Explorando por Autor "Rodríguez Uriol, Darío Andrés"
Mostrando 1 - 1 de 1
- Resultados por página
- Opciones de ordenación
Ítem Texto completo enlazado Informe sobre el expediente de relevancia jurídica n° 19723- 1998, demanda de indemnización por daños y perjuicios, seguida por NORSAC S.A. contra el BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ - INTERBANK(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-09-28) Rodríguez Uriol, Darío Andrés; Castillo Freyre, Mario Eduardo Juan MartínEl objetivo del presente Informe es analizar y formular una respuesta a los principales problemas jurídicos discutidos en el proceso de indemnización por daños y perjuicios, seguido entre NORSAC S.A. contra el BANCO INTERNACIONAL DEL PERÚ – INTERBANK. Concretamente, se analizan los siguientes aspectos: i) la interpretación del concepto de “notoriedad en la falsificación de firmas” previsto en el artículo 172 de la Ley N° 16587, antigua Ley de Títulos Valores; ii) el tipo de responsabilidad civil que recae sobre los bancos cuando pagan cheques con firmas notoriamente falsificadas; iii) la procedencia o improcedencia de la indemnización por lucro cesante solicitada por NORSAC S.A.; iv) el tipo de moneda en que debe ser pagada la indemnización y si corresponde o no la actualización del monto indemnizatorio hasta la fecha efectiva del pago; y v) la procedencia o improcedencia de la denuncia civil formulada por INTERBANK contra quienes se beneficiaron con el cobro de los cheques con firmas falsificadas. Las áreas del Derecho involucradas en el presente proceso son Derecho Civil, Derecho Mercantil y Derecho Procesal Civil. El método de análisis empleado consiste, en primer lugar, en la evaluación de los argumentos esbozados por cada parte con respecto a cada punto controvertido y, posteriormente, a través de un estudio normativo, doctrinario y jurisprudencial de los distintos conceptos jurídicos involucrados en el proceso, se brinda una respuesta acerca de cada uno de los puntos controvertidos. La conclusión principal del trabajo de investigación es que algunas de las instituciones jurídicas fueron analizadas correctamente por los órganos judiciales que conocieron el proceso; sin embargo, otras instituciones jurídicas no lo fueron.