Ramírez Carvajal, Diana María2017-09-252017-09-252014http://revistas.pucp.edu.pe/index.php/derechoprocesal/article/view/2394/2345El derecho fundamental al debido proceso, surge como un conjunto de principios que se encuentran en el articulo 29 de la Constitución Política de Colombia, pero a su vez, el debido proceso ha de entenderse como parte de una macro estructura de principios que se denominan la tutela judicial efectiva. Entrabar un conjunto de principios constitucionales tan extenso –los que integran la tutela judicial y los que integran el debido proceso-, como columna cardinal del derecho procesal contemporáneo, es lo que permite sostener que el derecho procesal supera, no abandona, su función instrumental, para elevarse a esferas más altas en el componente del sistema de garantías constitucionales, que permiten al ciudadano obtener al protección eficiente y expedita de sus derechos. Y si ello es así, de ninguna manera puede sostenerse la prevalencia de un derecho sustancial que pende y depende tanto del instrumento procesal como de las garantías procesales constitucionales.application/pdfspainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0DerechoDebido procesoGarantía ConstitucionalDerecho procesalDerecho SustancialPrevalenciaLa prevalencia del derecho sustancial como parte de la garantía constitucional de debido procesoinfo:eu-repo/semantics/articlehttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01