Méndez Chang, ElviraVázquez Bermúdez, Marcelo2014-06-122014-06-1220022014-06-11http://hdl.handle.net/20.500.12404/5381Los horrendos sucesos del 11 de septiembre de 2001 acaecidos en Estados Unidos, que conmocionaron a la comunidad internacional, y la persistencia de manifestaciones del terrorismo en diferentes partes del mundo han puesto en evidencia que la lucha contra este flagelo constituye uno de los principales retos de la comunidad internacional y que demanda su atención prioritaria. El terrorismo constituye una grave conducta delictiva que no conoce fronteras, el accionar de las organizaciones y redes terroristas no está circunscrito a determinados países o regiones y sus perniciosos efectos llegan a todos los rincones del planeta, lo cual vuelve indispensable la cooperación internacional y acción concertada de los Estados para combatirlo y erradicarlo, cooperación que requiere de instrumentos jurídicos para materializarse plenamente. La Organización de las Naciones Unidas ha venido tratando el tema del terrorismo desde principios de los años 70, como órgano universal competente para hacerlo, y ha generado una serie de convenios y resoluciones encaminados a fortalecer el régimen jurídico para eliminar el terrorismo. Sin embargo, el tratamiento de este tema no ha sido ajeno a diferencias de enfoque y aproximación por parte de los países miembros, que responden a situaciones existentes en el contexto internacional y a los intereses involucrados. Dando un paso muy importante en sus esfuerzos contra el terrorismo internacional, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó, el 9 de diciembre de 1999, el último de los convenios antiterroristas adoptados durante las tres pasadas décadas, el Convenio Internacional para la Represión de la Financiación del Terrorismo.spainfo:eu-repo/semantics/openAccesshttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/2.5/pe/Naciones UnidasTerrorismoLas Naciones Unidas y la represión de la financiación del terrorismoinfo:eu-repo/semantics/masterThesishttps://purl.org/pe-repo/ocde/ford#5.05.01