Explorando por Autor "Carbajal Meléndez, Max Royer"
Mostrando 1 - 2 de 2
- Resultados por página
- Opciones de ordenación
Ítem Texto completo enlazado Análisis de la necesidad de una regulación especial para los Convenios de Colaboración Mutua (CCM) aplicados por el SENATI frente a la ley sobre modalidades formativas laborales(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2022-05-31) Carbajal Meléndez, Max Royer; Ugaz Olivares, Mauro AntonioActualmente, conforme a las potestades otorgadas por el Reglamento de la Ley N° 28518, el Senati viene aplicando una modalidad formativa (“programa de aprendizaje dual”), como es el Convenio de Colaboración Mutua (CCM), que posibilita la ejecución de labores por sus aprendices en las empresas, sin la obligación del pago de una subvención, así como de demás beneficios. Esta situación origina el principal interés de la presente investigación, a efectos de determinar que no existen sustentos jurídicos razonables y objetivos para aplicarse la regulación especial del Convenio referido. Para este trabajo, se ejecutó un análisis jurídico-doctrinario, así como un estudio de campo bajo un enfoque cualitativo, por medio de entrevistas personales a egresados/estudiantes del Senati, a efectos de tener un conocimiento directo sobre la problemática surgida con la ejecución del CCM. Es así que se concluye, de manera general, que (i) existe una disonancia entre lo planteado por la Ley y el Reglamento; (ii) se vulnera el principio-derecho de igualdad, así como demás derechos fundamentales, como el de remuneración; (iii) se pretende el abaratamiento de costos, con la finalidad de la inserción de los aprendices en las empresas; y, (iv) se manifiesta una desregulación que posibilita la inserción de condiciones laborales por las empresas, ante un escenario de sujeción (asimetría de poderes) en perjuicio de los estudiantes. Como respuesta, se propone el replanteo de la regulación aplicada por el Senati, siendo imperante la intervención estatal, así como la adopción de modelos normativos de la legislación comparada.Ítem Texto completo enlazado El derecho al descanso como factor de prevención ante accidentes de trabajo en perjuicio de maquinistas textiles bajo jornadas en turnos rotativos(Pontificia Universidad Católica del Perú, 2024-08-27) Carbajal Meléndez, Max Royer; Osorio Velarde, Ccantu StefanyEl sustento principal para abordar esta investigación versa sobre el impacto que pueda generar sobre los maquinistas textiles, actividad laboral calificada como de alto riesgo, la indebida aplicación del derecho al descanso, sobre todo en la ejecución de jornadas laborales en turnos rotativos. Este contexto puede generar mayores contingencias y riesgos ante posibles accidentes de trabajo, así como el padecimiento a la salud mental y/o física de los prestadores de servicios, debido a los cambios periódicos y radicales entre los turnos a trabajar (sea de diurno a nocturno, o viceversa). Asimismo, de manera dogmática e interdisciplinaria, la problemática analizada (en el sentido del tiempo de trabajo y de descanso) se enmarca en una relevancia social y académica, en tanto que concebir al derecho al descanso como factor de prevención ante situaciones laborales calificadas de alto riesgo, engloba el análisis de diversos aspectos que ameritan cambios sustanciales por parte del Estado. En ese sentido, el objetivo central es reconocer y visibilizar que la tenue regulación aplicada para las turnos rotativos dista de preocuparse por limitar situaciones que pueden generar impactos negativos en la salud y la seguridad de los trabajadores, aunado a no señalar ningún elemento determinante frente a la prevención y protección ante actividades económicas con altos índices de accidentes laborales. Reconocer la posibilidad de implementar propuestas de cambio es un escalón determinante para reformular una modalidad de trabajo acorde con la productividad, debiéndose enlazar con los principios que rigen a la seguridad y salud en el trabajo.