Explorando por Autor "Marroquín Minaya, César Alecksei"
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Ítem Texto completo enlazado Dilación innecesaria que genera la remisión inmediata del recurso de casación a la Corte Suprema a partir de la modificatoria de la Ley 29364(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2020-09-01) Marroquín Minaya, César Alecksei; Delgado Suarez, Christian AlexLa presente investigación tiene como finalidad demostrar que a partir de la promulgación de la Ley N° 29364 mediante la cual se modifica el trámite de la calificación del recurso de casación, se ha postergado significativamente la ejecución de las sentencias o autos finales en los procesos civiles, litigios que por su naturaleza son conocidos en segunda instancia por las Salas Civiles de las Cortes Superiores de Justicia. En esta investigación se realizará un análisis sobre el recurso de casación, sus antecedentes históricos, su regulación actual en el Perú, así como un estudio comparado de las diferencias con el ordenamiento jurídico de España para plantear alternativas de solución que permitan facilitar el trámite del recurso de casación mediante la propuesta que sean las salas superiores quienes califiquen los requisitos de admisibilidad del recurso. Se plantea que la Corte Suprema conozca casos en los cuales se hayan calificado previamente requisitos de admisibilidad los cuales no revisten mayor complejidad y tenga la vocación de ser una corte vértice dispuesta a cumplir finalidades históricas como la unificación de la jurisprudencia y la debida aplicación normativa. Se advertirá cómo es que se viene pervirtiendo el uso de este recurso, así como el tiempo que toma la calificación de un recurso improcedente al momento de que la Corte Suprema lo evalúe. El recurso de casación ha perdido su carácter de extraordinario, debido a que en el día a día se viene interponiendo como si se tratara de una tercera instancia en la búsqueda de dilatar la ejecución de una sentencia o auto final, además se podrá verificar que la Ley N° 29364 permite que el recurso sea interpuesto en contra de resoluciones que no pueden ser impugnadas en esta vía, sin embargo, con la regulación actual, la Corte Suprema se encuentra obligada a conocer estos recursos a todas luces improcedentes, dilatando indebidamente la solución de un conflicto y, con ello, impidiendo la tutela de la seguridad jurídica y predictibilidad.