento de proyectos de inversión productiva e infraestructura pública y privada, estas medidas generan perjuicios como una asignación ineficiente de recursos o la inexistencia de financiamiento cuando no exista suficiente oferta privada en proyectos que pueden resultar de alto interés social, pero con poca rentabilidad económica. Para ello es pertinente analizar la evolución normativa e histórica de COFIDE, su rol en el sistema financiero peruano y su naturaleza de empresa pública de derecho privado para proponer un nuevo enfoque normativo a sus actividades de financiamiento de inversión productiva e infraestructura.Ítem Texto completo enlazado Riesgo legal en la aplicación regulatoria actual de la carta fianza(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2021-11-10) Campos Aragón, Mayra Alejandra; Pineda Galarza, John RichardLa carta fianza nace ante la necesidad de reducir el riesgo en la contratación - tanto en el ámbito privado como en el público - y a fin de viabilizar estructuras y transacciones complejas, brindando mayor seguridad al acreedor de poder recuperar el dinero otorgado a su deudor, al eliminarse la accesoriedad de la fianza tradicional del Código Civil y brindándole el carácter de autónoma a la obligación asumida por el emisor de la carta fianza, consistente en pagar una determinada suma de dinero en un plazo determinado bajo las condiciones pactadas en la misma. Sin embargo, si bien la circular del regulador bancario destaca determinadas características de la carta fianza como una garantía a primer requerimiento, complementa su naturaleza jurídica y tratamiento con las normas del contrato de fianza del Código Civil. Para ello, se hace una explicación respecto al marco regulatorio y teórico de la carta fianza, y se contrasta con la aplicable al contrato de fianza a fin de sustentar la incompatibilidad jurídica existente entre ambas. A consecuencia de la mezcla conceptual, el objetivo del presente trabajo de investigación es identificar los distintos riesgos legales a los cuales se encuentran expuestas las entidades del sistema financiero (en su calidad de emisores), al no haber un consenso a nivel jurisprudencial respecto a qué normas son las que finalmente deben aplicarse. Como consecuencia de ello, se propone desvincular la carta fianza de las normas de carácter civil del contrato de fianza y se plantea una propuesta de aprobación de un dispositivo legal a nivel regulatorio por parte del regulador bancario que defina la naturaleza jurídica de la carta fianza, desvinculándola de las normas de orden civil del contrato de fianza y poder suprimir – de esta forma - los riesgos legales.